Evolucion De Las Obligaciones
Enviado por yomal • 9 de Octubre de 2012 • 1.497 Palabras (6 Páginas) • 799 Visitas
Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular Para la Educación Universitaria
Universidad Bolivariana de Venezuela
Aldea: La Liria F/S
U.C: Regulación Jurídica de las Relaciones Privadas (II)
(ANALISIS)
BACHILLER:
YOMAL PONTILES
C.I: 20.681.575
5TO SEMESTRE
MERIDA, 17 DE MARZO DEL 2012.
INTRODUCCION
La conducta del hombre como sujeto de obligaciones, desde la época romana ha sido preocupante hoy en día todavía se señala esa cultura o época de vida como critica, arbitraria e injusta.
Para entonces la palabra obligación significo: ligare, ligo, ligatum, que significa atar, amarrar, sujetar. La etimología de la palabra coincide ampliamente con el concepto antiguo de la obligación romana que entrañaba una atadura de la persona del deudor, un sometimiento personal al poder -manus- del acreedor.
Romanos llegaron a ser maestros en esta esfera de derechos patrimoniales, porque supieron crear, al hacer abstracción tanto del objeto particular de cada obligación como de la personalidad de los obligados, una verdadera aritmética del derecho de las obligaciones.
En la evolución de este tema La ubicación de la figura del sujeto de obligaciones tanto de compromiso, como del delito fueron los objetos de preocupación que motivaron a los dirigentes a la creación de nuevas leyes y alcanzar desde aquella época durante la antigüedad y la edad media, y hasta la edad moderna establecer las dichas leyes para un mejor desenvolvimiento humano en cuanto a esta figura llamada obligación.
Veremos entonces a lo largo del informé como en la actualidad la obligación deja de ser motivo de muerte, de esclavitud de ensañamiento entre otras cosas para convertirse en motivo de vínculos más sanos, naturales y voluntad.
HISTORIA DE LAS OBLIGACIÓNES
El estado de obligado había surgido como expiación debida por cometer un delito. La víctima tenía derecho a vengarse sin restricción al principio, y por la ley del Talión más adelante. Después se permitió al delincuente librarse de la venganza proponiendo una “composición legal” en concepto de pena que vino a reemplazar al de composición convencional o voluntaria. En ese entonces se celebraba un acuerdo sobre el monto de la pena. Más adelante fue establecido por la ley.
La idea de obligaciones surgió en materia contractual desde el momento en que los pueblos de la antigüedad vivieron dentro de una economía cerrada en la que sus transacciones se realizaban en forma de trueque, valiéndose de medios que operaban la transmisión inmediata de la propiedad, que al principio no generaban obligación alguna.
Los primeros obligados a consecuencia de actos lícitos contractuales fueron en Roma los nexi, los plebeyos que pasaban hambre tuvieron que pedir préstamos a los patricios, comprometiendo su persona en garantía de pago, haciéndolo efectivo por el nexum. Que se realizaba con los procedimientos de la mancipatio e importaba la autopignoración del deudor. De allí proviene el estado de prisión hasta que éste se sometía hasta que se cumpliera con la obligación, (ob ligatitus) podía ser encadenado, matado o vendido como esclavo. Una ley abolió el nexum. El patrimonio pasó a ser la prenda de las obligaciones. De acuerdo con este régimen jurídico la idea de obligación por hallarse el derecho de acreedor sobre el deudor en situación muy semejante al derecho de propiedad de que era titular el amo respecto del esclavo. Deudor y esclavo eran considerados objeto de derecho. El obligatus estaba sometido al dominio físico del acreedor (corpus obnoxium), como esclavo estaba bajo la potestad o dominio del amo (dominica potestas).
La noción de obligación como derecho personal opuesto al derecho real, sólo habría surgido en Roma al hacerse más humana la coacción contra los nexi. Este hecho trascendente tuvo lugar por la sanción de la lex Poetelia Papiria (326 A.C.), que indirectamente abolió el nexum al disponer quedaba prohibido el encadenamiento, la venta y derecho de dar muerte a los nexi. A partir de dicha ley el derecho del acreedor se separa del derecho de propiedad, y el cumplimiento de la obligación no recae sobre la persona del deudor, sino sobre su patrimonio, que es considerado la prenda común de los acreedores.
Así junto con la propiedad el pretor creó un nuevo tipo de propiedad, como fue la propiedad in bonis habere o pretoria y al lado de la herencia civil (hereditas) dio vida a la herencia pretoria (bonorum possessio), a la par de las obligaciones iure civili fue reconociendo una serie de relaciones en las cuales, aunque propiamente no había una verdadera obligatio, les concedió una actio, no civil, pero sí honoraria. Entonces aquellas relaciones en las que no había un oportere, un debitum civil, sino tan sólo una actione teneri, que significaba “estar sujeto por una acción”, fueron por fin reconocidas como obligaciones.
En la actualidad:
Los derechos de obligaciones son los resultantes de una relación entre dos sujetos, uno de
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