La Constitución de Weimar
Enviado por pamelalara404 • 3 de Diciembre de 2013 • Trabajo • 1.363 Palabras (6 Páginas) • 228 Visitas
La Constitución de Weimar
La Constitución de Weimar fue una constitución de Alemania sancionada el 11 de noviembre de 1919, que estableció una república federal con nueve estados y la elección de un presidente por votación popular, el cual a su vez tenía la facultad de elegir al canciller para que formara un gobierno. El presidente podía disolver el gabinete y vetar las leyes del poder legislativo. Sus facultades incluían la facultad de intervenir los estados federales, con el fin de prevenir problemas de orden social.
La Constitución de Weimar junto a la Constitución de México sancionada dos años antes, dieron origen al constitucionalismo social, que estableció el Estado de bienestar y reconoció los derechos de los trabajadores.
Estado social.
Es un concepto propio de la ideología o bagaje cultural político alemán. El concepto se remonta a la formación del Estado prusiano y, pasando a través de una serie de transformaciones, en la actualidad forma las bases político-ideológicas del sistema de economía social de mercado. En términos más recientes, incorpora a su propia denominación el concepto de Estado de derecho, dando lugar a la expresión Estado social de derecho (Sozialrechtsstaat), también, además, al concepto de Estado democrático, dando lugar a la expresión Estado social y democrático de derecho.6
Se considera que el Estado social es un sistema socio-político-económico definido por un conjunto de condiciones jurídicas, políticas y económicas. En términos generales la mayor parte de autores de filosofía del derecho concuerdan en que un Estado social se propone fortalecer servicios y garantizar derechos, considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad. Entre esas condiciones se cita generalmente:
• Asistencia sanitaria.
• Salud
• Educación pública.
• Trabajo y vivienda dignos,
• Indemnización de desocupación, subsidio familiar.
• Acceso práctico y real a los recursos culturales: (bibliotecas, museos, tiempo libre).
• Asistencia para personas con discapacidad y adultos mayores.
• Defensa del ambiente natural.
• Asistencia social
• Defensa jurídica y asistencia legal.
• Garantiza los denominados derechos sociales mediante su reconocimiento en la legislación.
Provee la integración de las clases sociales menos favorecidas, evitando la exclusión y la marginación, a través de la compensación de las desigualdades y de la redistribución de la renta por medio de los impuestos y el gasto público. Utiliza instrumentos como los sistemas de educación y sanidad (en mayor o menor grado públicos o controlados por el estado, obligatorios o universales y gratuitos o subvencionados), financiados con cotizaciones sociales. Se tiende a la intervención en el mercado y la planificación de la economía, todo ello en contra de los principios del liberalismo clásico.
Libertad individual.
Libertad individual o seguridad personal, bajo este nombre se comprende una serie de derechos del individuo reivindicados frente a todo ataque del Estado, cuya protección así mismo se reclama. Además del derecho a la vida y a la integridad física y moral, el núcleo esencial de la libertad personal consiste en el derecho a no ser detenido sino con arreglo a la ley. Frente a las lettres de cachet del Antiguo Régimen, la institución que simboliza la protección de la libertad personal es el habeas corpus inglés. La garantía contra las detenciones arbitrarias aparece en los Bills de las colonias americanas y en las primeras enmiendas a la Constitución federal; la Declaración francesa de Derechos de 1789 proclama que nadie podrá ser acusado, detenido ni preso sino en los casos determinados por la Ley y con arreglo a las formas por ella prescritas, pasando la libertad personal a ser reconocida en las Constituciones posteriores, incluso con sus garantías penal, procesalyjudicial.
El artículo 17 de la Constitución Española declara que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad; nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos y, en todo caso, en el plazo máximo de setenta y
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