El objetivo de la ley orgánica de las fuerzas armadas Nacionales
Enviado por fcff • 19 de Marzo de 2013 • Trabajo • 3.431 Palabras (14 Páginas) • 687 Visitas
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional
Objeto: Se determina que la Fuerza Armada Nacional es la única y principal institución castrense de la República Bolivariana de Venezuela, la cual se encuentra movilizada permanentemente a fin de garantizar la defensa de los intereses vitales nacionales, así como la de sus ciudadanos, su territorio y su gobierno constitucional. Bajo estos principios el objeto de la ley no será otro que el establecer las disposiciones que rigen la organización, funcionamiento y administración, de la Fuerza Armada Nacional.
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Decreta
la siguiente:
Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional
TÍTULO I
Disposiciones Generales
Capítulo I
Disposiciones Fundamentales
Sección primera: Disposiciones comunes
Objeto de esta Ley
Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto establecer los principios y las disposiciones que rigen la organización, funcionamiento y administración de la Fuerza Armada Nacional, dentro del marco de la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad, como fundamento de la seguridad de la Nación, consecuente con los fines supremos de preservar la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la República. La Fuerza Armada Nacional es la institución que en forma permanente garantiza la defensa militar del Estado.
Misión de la Fuerza Armada Nacional
Artículo 2. La Fuerza Armada Nacional organizada por el Estado, regida por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad, tiene la misión de garantizar la independencia y la soberanía de la nación, asegurar la integración territorial, la seguridad de la nación, la participación activa en el desarrollo nacional, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la defensa del ejercicio democrático de la voluntad popular consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y leyes de la República.
Funciones de la Fuerza Armada Nacional
Artículo 3. Serán funciones específicas de la Fuerza Armada Nacional:
1. Asegurar el dominio de los espacios vitales que permitan la circulación de los flujos de personas y bienes entre las distintas regiones del país y del entorno internacional.
2. Defender los puntos estratégicos que garantizan el desenvolvimiento de las actividades de los diferentes ámbitos: económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, y tomar las previsiones para evitar su uso por cualquier potencial invasor.
3. Resistir ante la ocupación del país por fuerzas militares invasoras incluyendo acciones de prevención frente a fuerzas hostiles que muestren esa intención.
4. Participar en alianzas o coaliciones con las Fuerzas Armadas de los países latinoamericanos y caribeños para los fines de la integración dentro de las condiciones que se establezcan en los tratados, convenios y acuerdos correspondientes, previa aprobación de la Asamblea Nacional.
5. Formar parte de misiones de paz constituidas dentro del marco de las disposiciones de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas, previa decisión del Jefe del Estado y la aprobación de la Asamblea Nacional.
6. Actuar como sujeto en apoyo de instituciones gubernamentales a nivel nacional, regional o local, para la ejecución de tareas vinculadas al desarrollo económico y social de la población, y en operaciones de protección civil en situaciones de desastres en el marco de los planes correspondientes.
7. Contribuir con las fuerzas del orden nacional, estadal y municipal para preservar o restituir el orden interno, frente a graves perturbaciones sociales, previa decisión del Jefe de Estado.
8. Organizar, operar y dirigir el sistema de inteligencia, así como de contrainteligencia de la Fuerza Armada Nacional.
9. Promover y realizar actividades de investigación y desarrollo, que contribuyan al progreso científico y tecnológico de la Nación, así como las necesarias para el ejercicio pleno de sus funciones.
10. Las demás que le atribuyan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y reglamentos de la República.
Naturaleza y fines
Artículo 4. La Fuerza Armada Nacional actúa de acuerdo con la doctrina de la consolidación del Poder Militar, el fortalecimiento de la integración cívico- militar y la movilización popular mediante la defensa militar, dentro del concepto de la defensa integral de la Nación; la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, en sus ámbitos geográfico, político, económico, social, ambiental, cultural y militar. Actuación condicionada por la situación político-geoestratégica y el estado de la ciencia y la tecnología militar en la coyuntura. El modo de actuar será definido mediante el concepto estratégico de la Nación, presentado a la Asamblea Nacional al inicio de cada período constitucional, su organización y el costo estimado para su aplicación, según se establece en la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación.
Tradición de la Fuerza Armada
Artículo 5. La Fuerza Armada Nacional, siguiendo la tradición de los fundadores de la República, participará en los procesos de integración de los pueblos latinoamericanos y caribeños, conforme a los tratados y convenios que suscriba la República, y podrá emprender acciones combinadas en defensa de los procesos orientados a la constitución de una comunidad de naciones que recoja ese legado histórico. Del mismo modo, y fieles al rechazo a la guerra como instrumento de la política internacional, de acuerdo con nuestra tradición constitucional, cooperará con las organizaciones mundiales en sus esfuerzos para el mantenimiento de la paz.
Fundamentos éticos
Artículo 6. Los integrantes de la Fuerza Armada Nacional fundamentan su patrimonio moral en el pensamiento y la acción histórica del Libertador Simón Bolívar, y en el de los precursores y forjadores de la República libre y soberana. Se inspiran en los valores del amor a la patria, la libertad, la igualdad, la justicia, la paz internacional, la solidaridad, la lealtad, el honor, el espíritu de sacrificio, la vocación de servicio, la integridad, la abnegación, la honestidad y los demás valores éticos propulsados por el humanismo. Su actuación
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