Derecho Azteca.
Enviado por HellThor • 5 de Marzo de 2016 • Ensayo • 2.109 Palabras (9 Páginas) • 466 Visitas
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Introducción
El presente ensayo se avoca al estudio de las causas y procedimiento de índole civil y penal que surgían en la sociedad azteca, los proveen muchas veces simplificadas o abreviados que eran ventilados en sus tribunales resultan ser evidencias de cómo se impartía la justicia, su organización social azteca, ¿bajo qué fuentes se conoce el derecho azteca?, las obras de los historiadores indígenas, las descripciones que hicieron las primeras generaciones españolas, el derecho público azteca, en los tiempos de la conquista hasta donde llegaba el imperio azteca, su organización social, originalmente dentro de estos grupos hubo una vida relativamente democrática bajo un gobierno de concejos de ancianos, la tenencia de tierras de los aztecas, a que derecho pertenecía? ¿Cómo eran distribuidas las tierras y en qué forma? En la guerra de los aztecas ¿qué tipos de reglas había? ¿Mediante quienes se declaraban estas guerras, como era el arreglo y con qué fines se declaraban? Los tributos aztecas, ¿que eran estos tributos, de donde provenían, que porcentajes se cobraban de estos tributos? , las clases sociales en el imperio azteca, también había escalafón entre los agricultores y artesanos controlados mediante exámenes y por último peldaño encontramos a los esclavos, la esclavitud azteca nacía, 1) de la guerra, 2) de la venta de un hijo, realizada por el padre, 3)un plebeyo también podía auto venderse, 4) varios delitos también causaban la caída en esclavitud en beneficio de la víctima, el sistema azteca de la familia el matrimonio era potencialmente Poligamico (en Texcoco y Tacuba solo tratándose de nobles), hubo una costumbre de casarse con la viuda del hermano, el divorcio era posible con intervención de autoridades, predominaban el sistema de separación de bienes, el derecho penal azteca, era un derecho penal muy sangriento donde la pena de muerte era la más corriente y donde el homicidio conducía a la pena de muerte.
Organización social azteca
Para el pueblo azteca eran primordiales la religión y la guerra, su organización política se centraba en ambos aspectos; destacaba la figura del Calpulli, una especie de clan autónomo que tenía una propiedad colectiva, además de tradiciones ancestrales y costumbres religiosas propias. En cada calpulli había un jefe por cada 20 familias y otro de mayor rango por cada 100, quienes debían vigilar en lo moral y policiaco a los miembros del calpulli.
Después de participar en la derrota de tula (siglo XII), capital tolteca, los aztecas llegaron al valle de México, dirigidos por su dios-protector, Huitzilopochtli. En el valle de México hubo en aquel entonces un conjunto de ciudades, viviendo en competencia militar y comercial, formada de victoriosos chichimecas, después de vivir por un tiempo en un rincón relativamente tranquilo en Chapultepec, los aztecas, no muy felices con su política respecto a los poderosos vecinos, tuvieron que huir Asia una isla, el lago de Texcoco, donde construyeron poco a poco su notable ciudad Tenochtitlan, 1325 d. c. que con el tiempo absorbería su antiguo hogar.
En 1363 los aztecas transformaron su gobierno aristocrático en monarquía, seleccionaron un rey (el mexi) de ascendencia tolteca aunque ya derrotados los toltecas todavía tenían reputación de superioridad cultural.
En 1430 los aztecas destrozan Azcapotzalco y toman poder dentro de una triple alianza con Texcoco y Tlacopan (Tacuba). Con apoyo de esta alianza, los aztecas logran extender su poder hasta Veracruz, más allá de Oaxaca y a las costas de guerrero sin lograr imponerse a los tlascaltecas. En 1502 comienza el régimen de Moctezuma II. Malos presentimientos debilitan el espíritu del enorme imperio azteca, estos súbditos generalmente odiaban a la elite azteca.
Conocemos el derecho azteca por las siguientes fuentes: no es sorprendente que nos encontremos para el derecho azteca códigos al estilo del Hammurabi. Sin embargo, en víspera de la conquista parece haberse presentado un movimiento codificador, quizás más bien para el uso de los jueces que para el público en general, al que suele ligarse el nombre del rey-poeta de Texcoco, Netzahualcóyotl. De aproximadamente 80 leyes que se le atribuyen nada más 32 han llegado hasta nosotros, por lo demás el derecho se manifiesta en costumbres, a menudo íntimamente ligada a la religión, muy conocidas que no había la necesidad de ponerlas por escrito. También conocemos el derecho azteca por las siguientes fuentes: los códices, en el que sobresale el poscortesiano, códice mendocino hecho por órdenes del virrey Mendoza, contiene año por año una crónica de los aztecas, también contiene datos de derecho procesal penal azteca etcétera.
El derecho público azteca. En los tiempos de la conquista el imperio azteca que llegaba hasta los océanos pacífico y atlántico, y hasta Oaxaca y Yucatán, no lograron someter a los indios de Tlaxcala y Huejotzingo, en la triple alianza el imperio azteca era quien tenía el mando y el emperador tenía la facultad de quitar y poner los gobernantes de aquellos aliados aun así este imperio no tenía un derecho uniforme, la política azteca era la de no quitar a los pueblos subordinados su propia forma de gobierno o su derecho, ya cuando llegaron estos al altiplano tenían una cultura muy superior a la de los chichimecas tanto en agricultura así como en su religión, o en el hecho de vestirse ya con tejidos cuando los chichimecas aún se vestían con pieles, sino también por su organización social en clanes. Estos clanes el Calpulli termino en el cual también se designaban los terrenos comunales que correspondían a cada clan eran grupos de familias emparentadas entre si viviendo bajo un sistema de descendencia de los miembros varones de la familia. Originalmente, dentro de estos grupos hubo una vida relativamente democrática bajo un gobierno de consejos de ancianos, estos grupos adoraban a sus propios dioses, formaban unidades militares y también tenían colectivamente ciertos terrenos.
La tenencia de la tierra: la forma de gobierno de la propiedad raíz pertenecía al derecho público que al privado ya que era la base del poder público y solo para los influyentes tenían una forma de tenencia que se parecía a nuestra propiedad privada, unas tierras pertenecían al rey en lo personal y otras tierras pertenecían al rey en calidad de tal, el Calpulli también contaba con tierras en común, repartidas en parcelas que eran cultivadas por las familias individuales, además también el Calpulli contaba con terrenos de uso comunal y otros con cuyo productos debían sostenerse el culto religioso, a estos terrenos se les llamaba (teopantlalli) que significa, para la manutención de los sacerdotes.
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