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La Pena De Muerte


Enviado por   •  30 de Julio de 2014  •  2.740 Palabras (11 Páginas)  •  178 Visitas

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ENSAYO SOBRE LA PENA DE MUERTE

Históricamente, dentro como fuera del país, se ha podido apreciar a la pena de muerte como la forma más violenta de reprimir conductas inadmisibles y atroces; es decir, para que los actos sustenten la aplicación de la pena de muerte tendrían que ser más graves como para merecer dicha sanción extrema, sino, no hay legitimidad en la aplicación de dicha medida. O como tambien lo menciona Luiggi Ferrajoli: “…al concentrar la mínima violencia necesaria para prevenir formas de violencias ilegales, más graves y vejatorias. La violencia de las penas, su vez legítima solo en cuanto permita prevenir violencia mayores producidas por los delitos y por las reacciones a los delitos que se cometerían si no hubiera derecho”.

Por ello, en este presente ensayo es necesario abordar de manera breve, pero no pasar por alto, los distintos periodos históricos en donde se ha utilizado de manera ¿JUSTA O NO? la pena de muerte, y como es que en la actualidad en algunos países continúa usándose este tipo de pena, así tambien los puntos de vista, ya sea a favor o en contra, de este tema tan controversial.

En la época preincaica, existieron en la región notables culturas autóctonas, donde la población estaba distribuida por diferentes ayllus, siendo estas agrupaciones socio-económicas de extraordinaria trascendencia y cada una estaba dirigida por un curaca, que era quien ejercía las funciones judiciales y ejecutivas, pero a su vez se hallaban limitados mediante la intervención de los campesinos de mayor edad y por los guerreros más experimentados, o como menciona Trimborn: “Podemos considerar como seguro que la ejecución del derecho, es decir, de las normas usuales para la protección de la vida, propiedad y orden político, así como la pronunciación de la sentencia correspondían a los curacas locales o tribunales” ; el sistema penal de los ayllus correspondía a normas simples y generalmente la pena capital era empleada para sancionar casi todos los delitos (robo de mujeres, violación y adulterio), obviándose, claro está, si el delito era consumado o no, además que no existía correspondencia justa, entre la comisión o no, del delito y la pena atribuida. En esta época se formaron imperios poderosos y con distinta variación, siendo uno de ellos el imperio inca, extendiéndose debido a sus constantes conquistas. Las normas jurídicas en el imperio inca, respondían a la voluntad de este, debiéndose cumplirse irrefragablemente desde que eran conocidas, este tipo de penas eran rigurosas sin importar, otra vez, el tipo de delito cometido; a su vez cuando un delincuente se escapaba su persecución era atroz, muchas veces la responsabilidad penal de este era extendía a la familia y hasta al ayllu, siendo este muchas veces destruidos. La clasificación de los delitos, y por ende su imposición de las penas, según lo señala Trimborn, era divididos en dos: referido al orden público (siendo estos los más graves), ya sea si asesinaba al inca o no obedecía los mandatos establecidos por este, se imponía la pena capital; y los referidos al orden privado. Tambien dentro del imperio se tuvo conciencia de la reincidencia, por ejemplo: si alguien robaba por necesidad, era amonestado y le daban lo medios para trabajar, pero si volvía a cometer el hecho se le condenaba a la pena de muerte; se ve claramente que las penas eran muchas veces injustas, desiguales e inhumanas, pero cabe la pregunta ¿Se imponía la misma sanción cuando el delincuente era un miembro de la nobleza? Definitivamente que no, la nobleza gozaba de una situación privilegiada, siendo las sanciones muchas más benignas cuando se trataba de un miembro de las clases sociales superiores, es más, si es se imponía la pena de muerte a un miembro de la nobleza la condena se cumplía degollándolo, considerada en el imperio menos deshonrosa que las demás (hoguera, horca, etc); igual sucedía cuando un noble cometía incesto, el varón era degollado, y la mujer cumplía su pena en la prisión; si esto hubiera sucedido con el pueblo, claramente el fin hubiera sido otro, como morir apedreados o descuartizados.

En la época colonial, la pena se estabilizó en cuanto a los medios de ejecución, reduciéndose a dos modalidades: la degollación para los nobles y la horca para los villanos, aunque tambien había aparecido un nuevo método de muerte judicial: el agarrotamiento, que era un castigo intermedio entre la horca y la degollación. Dentro de estos sistemas se instauró a la picota como un nuevo método de penalidad, en que su ejecución consistía en la exposición de los reos a la vergüenza y de la exhibición de sus restos corporales como escarmiento general, por lo que se suponía que la exposición de su cuerpo iba a servir de prevención y advertencia para toda la población, este tipo de método tuvo su mayor utilización durante la existencia de la Santa Inquisición. Cualquiera que fuese la muerte sufrida por los reos, la cabeza del delincuente quedaba colgada por cuarenta días, pero no solo eran expuestas las cabezas de los políticos generosos, rebeldes de toda clase que se alzaron contra los que ejercían el poder; este descuartizamiento se daba de dos formas: una sobre el cadáver (para graves delitos) un ejemplo de ello, es el caso del capitán Francisco Hernández Girón que fue un conspirador rebelde, donde su cabeza quedó en la picota, mientras que su tronco y extremidades en las entradas de los caminos; y el otro tipo de descuartizamiento era en vivo, que no se daba muy comúnmente y solo para delitos graves, un claro ejemplo de ello fue lo sucedido con Tupac Amaru, su esposa, y todo a quien estaba con él. Si bien es cierto se aplicaba la misma pena ya sea para nobles, políticos o gente del pueblo, las causas o supuestos delitos que cometían, su imposición de la pena de muerte era ¿la más adecuada?, cabe destacar que para ellos delitos graves era todo lo referido a la sublevación contra el Rey, pero cabe destacar su sublevación ¿era justa?; el fin con que gobernaban era por ansias de poder, por tener el control y causar temor hacia la población, entonces las sublevaciones como los del cacique Tupac Amaru eran consideradas justas, ya que buscaban la igualdad para la poblaciones; y a mi punto de vista imponerle la muerte de esa manera, consideraba un trato inhumano. Quizá por estos tratos inhumanos y desiguales, a inicios del S. XIX se manda en España derribar todas las picotas por Decreto de las Corte de Cádiz.

En la época republicana, los casos de pena de muerte en las tres primeras constituciones de nuestro país (1823, 1826 y 1828), se llevaba a cabo solo en los casos que exclusivamente lo merezcan, dejando puerta abierta, precisamente a ¿qué casos merecían la pena capital? Dejando entre ver que las autoridades cometían abusos a discreción en muchos casos, es por ello, que

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