ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Romano


Enviado por   •  8 de Julio de 2012  •  592 Palabras (3 Páginas)  •  2.347 Visitas

Página 1 de 3

8.7 Matrimonio sine connubio

Éste matrimonio, era aquél que podían contraer todos aquellos que no tuvieran el jus connubium; como por ejemplo, entre un ciudadano romano y una peregrina, o una latina, o entre dos peregrinos.

Era considerado como un matrimonio inferior a las justas nupcias, pero superior al concubinato.

• Jus connubium

El jus connubium es una expresión latina, derivada del derecho romano, utilizada para referirse al derecho que tienen las personas para contraer matrimonio.

• Justas Nupcias

Las justas nupcias eran definidas como la convivencia duradera de dos personas de distinto sexo, siempre y cuando fueran ciudadanos romanos, con la intención de ser marido y mujer y procrear hijos.

• Concubinato

Consistía en la unión de orden inferior, duradera y estable, entre hombre y mujer, SIN que existiera afectio marital para convertirse en marido y mujer.

8.8.- El Contubernio

Consistía en la unión de hecho, entre una persona libre y un esclavo o esclavos entre sí. No producía consecuencias jurídicas y los hijos seguían la condición de la madre.

8.9.- La Tutela y la Curatela

Etimológicamente “tutela” proviene del sustantivo latino “tutela ae”, que significa protección o defensa, que a su vez proviene de “tutoraris ari”, que significa defender, guardar, preservar, sostener, sustentar o socorrer.

Podemos considerarla como el poder otorgado por el derecho civil a una persona con el objeto de que ésta proteja a otra incapaz por razones de edad o de sexo. En esta situación se encontraban los impúberes sui juris o las mujeres impúberes sui juris.

Tutela de los infantes e impúberes

Se considera infantes a todos aquéllos menores de 7 años, e impúberes a todos aquéllos hombres y mujeres que no hubiesen alcanzado la edad de 14 y 12 años respectivamente.

A estas personas que por obligación debían tener un tutor, se les llamó PUPILOS.

Clases de tutela

• Tutela Testamentaria

Es aquella por la cual el “patherfamilias” nombraba un tutor en su testamento para sus hijos impúberos, los que se convertían en sui juris al morir el patherfamilias.

• Tutela Legítima

Es aquélla que por disposición de las Xll tablas se le otorgaba al agnado más cercano del impúber o a falta de éste a los gentiles, siempre y cuando NO existiera tutela testamentaria.

• Tutela Dativa

Esta era otorgada por el magistrado a falta de tutor testamentario y tutor legítimo.

La antigua función privada del tutor a raíz de la aparición de ésta tutela, se transforma en un nombramiento público que ocasiona una carga pública adicional.

Objeto de la tutela

El tutor se ocupaba

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com