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LOS SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  18 de Mayo de 2013  •  Ensayo  •  1.870 Palabras (8 Páginas)  •  631 Visitas

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LOS SUJETOS DEL DERECHO MERCANTIL

Las relaciones jurídicas, son los vínculos que se establecen entre personas. Al derecho mercantil le corresponde el estudio de las relaciones jurídicas de naturaleza mercantil, las que derivan de actos mercantiles o del ejercicio del comercio, donde debe encontrarse un comerciante, que es aquel que tiene capacidad para contratar, y hacen del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles; el régimen tiene como base objetiva el acto de comercio, mientras que el sujeto o persona que lo realiza; es un comerciante individual.

Son sujetos del derecho mercantil los comerciantes y las personas que realicen accidentalmente alguna operación de comercio.

Para ello debemos determinar primero el sujeto que lo ejecuta, aun cuando la doctrina plantea ciertas dudas.

Las personas en Derecho son naturales y jurídicas.

a. PERSONAS NATURALES.

Son los individuos de la especie humana y solo ellos. Y en derecho se les reconoce la personalidad jurídica a todos los individuos de la especie humana, independientemente de su edad, sexo, salud, situación familiar y otras circunstancias.

El derecho romano no consideraba la personalidad y la capacidad jurídica como un atributo de la naturaleza humana, sino como una consecuencia del ¨estado¨, el cual tenía los caracteres de un privilegio o concesión de la ley. Por cuanto algunas carecían totalmente de personalidad como el esclavo, porque no tenía el estado de libertad; en otros casos el ¨ius civile¨ como efecto para los extranjeros, no tenían el estado de ciudadano, y tenían limitada la capacidad jurídica, así como los sujetos a la potestad de otro ¨alieni juris¨ porque carecían del estado familiar.

En la legislación civil venezolana, encontrados su fundamento en los artículos 15 y 16 del Código Civil.

b. PERSONAS JURIDICAS

En sentido estricto, colectivas, morales, complejas o abstractas, son todos los entes aptos para ser titulares de derechos o deberes y que no son individuos de la especie humana.

Son creadas por el derecho positivo, previa sus formalidades de Ley, se le atribuye una personalidad jurídica; de derecho privado o de derecho publico, vale decir, la constitución, formalización y registro de determinada sociedad, con los fines que en ella se planten; mientras que otras personas jurídicas nacen por imperio de Ley, y sus fines los determina la misma Ley.

Son aquellos distintos de los individuos de la especie humana, pero que persiguen fines humanos, por ejemplo, sociedades civiles, mercantiles, y otras de índole similar. Así como de estado como por ejemplo Presidencia de la Republica, Consejo Federal de Gobierno, Consejo Nacional Electoral, Partidos Políticos, y otros.

En la legislación civil venezolana, encontrados su fundamento en el artículo 19 del Código Civil.

EL COMERCIANTE COMO SUJETO EN LA

RELACION MERCANTIL

El Comerciante es la persona, natural o jurídica que teniendo capacidad para contratar, hace del comercio su profesión habitual, es decir que toda persona que no se encuentre prohibida por la ley para realizar actos de comercio, en un sistema de libre empresa como el nuestro, todos podemos comprar y vender en un determinado mercado.

En la legislación venezolana lo encontramos en el artículo 10 y siguientes del Código de Comercio.

REQUISITOS PARA SER COMERCIANTE

Básicamente, los requisitos para ser comerciante, son dos:

1. Capacidad para contraer obligaciones: Es toda aquella persona que pueden obligarse a sí mismas; sin requerir autorización de otra persona. La norma general es que toda persona es capaz para comerciar, considerando como excepciones las contempladas por la ley. Generalmente estas excepciones son de dos clases, absolutas y relativas.

Son incapaces absolutas los que por ningún concepto pueden efectuar actos de comercio, dentro de las personas naturales, tenemos a los impúberes, sordo - mudos que no se dan a entender por escrito y los dementes; los incapaces relativos son los que requieren del cumplimiento de ciertas normas legales para convertirse en comerciantes, como los clérigos, los menores, adultos, etc.

2. Ejercer el comercio habitualmente

Este segundo requisito obedece al hecho de ejercer el comercio habitualmente, ya que un comerciante no puede hacer actos de comercio temporal u ocasionalmente, sino en forma permanente, esto da como confianza al consumidor y garantiza la venta de productos que expende. Con más seguridad se adquiere un refrigerador en una empresa de solvencia conocida, en donde le garantizan el producto y le ofrecen mantenimiento; que adquirirlo sorpresivamente en la calle.

TIPOS DE COMERCIANTES

Comerciante individual: Se refiere a personas naturales que ejecutan actos de comercio masivos.

Comerciante social: Es una entidad formada por dos o más personas que realizan un contrato solemne en el cual los socios ponen en común determinados bienes o actividades con el móvil del lucro, a fin de repartirse los beneficios de los negocios al cual van a dedicarse.

Estas sociedades se constituyen a través de una "Escritura Pública de Constitución", la cual deberá ser registrada a través de un registro mercantil. La entidad resultante es considerada distinta de los socios que la integran.

Las sociedades se dividen en sociedades de personas y sociedades de capitales; ambas clases pueden ser de capital variable:

• Sociedades de personas:

o Sociedades en Nombre Colectivo o Sociedades Colectivas.

o Las sociedades en Comandita Simple o Sociedades Comanditarias Simples.

o Las sociedades de responsabilidad limitada.

o Sociedades de capital:

o Las sociedades anónimas.

 Las sociedades en Comandita por Acciones.

OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES

Entre las obligaciones del comerciante encontramos:

• Presentar declaración de capital en formulario que la misma Municipalidad proporciona.

• Pagar la patente del negocio.

• Pagar los derechos publicitarios (carteles, letreros, etc.)

• Sanitarias y mantener al día la autorización sanitaria del funcionamiento del negocio.

• Respetar las disposiciones legales contempladas en el reglamento Sanitario.

• Registro de

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