GUIA DE EXAMEN “DERECHO PENAL II”
Enviado por Valevazper • 25 de Noviembre de 2015 • Documentos de Investigación • 803 Palabras (4 Páginas) • 1.094 Visitas
GUIA DE EXAMEN “DERECHO PENAL II”
1.-¿QUE CONSAGRA EL ART. 20 CONSTITUCIONAL?
R: Establece que el proceso penal será acusatorio y oral.
2.- ESTABLEZCA LOS PRINCIPIOS EN QUE SE RIGE EL PROCESO PENAL ACUSATORIO
R: Se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
3.- ¿CUAL ES EL OBEJTO DEL PROCESO PENAL?
R: El esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los danos causados por el delito sean reparados.
4.- ¿PORQUE ES ACUSATORIO?
R: Por la sencilla razón de que quien acusa está obligado a probar, partiendo del derecho a ser considerado inocente.
5.- ¿PORQUE ES ADVERSARIAL?
R: Porque es un sistema de partes adversas, en términos generales las funciones del abogado, las del juez y las del jurado.
6.- PRINCIPIO DE PUBLICIDAD
R: Señala que todas las audiencias que se lleven a cabo dentro del sistema serán públicas (cualquier persona, familiares de la víctima).
7.- PRINCIPIO DE ORALIDAD
R: Porque se expone oralmente por medio de un litigante preparado, se dice que el juzgador es un observador y moderador de la audiencia y que no ha tenido acceso al expediente.
8.- PRINCIPIO DE CONTRADICCION (ART. 20)
R: Es un principio fundamental que las partes pueden ser escuchadas, escuchar y estar en condiciones de oponerse.
9.- ¿QUE ES EL DEBIDO PROCESO?
R: Imparcialidad, independencia, competencia establecimiento legal presunción de inocencia, igualdad entre las partes, derecho de defensa derecho a guardar silencio, derecho a ser juzgado en un plazo razonable, derecho a ofrecer pruebas y está protegida en su esfera jurídica.
10.- PRINCIPIO DE IGUALDAD ANTE LA LEY
R: Este principio consagra el contenido de los art. 1 13 y 17 de nuestra constitución ya que establecen el trato equitativo e imparcial ante la ley por parte de quienes juzgan o investigan el delito y establecen prohibición a las autoridades de quebrantar los derechos fundamentales de las personas.
11.- ART. 14, 16 Y 17 CONSTITUCIONAL
R: Art. 14 establece el principio de las formalidades esenciales del procedimiento
Art. 16 el primer párrafo establece urgencia administrativa en caso de flagrancia, orden de cateo.
Art. 17 consagra la garantía de justicias; ninguna persona podrá hacer justicia por sí mismo. Nadie puede ser aprisionado por deuda de carácter puramente civil.
12.- ¿CUANDO HAY FLAGRANCIA?
R: A) Cuando la persona es detenida en el momento de estar cometiendo el delito
B) Inmediatamente de haberlo cometido en virtud de que:
-Es sorprendida cometiendo el delito y es perseguida material e ininterrumpidamente o;
-Cuando la persona sea señalada por la victima u ofendido o un testigo que presenció los hechos y cuando tenga en su poder objetos del derecho.
...