Contratos Bancarios
Enviado por norititita • 26 de Mayo de 2014 • 415 Palabras (2 Páginas) • 554 Visitas
CONTRATOS BANCARIOS
DEFINICIÓN
Los contratos bancarios no son más que el esquema jurídico de la operación bancaria o el antecedente conceptual que sustenta y explica la ejecución de la misma. Contrato y operación, pueden ser simultáneos y confundirse en la práctica.
Existe entonces, un vínculo entre esos dos conceptos, puesto que estudiar los contratos bancarios es analizar las operaciones celebradas por las empresas bancarias, haciendo énfasis en los elementos jurídicos que concurren a la formación del acuerdo de voluntades. Sin embargo, son pocas las personas que, cuando efectúan una operación bancaria, se percatan que ha implicado, previa y necesariamente la celebración de un acto jurídico formal denominado " contrato".
Así las cosas, las expresiones "operación bancaria" y "contrato bancario", se refieren al mismo conjunto de hechos, pero desde ópticas distintas: la operación significa la consideración del contenido económico del negocio financiero, en tanto que el contrato comprende la consideración de sus elementos jurídicos.
Hay quienes afirman que los contratos bancarios no constituyen una categoría jurídica, sino más bien una agrupación técnica, pues su particularidad está en la intervención de una empresa bancaria, que le impone las condiciones a su contratante. La doctrina se ha debatido entre el objetivismo y el subjetivismo para ofrecer un concepto de contrato bancario. La tesis subjetiva (Arcangelli) sostiene que es contrato bancario todo aquél en que interviene un banco; la misma debe desecharse por cuanto lleva a reputar como tales los contratos de suministro y los laborales.
La tesis objetiva (Messineo), considera bancario aquel contrato que aun perfeccionado entre partí culares, tiene como función recibir crédito para concederlos. Para ese jurista italiano los elementos "masa" o " serie " no hacen a la calificación del con trato, ni en nada modifica ni cambia la estructura jurídica, y el
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contenido de los contratos conformados.
No obstante lo anterior, conviene tener presente que "... los criterios doctrinales subjetivos u objetivos puros, parecen no tener entidad suficiente como para poder arriesgar un intento definitorio de los contratos bancarios, sin caer en deformaciones o calificaciones ambulatorias".
Lo anterior nos obliga a la determinación de los elementos que nos pueden aproximar a los contratos bancarios:
a) funcionalidad empresaria;
b) profesionalidad;
c) masificación contractual o contratación seriada y
d) inter mediación. Los demás elementos peculiares de éstos se encontraran en la relación contractual emergente, en el objeto de la contratación,
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