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La Constitución de 1980; Contexto, Contradicciones y Neoliberalismo

Matias UleEnsayo1 de Mayo de 2020

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La Constitución de 1980; Contexto, Contradicciones y Neoliberalismo.

La Constitución de 1980. Seria la piedra angular con la que se daría paso al modelo Neoliberal, tal y como lo conocemos hoy en Chile. Esta Carta Magna seria instaurada posterior al golpe militar, con el que se destituiría al presidente Salvador Allende, durante el Régimen Militar de Augusto Pinochet Ugarte, Quien confiaría la redacción de la nueva Carta Fundamental a la Comisión de Estudios de la Nueva Constitución, o más bien conocida, como la Comisión Ortúzar. Liderados por Enrique Ortúzar y teniendo a Jaime Guzmán, Abogado y Decano de la Universidad Católica, como principal redactor de la constitución. Este proyecto de constitucional tuvo un proceso de discusión y de reforma en el Consejo de Estado. En el cual estaría involucrado el Expresidente Jorge Alessandri Rodríguez. Y también tendría un proceso de modificaciones en la Junta de Gobierno. Donde se daría luz verde al proyecto constitucional y salir a Plebiscito. El jueves 11 de Septiembre de 1980, se llamó a Referéndum, por medio del cual, se votaría una nueva constitución y se reafirmaría la permanencia de Augusto Pinochet en el poder hasta 1989. Referéndum, el cual tendría como resultado una victoria para el ¨SI¨, con 4 204 879 de votos, un 67,04% de los votos emitidos. Se aprobaría el Referéndum constitucional y se extendería el periodo de Augusto Pinochet hasta el próximo plebiscito en 1989.

Dado ya el origen, a la que al día de hoy es la Carta Fundamental de nuestra Republica Democrática y sobre la que funciona el Estado de Derecho de nuestro País. Debemos tomar en cuenta todos los beneficios, fallos y privilegios que ha traído esta Constitución a nuestro País. Si bien la Carta Fundamental logro su objetivo primordial con el que fue concebida por la Comisión Ortúzar, el cual fue poder controlar la inflación del país, que dejaría el gobierno de Salvador Allende, también tendría como objetivo esta constitución. Establecer un Presidencialismo fuerte, para la figura de ese entonces Augusto Pinochet, quien ejercería cono Jefe Supremo de la Nación, en el periodo del régimen militar, por lo cual, este presidencialismo excesivo le venía como anillo al dedo para poder controlar a la nación y así, poder seguir con la Doctrina de Shock, además de alzar su misma figura, como una figura de respeto y temor dentro de la nación. Por lo que este Presidencialismo tan fuerte le ayudo, además, a poder complementar la toma de decisiones que dejaría el espacio del Congreso, que él mismo clausuraría el 11 de septiembre del 73¨, dejándose así como la mayor y única autoridad en su régimen militar.

Otro punto que ha calado muy hondo dentro de esta constitución. Ha sido, que gracias a esta, se pudo implementar el experimento del modelo neoliberal en el país, a pesar de que, este mismo modelo se hallara incompleto. Esto no fue un percance para los ¨Chicago Boys¨. Con lo que más adelante se llegaría a ser conocido como el ¨Milagro Chileno¨, lo cual presentaría este nuevo modelo diseñado por Milton Friedman como una alternativa válida para poder sacar adelante a los Países, siendo tomado como ejemplo, el caso de Chile. En el que gracias al modelo exportador y de las grandes privatizaciones que permitirían, la entrada de la inversión extranjera al País, a pesar de esto, este modelo dejaría de lado el Estado de Bienestar, el que se vería remplazado por un Estado Subsidiario, lo cual dejaría a los Chilenos, con muchas precariedades si estos dependían de los servicios públicos, en todo los ámbitos de la vida, ya que el Estado permitía el libre acceso, pero no garantizaba esos servicios y siempre dejaría la opción privada. Lo que precarizaría los derechos más básicos de los Ciudadanos. Convirtiéndolos en privilegios para el que pueda pagarlos a fin de mes.

Y por último pero no menos importante, serían las bases de la Carta Magna, las cuales darían cancha libre, para que serían un trago amargo para quienes la vivieran en su origen y quienes la vivieran en la actualidad, ya que esta misma dice ¨amparar a los grupos intermedios y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus fines específicos¨, además, ¨Reconoce la limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana¨, y por último, dice ¨Dar protección a la población y a la familia¨. Siendo estos extractos del primer capítulo de la Carta Magna instaurada en el año 1981. Siendo estos extractos, las primeras letras, que darían base al Estado de Derecho tal y como lo conocemos hoy en día, podríamos dar a concluir que el Rol del Estado Chileno, estaría orientado hacia una realización del individuo y más plenamente del conjunto de familia, siendo así uno de los motores de la sociedad. Que bien podrían evidenciarse en los resultados que esta constitución ha tenido, pero antes de juzgar deberíamos preguntarnos:

  1. ¿Cómo funciona el Estado Chileno?
  2. ¿Cuáles son los Derechos y Deberes de los ciudadanos?
  3. ¿Cuál es el rol y la función del Gobierno?

¿Cómo funciona el Estado Chileno?

        ¨Artículo N° 1.- Los hombres nacen libre e iguales en dignidad y derechos¨. Así se daría comienzo a la Carta Fundamental, entrada en vigor desde 1981, aseguraría una libertad y una igualdad de dignidad y derechos entre todos aquellos ciudadanos de la Nación, a pesar de esto, no dejaría espacio para asegurar el crecer y vivir, dentro de ese primer artículo, Seguido a este vendría, ¨La familia es el núcleo fundamental de la sociedad¨, con lo cual se dejaría atrás al individuo para involucrarlo en algo más grande que uno mismo, lo cual sería la unidad familiar, posteriormente se dictaría ¨El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales organiza y estructura la sociedad¨, lo que llevaría a pensar que realmente se apoyarían a las pequeñas y medianas empresas, para que llegado el momento con una gran fe llegar al punto culmine donde estaría escrito ¨El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común¨, hasta que llegaría el momento en el que se evidenciaría el contexto en el cual fue escrita esta Carta Magna, donde al final del primer artículo estaría escrito: ¨Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional¨, lo que evidenciaría el régimen militar de ese tiempo.

Posteriormente vendría ¨Articulo N° 4.- Chile es una República Democrática¨. Artículo que no se vería implementado hasta la vuelta a la Democracia con Patricio Aylwin, debido a que ¨de facto¨ en el Régimen Militar, se encontraba clausurado el congreso nacional, los partidos políticos y por la prohibición del derecho a reunión y a la expresión  debido al constante Estado de Excepción Constitucional, que no permitiría llamar a Chile una república Democrática hasta el 11 de Marzo de de 1990.

Seguiría el ¨Artículo 5º.- La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio¨. Con lo que instaurarían las herramientas con las cuales la ciudadanía podría hacerse escuchar y lo inicialmente con el plebiscito de 1980 y posteriormente con el plebiscito de 1989, con el cual lograrían destituir a Pinochet del poder.

Luego en el  Artículo 7º.- Los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley. Ninguna magistratura, ninguna persona ni grupo de personas pueden atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes. Este mismísimo articulo podría llevar a declarar inconstitucional todos las muertes que se llevaron a cabo en el pasado y gran mayoría de las ¨malas praxis¨ que se ha llevado a cabo en la política y las fuerzas armadas, las cuales deberían de contar con una sanción equivalente, a pesar de esto, se sigue tapando bajo la alfombra, tanto hoy como en el ayer.  Y posteriormente para concluir:

Artículo 9º.- El terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos

Una ley de quórum calificado determinará las conductas terroristas y su penalidad. Los responsables de estos delitos quedarán inhabilitados por el plazo de quince años para ejercer funciones o cargos públicos, sean o no de elección popular, o de rector o director de establecimiento de educación, o para ejercer en ellos funciones de enseñanza; para explotar un medio de comunicación social o ser director o administrador del mismo, o para desempeñar en él funciones relacionadas con la emisión o difusión de opiniones o informaciones; ni podrá ser dirigentes de organizaciones políticas o relacionadas con la educación o de carácter vecinal, profesional, empresarial, sindical, estudiantil o gremial en general, durante dicho plazo. Lo anterior se entiende sin perjuicio de otras inhabilidades o de las que por mayor tiempo establezca la ley.

 Los delitos a que se refiere el inciso anterior serán considerados siempre comunes y no políticos para todos los efectos legales y no procederá respecto de ellos el indulto particular, salvo para conmutar la pena de muerte por la de presidio perpetuo.

El terrorismo conlleva automáticamente la perdida de la nacionalidad, además, de la sanción del quorum calificado, podría resumirse en: ¨Lo que el Estado propone en el fondo-y esto si quiere asegurar- es que los chilenos vivan su vida cotidiana en paz, obedientes a la ley, sin hacer política por sí mismos.¨ (Salazar, 2012)

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