El Final De Una Era
Enviado por sofiad6 • 2 de Octubre de 2014 • 1.336 Palabras (6 Páginas) • 220 Visitas
El final de una era: la transformación de la ciencia del derecho romano
I. Las codificaciones del derecho natural y el derecho romano
A. Consecuencias de la codificación en general
• El proceso de codificación iniciado a finales del siglo XVIII es considerado como el momento crucial en el desarrollo del derecho privado europeo.
• Contribuyeron a la fragmentación nacional de la tradición jurídica europea.
• Las codificaciones fueron expedidas por el parlamento de un determinado estado por lo que regían dentro de un área territorial especifico.
• La expedición de las codificaciones genero un cambio en que la consciencia de una unidad intelectual en lo esencial fue perdiéndose gradualmente y de este modo el aislamiento nacional del ejercicio profesional, de la formación y de la ciencia jurídica ganó un terreno.
• Con la codificación termino la segunda vida del derecho romano, durante el cual era aplicado directamente.
• Se comienza a poner en duda la autoridad del derecho romano que alguna vez, en la época de su recepción, había suministrado las bases para la administración de justicia. Debido a lo anticuado y poco práctico y por el hecho de que haya sido emanado por un soberano despótico de otro tiempo
• El derecho romano se aplicaba en subsidio innumerables derechos locales o territoriales mas específicos podían regir un caso concreto.
• El gran numero y complejidad de las fuentes del derecho genero un sentimiento de incertidumbre jurídica como de ineficiencia en la administración de justicia, situación que iba a ser ordenada con las codificaciones, por medio de la regulación del sistema de derecho privado y la exclusión de las fuentes del ius commune.
B. Francia y los países bajos
• En las primeras décadas posteriores a la codificación, el derecho romano siguió jugando un papel significativo
• El derecho romano se convirtió en una herramienta indispensable para interpretar el nuevo código, resolver controversias doctrinales y llenar los vacios de la ley, debido al grado de continuidad sustancial entre la tradición del ius commune y el code civil.
II. Unidad jurídica en Alemania: La pandectistica y el código civil
A. El tercer renacimiento del derecho romano en el siglo 19
• Fenómeno que se dio en las regiones donde se aplicaban las grandes codificaciones del derecho natural y que se contradecía las intensiones de los redactores de los códigos,
• Este renacimiento significaba que existía una unidad jurídica intelectual en lo esencial a pesar de las diferencias en los detalles. Unidad promovida por la escuela histórica del derecho y por la pandestistica.
• Se reúnen profesores de derecho alemán con el fin de definir la futura organización de la formación jurídica en Alemania. Les llamaba la atención que en las universidades de los estados que tenían una codificación esta no gozara de ligar prominente
• Se reafirma la importancia de una formación jurídica sobre el ius commune
B. El desarrollo en el siglo 20
• Los profesores que se reunieron optaron por darle una postura más prominente a la enseñanza del código civil alemán, la idea era que el curso sobre el sistema de derecho privado romano pandectista fuera dejado de lado y que el derecho romano fuera considerado solo una herramienta pedagógica.
• Esto fue adoptado por las leyes relacionadas con la formación jurídica de los distintos estados alemanes.
• El panorama este siglo era distinto al anterior, ya que la expedición del código civil alemán no estimuló un tercer renacimiento del derecho romano. Las referencias al ius commune fueron desapareciendo para darle más importancia al BGB, llevando así a la ciencia jurídica alemana a un aislamiento nacional.
• Se desarrolla así un periodo de emancipación donde se desarrolló separadamente el derecho romano y el derecho moderno
• Esto llevo a que el derecho romano sea considerado simplemente como una materia mas
• Así la disciplina de la ciencia jurídica se ha convertido en a-histórica, se prescinde de cualquier referencia histórica, el ius commune ha perdido mucha importancia.
III. Ciencia jurídica en el siglo 19
I. El lazo vivo entre el presente y pasado
• La ciencia jurídica alemana estuvo dominada en el siglo 19 por la escuela histórica, donde SAVIGNY (padre fundador) delineó el programa de ciencia jurídica histórica. Creo en esencia la disciplina moderna de la historia del derecho. El eje central era, sin embargo, la
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