El Derecho Castellano
Enviado por felfuma • 13 de Julio de 2022 • Apuntes • 474 Palabras (2 Páginas) • 161 Visitas
El Derecho Castellano
El derecho castellano fue la primera elección para su aplicación una vez que se establecieron los conquistadores en América, sin embargo. Las costumbres arraigadas en la nueva tierra eran tan fuertes que hubo que establecer de forma adaptada a su realidad las normas, con lo que surge el derecho indiano. Las dos normas coexistieron, el derecho castellano como norma general y las normas adaptadas como normas especiales de la nueva España. Esto fue el inicio del derecho colonial que después dio origen al régimen jurídico del México independiente.
A.- Siglo V d. C.- El derecho romano se aplicó en toda la península ibérica que era parte del imperio romano
B.- Con la invasión de los visigodos surge una combinación entre el derecho vulgar y el visigótico (Surgen los códigos Eurico, Breviario de Alarico y el Liber Judiciorum).
C.- Año 712 d. C. Con la invasión de los musulmanes surgen sistemas jurídicos diversos que van desde los rasgos comunes de la Europa medieval a los propios de la reconquista.
D.- Durante ocho siglos surgen la Alta Edad Media (considera la dispersión) y la Baja Edad Media (Se esfuerza por la unificación)
E.- Alta Edad Media: Aparecieron diferentes sistemas jurídicos esparcidos por toda la península ibérica. Muchas entidades políticas con diversos núcleos de poder (rey, señor, etc.)
F.- Cada núcleo de poder tenia su propio ordenamiento conocido como “fueros municipales”
G.- Junto con los fueros de aplicaba el Liber Judiciorum (recopilación visigótica). Contenían las fazañas, lo más parecido al derecho aplicado en esa época.
H.- Baja Edad Media: Inicia en el siglo XIII, unifica Castilla con Leon e intenta unificar el sistema jurídico-político en Hispania.
I.- Dominaba la confederación Castellana, que influencia posteriormente en la conquista de América-
J.- Fernando III en 1230 elabora un solo cuerpo legislativo para todos sus dominios
K.- Alfonso X en 1252-1255 traduce del latín al español del Liber Judiciorum (Fuero Juzgo) y el código tipo al que llamó Fuero Real.
L.- Los litigios se iniciaron a resolver por derecho real.
M.- Entre 1256 y 1258.- Se crea el código de derecho real llamado espéculo por Alfonso X, el cual fue rechazado por el Rey Sabio. Posteriormente se reformula y se le da el nombre de las 7 partidas donde se consideró la obra jurídica mas importante de toda la edad medio europea.
N.- El rey Alfonso XI en 1348, promulga la ley de Alcalá que contenía ordenes de prelación jurídica
- Leyes de cortes (ordenamiento de Alcalá)
- Fueros Municipales
- Siete partidas
O.- Siglo XV.- Surge la llamada nueva recopilación por Felipe II. Que fue la recopilación legal más importante de Castilla junto a las siete partidas. Se aplicaron en el México colonial.
P.- En el siglo XVII. La nueva recopilación no era suficiente, por lo que surgen los Autos Acordados del Consejo.
En 1865 se hace otra recopilación llamada Novísima Recopilación de las leyes de España. La doctrina posterior del México independiente le da validez.
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