Derecho A La Propiedad
Enviado por huaxabiud • 28 de Mayo de 2013 • 549 Palabras (3 Páginas) • 325 Visitas
Derecho Real de Propiedad
Aplicando la definición del derecho real a la propiedad, diremos que esta se manifiesta en el poder jurídico que una persona ejerce en forma directa e inmediata sobre una cosa para aprovecharla totalmente en sentido jurídico, siendo oponible este poder a un sujeto pasivo universal, por virtud de una relación que se origina entre el titular y dicho sujeto.
La propiedad es el derecho en virtud del cual una cosa se encuentra sometida de una manera absoluta y exclusiva a la acción y voluntad de una persona.
Comparemos el derecho real con la propiedad:
a. La propiedad es un poder jurídico que se ejerce en forma directa e inmediata; todo el derecho real también es un poder jurídico que se ejerce en forma directa e inmediata.
b. En la propiedad este poder jurídico se ejerce sobre una cosa, es decir, sobre un bien corporal. No hay propiedad sobre bienes incorporales.
c. El derecho de propiedad implica un poder jurídico directo sobre la cosa para aprovecharla totalmente. El poder jurídico total significa que se tiene la posibilidad normativa de ejecutar todos los actos de dominio o de administración, es decir, se trata de un aprovechamiento jurídico y no económico.
d. El derecho de propiedad implica una relación jurídica entre el propietario o sujeto, y un sujeto pasivo universal. El sujeto pasivo universal queda constituido por el conjunto de personas que de manera permanente o transitoria integran una comunidad jurídica, pues se requiere siempre un dato especial (proximidad material) para que exista la oponibilidad del derecho de propiedad a los terceros y la posibilidad física de su violación.
Copropiedad y propiedad en condominio
Copropiedad. Hay copropiedad cuando una cosa o un derecho patrimonial pertenece, pro indiviso, a dos o más personas. Los copropietarios no tienen dominio sobre partes determinadas de la cosa, sino un derecho de propiedad sobre todas y cada una de las partes de la cosa en cierta proporción, es decir sobre parte alícuota.
Los principios fundamentales que rigen en materia de copropiedad son:
1º. Todo acto de dominio, es decir, de disposición tanto jurídica como material, solo es valido si se lleva a cabo con el conocimiento unánime de todos los copropietarios.
2º. Los actos de administración de la cosa objeto de copropiedad se llevarán a cabo por la mayoría de personas y de intereses, y comprenden todos aquellos actos de conservación y uso de la cosa sin alterar su forma, sustancia o destino.
Las formas de la copropiedad pueden clasificarse desde los siguientes puntos de vista:
a)Copropiedades voluntarias y forzosas. Existe un principio fundamental en esta materia: nadie está obligado a permanecer en la indivisión, y en consecuencia no es valido el pacto por el cual los condueños se obligan permanentemente a permanecer en dicho estado. Se reconoce en
...