Decreto 1832
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DECRETO 1832
(AGOSTO 3 DE 1994)
ADOPTA LA TABLA DE ENFERMEDADES PROFESIONALES
Por la cual se adoptan la Tabla de Enfermedades Profesionales.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En ejercicios de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el Artículo 11 del Decreto 1295 de 1994.
DECRETA:
Artículo 1. Tabla de enfermedades profesionales. Para efectos de los riesgos profesionales de que trata el Decreto 1295 de 1.994, se adopta la siguiente tabla de Enfermedades profesionales:
1. Silicosis (Polvo de sílice): Trabajos en minas, túneles, canteras, galerías, tallado y pulido de rocas siliceas. Fabricación de carburo, vidrio, porcelana, loza y otros productos cerámicos, fabricación y conservación de ladrillos a base de sílice. Trabajos de desmolde y desbarbado en las funciones. Fabricación y conservación de abrasivos y de polvos detergentes. Trabajos como chorro de arena y esmeril.
2. Silicoantracosis (Polvos de carbón y sílice): Trabajadores de minas de carbón, carboneros, fogoneros, manipuladores de negro de humo.
3. *Asbestosis (Polvo de asbesto): Extracción preparación, manipulación de amianto o asbesto, o sustancias que lo contengan. Fabricación o reparación de tejidos de amianto (Trituración, cardado, hilado tejido). Fabricación o manipulación de guarniciones para frenos, material aislante de amianto y de productos de fibro cemento.
4. Talcosis (Manipulación de polvos de talco): Trabajadores de minas de talco y yeso, industria papelera, textil, de la goma, cerámica, objetos refractarios, aisladores para bujías, industrias farmacéutica.
5. Siderosis (polvo de óxido de hierro): Pulidores, torneros de hierro y trabajadores de minas.
6. Baritosis (polvo de óxido de bario): Trabajadores en minas de bario, manipulación, empaque y transformación de compuestos de bario.
7. Estañosis (Polvo de óxido de estaño): trabajadores de minas de estaño y manipulación de óxido de estaño y sus compuestos.
8. *Calicosis (Polvo de calcio o polvo de caliza): Trabajadores en cemento o mármol.
9. *Bisinosis (Polvo de algodón): Trabajadores de la Industria de algodón.
10. Bagazosis (Bagazo de caña de azúcar): Trabajadores de la Industria de caña de azúcar, papelera.
11. Enfermedad pulmonar por polvos de cáñamo: Trabajadores de cáñamo.
12. Tabacosis (Polvo de Tabaco): Trabajadores de la Industria del tabaco.
13. *Saturnismo (Plomo y sus compuestos): Extracción, tratamiento, preparación y empleo del plomo, sus minerales, aleaciones, combinaciones y todos los productos que lo contengan.
14. *Hidragirismo (Mercurio y sus amalgamas): Extracción, tratamiento preparación, empleo y manipulación del mercurio, de sus amalgamas, sus combinaciones y de todo producto que lo contenga.
15. Enfermedades causadas por el Cadmio y sus compuestos: tratamientos, manipulación y empleo del cadmio y sus compuestos.
16. Manganismo (Manganeso y sus compuestos): Extracción, preparación, transporte y empleo del manganeso y sus compuestos
17. *Cromismo (cromo y sus compuestos): Preparación, empleo y manipulación del ácido crómico, cromatos y bicromatos.
18. Beriliosis (Berilio y sus compuestos): Manipulación y empleo del berilio o sus compuestos.
19. Enfermedades producidas o el Vanadio y sus compuestos: Obtención y empleo del vanadio y sus compuestos o productos que lo contengan.
20. Arsenismo (Arsénico y sus compuestos): Preparación, empleo y manipulación del arsénico.
21. Fosforismo (Fósforo y sus compuestos): Preparación, empleo y manipulación del fósforo y sus compuestos
22. Fluorismo (Flúor y sus compuestos): Extracción de minerales fluorados, fabricación del ácido fluorhídrico, manipulación y empleo de él o sus derivados.
23. *Clorismo (Cloro y sus compuestos):Preparación del cloro, purificación del agua, desinfección.
24. *Enfermedades producidas por Radiaciones lonizantes: en operaciones tales como: Extracción y tratamientos de minerales radiactivos: fabricación de aparatos médicos para radioterapia; empleo de sustancias radioactivas y Rayos X en laboratorios; fabricación de productos químicos y farmacéuticos radiactivos; fabricación y aplicación de productos luminiscentes con sustancias radiactivas; trabajos en las industrias y los comercios que utilicen Rayos X sustancias radiactivas; y trabajos en las consultas de radiodiagnóstico, de radioterapia
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