ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHOS HUMANOS Y LA JUSTICIA SOCIAL.


Enviado por   •  25 de Mayo de 2013  •  1.621 Palabras (7 Páginas)  •  519 Visitas

Página 1 de 7

DERECHOS HUMANOS Y LA JUSTICIA SOCIAL.

“Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”.

Esta constitución democrática compromete su existencia axiológica en el privilegio que le asigna a los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados por la universalidad de sus titulares.

Esta doctrina ha venido a sustituir al Estado Liberal de derecho como estructura de la convivencia occidental, con un nuevo contenido Estado Social de Derecho, esta vez positivo de la libertad individual. El bienestar social y la realización de la justicia, en su más alto y cabal sentido, aparecen, junto a la planificación, como funciones del Estado. Y esto no es incompatible con el mantenimiento del principio del imperio de la ley..

“Estado Social” ya que fortalece el principio fundamental y la responsabilidad que tiene el Estado de brindar respuestas concretas y objetivas a la población en general, sobre asuntos que se vinculan con los elementos axiológicos que se han convertido en reconocimiento de esos derechos y que se incorporan a las normas jurídicas. Sin embargo, estos derechos como se dijo anteriormente son producto de las luchas y la búsqueda de esos derechos para el logro de reivindicaciones de tipo económico, social y político.

En este sentido, el fortalecimiento del Estado Social de Derecho es fundamental para la plena inserción de los países a la comunidad de naciones del mundo, como para alcanzar la paz, proteger a la población, reforzar la legitimidad del Estado, alcanzar un desarrollo humano sostenible, y asegurar la eficacia de las políticas públicas en general.

La responsabilidad del Estado en materia de derechos humanos

Ámbito constitucional, pero también tiene su fuente en el derecho internacional público general y en el derecho internacional público privado, es decir en el derecho internacional de los derechos humanos, en el derecho internacional humanitario, en el derecho internacional de los refugiados, en el derecho penal internacional y el derecho internacional del trabajo.

Pactos, tratados y convenios suscritos por Venezuela

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, otorga a los Acuerdos, Convenios, Tratados, entre otros, suscritos y ratificados por Venezuela, la jerarquía constitucional, razón por la cual goza de preeminencia respecto al Derecho Interno. Al respecto, es importante señalar que el texto constitucional contentivo a los artículos 19 y 23 de la Carta Magna14.

En este orden de ideas el artículo 19, se refiere a que el Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad sin discriminación alguna, del mismo modo, le da el privilegio de que toda persona debe gozar y ejercer de forma irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. También alude al respeto y a las garantías que son obligatorio cumplimiento para los órganos del Poder Público venezolano, conforme a la Constitución, a los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y de igual manera leyes que salgan del seno de éstos y puedan ser desarrolladas.

En cuanto al artículo 23 de la Carta Magna de 1999, establece que Venezuela se compromete a convenir tratados, pactos y convenciones relativas a derechos humanos, que son suscritos y ratificadas por la Nación venezolana, por lo que éstos poseen jerarquía constitucional y en todo caso, predomina sobre el ordenamiento jurídico interno del país.

Título III. Derechos Humanos y Garantías, Deberes.

• Protección de derechos humanos. Art. 19.

• Libertad personal Art. 20

• Igualdad ante la ley. Art. 21

• Convenciones de derechos humanos. Art. 23.

Las normas internacionales sobre derechos humanos que Venezuela ha suscrito se encuentran

a. Instrumentos del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos

b. Instrumentos del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos

c. Ratificación y adhesión de tratados por los países andinos

2.2. Cláusulas sobre la protección nacional de los derechos reconocidos en los instrumentos internacionales

El Art. 27º de la Constitución señala que el proceso de amparo protege "los derechos y garantías constitucionales, aun de aquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente en (la) Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos

Cláusulas que reconocen el derecho de la persona a la protección internacional de los derechos humanos

Artículo 31º.- Toda persona tiene derecho, en los términos establecidos por los tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos

4 Cláusulas sobre el cumplimiento de las decisiones internacionales sobre derechos humanos

Artículo 31º.- (...) El Estado adoptará, conforme a procedimientos establecidos en esta Constitución y la ley, las medidas que sean necesarias para dar cumplimiento a las decisiones emanadas de los órganos internacionales

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (11 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com