El proceso penal
Enviado por mailuci • 22 de Noviembre de 2012 • Informe • 444 Palabras (2 Páginas) • 407 Visitas
ARTÍCULO 20. El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios
de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
A. De los principios generales:
I. El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al
inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por
el delito se reparen;
II. Toda audiencia se desarrollará en presencia del juez, sin que pueda delegar en
ninguna persona el desahogo y la valoración de las pruebas, la cual deberá
realizarse de manera libre y lógica;
III. Para los efectos de la sentencia sólo se considerarán como prueba aquellas
que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio. La ley establecerá las
excepciones y los requisitos para admitir en juicio la prueba anticipada, que por su
naturaleza requiera desahogo previo;
IV. El juicio se celebrará ante un juez que no haya conocido del caso previamente.
La presentación de los argumentos y los elementos probatorios se desarrollará de
manera pública, contradictoria y oral;
V. La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte
acusadora, conforme lo establezca el tipo penal. Las partes tendrán igualdad
procesal para sostener la acusación o la defensa, respectivamente;
VI. Ningún juzgador podrá tratar asuntos que estén sujetos a proceso con
cualquiera de las partes sin que esté presente la otra, respetando en todo
momento el principio de contradicción, salvo las excepciones que establece esta
Constitución;
VII. Una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no exista oposición del
inculpado, se podrá decretar su terminación anticipada en los supuestos y bajo las
modalidades que determine la ley. Si el imputado reconoce ante la autoridad
judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su
participación en el delito y existen medios de convicción suficientes para
corroborar la imputación, el juez citará a audiencia de sentencia. La ley
establecerá los beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su
responsabilidad;
VIII. El juez sólo condenará cuando exista convicción de la culpabilidad del
procesado;
IX. Cualquier prueba obtenida con violación de derechos fundamentales será nula,
y
X. Los principios previstos en este artículo, se observarán también en las
audiencias preliminares al juicio.
B. De los derechos de toda persona imputada:
I. A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad
mediante sentencia emitida por el juez de la causa;
II. A declarar o a guardar
...