Sujetos del derecho mercantil
Enviado por krmen520 • 11 de Junio de 2014 • Informe • 1.016 Palabras (5 Páginas) • 191 Visitas
Sujetos del derecho mercantil:
Los sujetos del derecho mercantil lo san tanto los sujetos que realizan accidentalmente actos de comercio (art. 4°), como los comerciantes dicho en el (art. 3°).
Toda persona que tiene capacidad de ejercicio de derecho civil la tiene también para realizar por si misma actos de comercio. Sin embargo algunos de estos actos no pueden celebrares validamente sino por personas que reúnan determinados requisitos Solo las sociedades anónimas pueden emitir los títulos valor llamados obligaciones: el carácter de asegurador solo puede ser asumido por sociedades autorizadas por el Estado.
Pero en todo caso en que no exista una disposición legal expresa en contrario, los actos de comercio pueden ser celebrados por cualquier persona física no incapacitada civilmente.
Existen actos absolutamente mercantiles que pueden ser celebrados en nombre de un incapaz, por sus representantes legales.
Un análisis demuestra que las personas morales no comerciales pueden realizar actos de comercio, incluso aquellos cuya mercantibilidad depende de la intención siempre que lo contrario no resulte de la ley o acto constitutivo que regula el funcionamiento de la persona moral de la que se trata, o que su realización no sea incompatible con los fines de la propia persona moral.
De la letra de la fracción l del art. 3º del C. Com., se podría pretender deducir que solo las personas que tienen capacidad legal para ejercer el comercio pueden ser comerciantes. Pero esta seria una afirmación tan errónea como la de que solo las personas que tiene capacidad legal para realizar actos jurídicos pueden ser propietarios. En una y otra proposición se confundiría la capacidad de ejercicio con la capacidad de goce.
La primera capacidad para ser comerciante, la tiene como regla general, cualquiera persona, sin que a ella obsten las incompatibilidades y prohibiciones que la ley establece tomando en consideración la persona misma del presunto comerciante, ni las restricciones que las leyes especiales imponen para determinados ramos de la actividad mercantil.
En cuanto a la capacidad para ejercer el comercio, es preciso distinguir situación del mayor de edad que no ha sido declarado en estado de interdicción.
El código de comercio contiene dos prohibiciones para ser comerciante a los quebrados que no hayan sido rehabilitados (fracc II del art. 12º ) y a los reos del delito contra la propiedad (fracc III del art. 12).
Las personas morales organizadas conforme a algún tipo de sociedades mercantiles tienen la consideración legal de comerciante, cualquiera que sean las actividades a que se dediquen, e independientemente de la nacionalidad que a las propias sociedades se atribuya.
La doctrina llama sociedades de economía mixta a aquellas en que el estado tiene participación, ora en el capital, ora en la administración.
Basándose en que conforme al texto vigente del art. 3º Constitucional solo el estado impartirá educación primaria, secundaria y normal, y que los particulares podrán hacerlo únicamente con la autorización de aquel, como un servicio público descentralizado por colaboración el que prestan las instituciones dedicadas a la enseñanza en los grados señalados.
Como tales instituciones están organizadas, en gran número de casos, como negociaciones mercantiles, habrá de considerárselas como comerciantes que prestan un servicio
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