Contratos Bancarios
Enviado por Delfina Ol • 25 de Marzo de 2022 • Trabajo • 695 Palabras (3 Páginas) • 85 Visitas
BCRIO. GRAL. | BCRIO. PART: | ||||||
DEPOSITO BANCARIO | CTA. CTE. BANCARIA | PREST Y DESC BANCARIO | APERT. CRED. | SERV. CAJA SEG. | CUSTODIA TITULOS | ||
Def. | Celeb. con las ent. comprend. en la normat. s/ ent. financ. y con las P y ent. pub y priv no comprend. expr. cdo. el BCRA lo disponga | El depositante transf. la prop. del dinero al bco, q tiene la O de devolv en moned d la misma especie sin plazo (a la vista): deposita y puede disponer del dinero cuando quiera a plazo det: remuneración si no retira la $ antes del término convenido | El bco. se O a registrar daily c/ deb (retiros, pagos) y cred (otorg x bco) del cliente a fin d mantener su cuenta actualizada y disponible p/ prest los serv d caja si corresponde Puede incluir serv cheq | prest: bco. se compr. a entregar suma de $ O el prestatario a su devolución y pago de intereses en moned = especie desc: tit de un cred contra 3ros lo cede al bco. y este le anticipa el importe. se hace x endoso | El bco. se O, a cambio de remuneración, a mantener a dispo de cliente un créd. de $. monto y tiempo fijo o indet (prevalece) “descubierto bancario autorizado” (cheques, et | El bco. se O a facilitar al cliente una caja fuerte custodiada para su uso ind. a cambio de $. Si los usuarios son 2 o mas, cualq tiene acceso | El bco. custodia tit prop, tit o tenencia de la otra parte, debiendo proceder a su guarda, gestion cobro intereses o dividendos y reembolsos del capital x cuenta del depositante, y proveer tutela Ds inherentes a esos tit |
Partes | entidad financiera / P y ent. pub o priv Cliente | banco cliente depositante | banco cliente | banco cliente | banco cliente | banco cliente | banco cliente |
Objeto | dinero | dinero | débitos o créditos | crédito otorgado | crédito disponible | cosas muebles | títulos de propiedad |
Caracteres | formal (por escrito). Cliente D a ejemplar consensual de adhesión bilateral nominado onteroso típico | autónomo consensual de adhesión bilateral nominado oneroso formal típico | puede pactarse reembolsos efectuados x acreditado esten disponibles durante vigencia cont. disponib no embargable p/ pymes o mas q tan frente sit eco compleja La disp. del créd no puede ser invocada x 3ros, embarg, ni usada p otras Os | consensual de adhesión bilateral nominado oneroso formal típico la clasusula q exime de resp al prest se tiene x no escrita cualq medio de prueba p contenido | no se libera por falta de instrucción del depositante | ||
Obligaciones | Prestador caja: custodia, integridad caja y contenido. No respode x CF o vicio propio de la C. La claus de eximente se tiene x no escrita | ||||||
Pruebas | La prueba de cont puede ser x cualq medio | ||||||
Publicidad | pub, propuesta y doc contract indicar si la op es p cartera de consumo o comercial anunciar tasa de int, gastos, comisiones, etc | ||||||
Intereses | Si no se det tasa int, app la nominal min y max p op act y pas pub x BCRA a la fecha d imposición Clausulas de remision a usos y cost x no escritas | los deb podran realizarse en descubierto generando intereses (se capitaliza trim) y el saldo acreedor pueden conv interes solidaridad cotitulare | |||||
Información | el bco debe inf al menos 1 vez x año desenv operaciones corresp a contr indet o d pzo may a 1 año. transc 60 días la falta de op se entiende como acept O precontract: el bco debe proveer inf suf antes de cont Rechazo solicitud de crédito x inf negat → inf inmediata y gratuitamente No pueden cargarse comisiones o costos x serv no prestados efectivamente o no previstos en el contrato (x no escritas) | ||||||
Rescisión | Cliente D a rescindir cont x tiempo indet en cualq mome | ||||||
Normat app | cod: disp relat a contr bancarios, contratos de consumo, normat BCRA | ||||||
Incumplimiento | Si el emisor del documento no paga, es responsab el tit del crédito y no el bco | ||||||
Extinción | Si el cliente usa el créd hasta el lím acordado, se extingue la O del bco, excepto q se pacte q los reembolsos efect x el acred sean disponibles durante la vigencia del contrato o hasta preaviso de venc | Vencido el pzo o resuelto el contrato x falta de pago o cualq causa prevista, el prestador debe dar a la otra parte aviso del vencimiento con apercib de proceder, pasados 30 días, a la apertura forzada ante escrib pub. Ahí debe notf poniendo a su dispo el cont, previo pago de lo adeudado, x pzo 3 meses. Vencido dicho pzo puede disponer de los fondos hallados p cobrar o en su defecto proceder a la venta. bs remanentes consignados judicialmente |
...