Guía de Constitucional.
Enviado por roxgachuz21 • 13 de Julio de 2016 • Examen • 11.987 Palabras (48 Páginas) • 258 Visitas
REFRENDO MINISTERIAL:
Art 92. Capítulo II del poder ejecutivo. Todos los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del presidente deberían estar firmados por el secretario de Estado a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidos.
TOMA DE PROTESTA
Art 87.El presidente al tomar posesión de su cargo, debe rendir protesta ante el congreso de la unión o ante la comisión permanente. Si por cualquier circunstancia en presidente no pudiera en los términos anteriores lo hará de inmediato ante las mesas directivas de las cámaras del congreso de la unión. En caso de que no se pudiera por estos términos lo hará de inmediato ante el presidente de la suprema corte de justicia de la nación.
ESTADO DEMOCRÁTICO LIBERAL:
Es el carácter de nuestro Estado, adoptan diferentes formas de Estado: Estado Unitario (centralista), Confederación de Estados, Estado Federal, su clasificación va de acuerdo al grado de cohesión de sus partes.
Formas de Estado según Kelsen:
1. ESTADO UNITARIO/CENTRALISTA. Las partes están muy juntas Se da a partir de un proceso nacional; están se dividen en provincias o departamentos (México- gob Virreinal, Panamá-provincial y Guatemala-deptos.); nacionalidad única; es soberano todo el edo, las partes componente no son soberanas ni autonomía; F.A únicamente en todo el Estado; el orden jurídico está constituido por la constitución es única, leyes únicas y las partes sólo tienen reglamentos; su estabilidad es fuerte y notable.
2. CONFEDERACION DE ESTADOS: Nacen por procesos internacionales, hay libertad de las partes; su nacionalidad es múltiple (todos son soberanos); cada uno tiene F.A; puede llegar a darse una guerra interna; es débil la fuerza; el orden jurídico cada país lo tiene y se puede tener una constitución general.
3. ESTADO FEDERAL: tiene un grado de cohesión intermedio, surge por un proceso interno y/o internacional; tiene entidades federativas (estados locales); tienen nacionalidad del Estado y/o la del edo. Local (México solo “mexicano” no hay para cada uno); tiene soberanía nacional, autonomía estatal local;
4. DESENTRALIZACIÓN: ADMINISTRATIVA- las partes tienen capacidad de ejercer soberanía administrativa. Política- las partes componentes tienen la capacidad de auto constituirse (tener su propia const). Soberanía- los estados locales no son soberanos (art 133 const); 5. Las entidades no tienen F.A., pero tienen guardia nacional, hay política local subordinada a la tropa permanente; orden jurídico tienen const federal y estatal local (art 133 const), leyes centrales y locales, cada una tiene legisladores (P.E, P.L, P.J); tienen estabilidad fuerte;
Pero también Haoriu clasifica a la formas de la sig. Manera: Simple- edo unitario, compuesta- confederación y edo. Federal..
ESTADO FEDERAL/FEDERALISMO:
Antecedentes históricos- nace en E.U.A, origen se da por la fuerza económica, por problemas que los colonias enfrentan con Inglaterra. Según Felipe Tena afirma que en 1874 las colonias se unen bajo el Plan de Unión de Albany, por tanto forman un ente para dirigir, pero los colonos no quieren un ente mayor que cobrara impuestos, fijara tarifas (Inglaterra). En 1764 El Parlamento Ingles fija impuestos a las colonias (ilegalidad del parlamento Ingles. En 1765 Massachussets (primer congreso intercolonial en NY) rechaza al parlamento inglés. En 1774 Virginia propone que se reuna el congreso continental (12 colonias) se oponen a una serie de medidas que el parlamento ingles propone mismas medidas que les afectan. Según Jefferson: los legisladores de las partes pueden actuar mediante leyes. Y para 1775 se reúne un segundo congreso continental en Filadelfia, toman medidas drásticas para desintegrarse de Inglaterra ; el 4 julio de 1776 se firma el acta de Independencia, mas tarde en el mismo mes se propone una confederación, conf. Y unión perpetúa, misma que se aprueba a finales de 1777 y la confederación entra en vigor hasta 1781. Pero en 1786 no funciona dicha confederación por su debilidad, por tanto se convoca a uan conversión para armar y ajustar la Const., donde tomaran medidas que ayuden a resolver problemas (articulado de confederación), finalmente se forma un edo federal. Una vez formado el edo, Se tiene que elegir un legislador.
SISTEMA BICAMERAL.
Surge porque no funciona la confederación (1977) por su debilidad, ya que fracasó porque querían ser independientes de Inglaterra, por tanto se dan dos tendencias, se toma el Plan Virginia que buscaba los tres poderes y que la cámara fuera por representación de habitantes, por tanto se da el Plan New Jersey el cual tomo de la Confederación que existía una cámara de la cual quieren representación por Estado, pero como habían controversias y muchas diferencias entre estos planes surge el Plan Transacción Connecticut el cual une a las 2 cámaras y utiliza la representación proporcional al número de habitantes(Plan Virginia) para la cámara de diputados y para la cámara de senadores es el voto igual para los Estados (Plan New Jersey), así es como se da el Sistema Bicameral (dos planes).
ESQUEMA
ESTADO FEDERAL: -federación (gob. Federal, poderes federales) –Entidades federales (estados locales) –cantones (en México municipio –distrito federal.
Se puede afirmar que el Edo. Federal es el todo, aunque la const. digamos que nos conforma más en una federación constituida de edo. (art 40). En nuestro país la conformación del Edo. Federal no funciona por los antecedentes indiferentes a E.U.
En 1824 se constituye en edo. Federal, es cuando ya se toma el modelo de E.U que se conforme las dos entes federales (cámara de senadores y la de diputados). Ya para 1857 subsistiendo el edo. Federal no había cámara de senadores únicamente la de diputados. En 1874 se promueve en la vuelta de la camara de senadores establecer el senado de la República (2 senadores por cada edo y por el D.F).
DISTRIBUCION DE COMPETENCIA O FACULTADES:
1. FACULTADES EXPRESAS (nivel constitucional): son facultades que le pertenecen a las entidades federativas que sede a la federación (p.e, p.l, p.j); son asi porque quedan por escrito en la const.; son limitadas, explicitas ya que son claras y no se sobre entienden; principio lo que no se sede se lo reserva la entidad (art 124); su creación es bajo el poder constituyente (órgano revisor).
2. FACULTADES IMPLICITAS (leyes, nivel legislativo): son subordinadas; el edo. da lo necesario para su cumplimiento, ya no las crea el constituyente sino el legislador; requisitos -existir antes una facultad expresa, que no se pueda ejercer por si misma (arts. 89 frac.I, 104 Frac I); artc 73 fracc. XXX fundamento, crear leyes necesarias para atender las facultades expresas; es necesaria una iniciativa de ley, a manos del ejecutivo y/o legislativo.
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