Doc juridica de derecho
Enviado por brigpin • 25 de Julio de 2016 • Documentos de Investigación • 3.838 Palabras (16 Páginas) • 229 Visitas
ANTECEDENTES
A partir del siglo XVIII, en Europa se desencadena el proceso de de industrialización y la llamada Revolución Industrial, en Inglaterra, se detectan las primeras transformaciones en los sistemas de trabajo y la estructura de la sociedad, a través de la migración de la población rural a la ciudad y el reemplazo del trabajo manual a las maquinas. Por lo que se crearon las grandes “factorías”, lo que permitió el acelerado crecimiento de industrias con las primeras sucursales en otros países o estados de Europa, empleándose la palabra “sucursal” en el año 1.787 ello en los siguientes años, se establecieron sucursales en el continente Asiático y Africano, siendo poco el establecimiento de industrias en el continente Americano, por la dificultad de navegación hacia este destino. En el siglo XIX, viendo la necesidad de expansión hacia el nuevo continente; las Compañías Europeas, mediante concesiones logran establecer la primera sucursal de la Compañía Neerlandesa de las Indias Orientales, más conocida como VOC (por su vocablo en inglés), la cual se dedicaba al comercio de telas entre la India, Europa y Estados Unidos. Siendo así mismo la primera en establecerse mediante regímenes previstos en las Leyes y Códigos para su funcionamiento, con anterioridad y la primera en disolverse legalmente en el año 1.800.
Como precedente de las compañías extranjeras en América la historia señala a La Independencia Estadounidense del 4 de Julio de 1.776, marcó el inicio de una nueva era en la cual el imperialismo, pretendía establecer una nueva tendencia en nuestras colonias ya independizadas en las posteriores décadas; llegando a ser una ventaja para los Estados Unidos su pronto desarrollo y avances tecnológicos. Posterior a estos fenómenos y con la industrialización en los Estados Unidos, su objetivo principal era la migración de las Compañías para establecerse en otros países que se encontraban por independizarse o recién independizados, a fin de lograr el control político.
ANTECEDENTES ECUATORIANOS
Con la finalización de la Real Audiencia de Quito y la independencia del Estado Ecuatoriano, a principios de 1.800, y por sus constantes conflicto bélicos a los que estaba sometido todavía el Ecuador; los Estados Unidos en el año de 1.830 en el inicio de la República , le ofrece al presidente Juan José Flores, su ayuda, para generar un próspero desarrollo y una estabilidad a este nuevo Estado aun en formación; otorgando al mismo un pronto desarrollo a cambio de establecer industrias en nuestro territorio, al descubrir que el mismo es rico en recursos energéticos, esta época marco el desarrollo económico, ya que con el inicio de la industrialización, se estabilizó la economía, procediendo al establecimiento de sucursales de Compañías Extranjeras en nuestro país.
DEFINICIÓN
La Compañía extranjera es una persona jurídica distinta de los socios, constituida en otro lugar que no sea el Ecuador.
DOCTRINA
De conformidad con la Ley de Compañías existen tres situaciones para las compañías extranjeras.
a) Sociedades extranjeras que ingresan al país para ejercer determinados actos jurídicos que tienen la calidad de esporádicos o aislados.
b) Sociedades extranjeras que ingresan al país con el fin de ejercer en el Ecuador actividades como ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales del país.
c) Sociedades extranjeras que ingresan al país a ejercer directa y habitualmente sus actividades económicas en el Ecuador.
En los dos últimos casos, las compañías extranjeras para poder operar o adquirir obligaciones, requieren previamente domiciliarse en el Ecuador, es decir, establecer una sucursal en el país.
En el primer caso, en cambio, según lo establecido en el art. 6 de la ley, no requieren domiciliación pero si deben contar con un Apoderado o Representante en el Ecuador, que pueda contestar demandas y cumplir con las obligaciones adquiridas.
Al hablar de actividad permanente implica el establecimiento de una sucursal o agencia. El Doctor Enrique Cobo indica lo siguiente: “(…) en la práctica resulta un verdadero problema definir si el sentido de lo habitual consistía en la repetición constante de operaciones mercantiles solamente o también en la duración más o menos dilatada de tales operaciones (…)” Por lo que se puede concluir que se considera por “habitualidad” el hecho de que una Compañía Extranjera resida en el país y que ejerza permanentemente sus funciones sociales al igual que el cumplimiento de su objeto social.
La permanencia debería reglamentarse, y la habitualidad se debe referir al cumplimiento de su objeto social y no la simple ejecución de actos aislados. Según el Maestro alemán Varangot, los requisitos que debe cumplir una Sociedad Extranjera para ejercer habitualmente sus actividades en el país son los siguientes:
- Constitución legal en el Extranjero;
- Establecer en la República una sucursal;
- Establecer en la República cualquier especie de representación social;
- Sujeción a las normas de la Leyes sobre: registro y publicación; y,
- Responsabilidad de representantes.
La doctrina señala estos requisitos. Sin embargo en el Ecuador se atiende al art.415 de la Ley de Compañías.
DOMICILIACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS EXTRANJERAS EN EL ECUADOR
Para que una Compañía constituida en el extranjero pueda ejercer habitualmente sus actividades en el Ecuador deberán cumplir los requisitos establecidos en el Art. 415 de la Ley de Compañías.
Para que una Compañía constituida en el extranjero pueda ejercer habitualmente sus actividades en el Ecuador deberá:
1. Comprobar que está legalmente constituida de acuerdo con la Ley del país en el que se hubiere organizado:
2. Comprobar que, conforme a dicha Ley y a sus Estatutos, pueda acordar la creación de sucursales y tiene la facultad para negociar en el exterior, y que ha sido válidamente adoptada la decisión pertinente.
3. Tener permanentemente en el Ecuador, cuando menos, un representante con amplias facultades para realizar todos los actos y negocios jurídicos que hayan de celebrarse y surtir efectos en territorio nacional, y especialmente para que pueda contestar las demandas y cumplir las obligaciones contraídas. Igual obligación tendrá las empresas extranjeras que, no siendo Compañías, ejerzan actividades lucrativas en el Ecuador, y;
...