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Drecho Feudal


Enviado por   •  4 de Junio de 2014  •  631 Palabras (3 Páginas)  •  359 Visitas

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El Derecho feudal

Los Libri Feudorum

De la recopilación de leyes y capitulares dictados para la Lombardía regulando las relaciones feudales surge el S. XI el Liber Papiensis. La reelaboración sistemática de este libro lleva después a una nueva versión: La Lombarda.

Esta recopilación de derecho feudal será usada en la elaboración de los Libri Feudorum o libros de los feudos, de los que nos han llegado tres versiones:

1. Redacción obertina o Compilatio Antiqua: selección de textos de La Lombarda con unas cartas adicionales del juez Oberto de Orto.

2. Redacción arzidoniana: añadía a la anterior constituciones de Federico I, así como la Summa feudorum de Jacobo de Arzidone.

3. Redacción vulgata o accursiana: añadía a la anterior leyes de Lotario III, Federico I y Enrique IV. Fue la versión usada y citada por el jurista Accursio, y fue la mas divulgada al ser impresa.

El Derecho catalán

El vasallaje de los condes de la Marca Hispanica a los monarcas carolingios propició la recepción del Derecho y las instituciones feudales. La actividad normativa-judicial era realizada por el Conde de Barcelona (mas tarde rey) con su Curia, recopilándose las resoluciones o usualia a instancias de Ramón Berenguer I, y añadiéndose nuevos usos con Alfonso I.

Los usatges pretendían suplir los vacíos y deficiencias del Liber Iudiciorum.

Incluyen algunos capitulares dictados por los monarcas francos para la Marca Hispánica.

La versión mas divulgada, la vulgata, recibió sanción oficial con Jaime I, como ley aplicable con preferencia al derecho común y al Liber Iudiciorum.

Otras recopilaciones de Derecho catalán:

• Consuetuts generals de Cathalunya, 20 capítulos sobre tenencia de castillos, herencias, abandono o venta de feudos, etc, elaborados en la segunda mitad del S. XIII.

• Commemoracions de Pere Albert, asesor de Jaime I, redactó 43 cuestiones prácticas de derecho feudal catalán, mas 9 casos en que el vasallo pierde la tenencia del castillo.

Derecho especifico regulador de relaciones derivadas de la concesión de feudos. De carácter en principio consuetudinario fue fijado después por escrito en textos y colecciones.

Tiene doble fuente:

Con carácter general: libri feudurum

Con carácter especifico (cataluña): D° Catalan

• Libro de los feudos: colección de carácter privado, reúne las decisiones judiciales relativas a feudos.

• Derecho Catalán: lo constituyen

Usatges: remedian la insuficiencia de la legislación anterior la que regula la organización jurídica de la sociedad feudal.

Usos judiciales de la curia del conde

Constituciones de paz y tregua: institución de la iglesia cuyos concilios establecían la paz en un territorio y tregua en otro por un periodo de tiempo.

Redacciones privadas de costumbres feudales:

Costumbres

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