ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

El proceso penal


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2012  •  Informe  •  444 Palabras (2 Páginas)  •  407 Visitas

Página 1 de 2

ARTÍCULO 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios

de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.

A. De los principios generales:

I. El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al

inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por

el delito se reparen;

II. Toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda delegar en

ninguna persona el desahogo y la valoración de las pruebas, la cual deberá

realizarse de manera libre y lógica;

III. Para los efectos de la sentencia sólo se considerarán como prueba aquellas

que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio. La ley establecerá las

excepciones y los requisitos para admitir en juicio la prueba anticipada, que por su

naturaleza requiera desahogo previo;

IV. El juicio se celebrará ante un juez que no haya conocido del caso previamente.

La presentación de los argumentos y los elementos probatorios se desarrollará de

manera pública, contradictoria y oral;

V. La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte

acusadora, conforme lo establezca el tipo penal. Las partes tendrán igualdad

procesal para sostener la acusación o la defensa, respectivamente;

VI. Ningún juzgador podrá tratar asuntos que estén sujetos a proceso con

cualquiera de las partes sin que esté presente la otra, respetando en todo

momento el principio de contradicción, salvo las excepciones que establece esta

Constitución;

VII. Una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no exista oposición del

inculpado, se podrá decretar su terminación anticipada en los supuestos y bajo las

modalidades que determine la ley. Si el imputado reconoce ante la autoridad

judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su

participación en el delito y existen medios de convicción suficientes para

corroborar la imputación, el juez citará a audiencia de sentencia. La ley

establecerá los beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su

responsabilidad;

VIII. El juez sólo condenará cuando exista convicción de la culpabilidad del

procesado;

IX. Cualquier prueba obtenida con violación de derechos fundamentales será nula,

y

X. Los principios previstos en este artículo, se observarán también en las

audiencias preliminares al juicio.

B. De los derechos de toda persona imputada:

I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad

mediante sentencia emitida por el juez de la causa;

II. A declarar o a guardar

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com