La Revolucion Francesa
Enviado por edy1988 • 14 de Noviembre de 2013 • 2.213 Palabras (9 Páginas) • 278 Visitas
1 FERNANDO MOLINA MORENO
VS.
C. JUEZ QUINTO DE LO PENAL
CON SEDE EN PUENTE GRANDE JALISCO
C. JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA PENAL DEL
TERCER CIRCUITO EN EL ESTADO DE JALISCO
PRESENTE:
FERNANDO MOLINA MORENO, mexicano, mayor de edad, al corriente de mis obligaciones fiscales, de oficio comerciante, con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en el despacho jurídico ubicado en la finca marcada con el número 135-1001 ciento treinta y cinco interior mil uno de la calle pavo, colonia centro de la ciudad Guadalajara, Jalisco y designando como mi autorizado en amplios términos del artículo 12 de la Ley de Amparo al C. LUIS FELIPE BENITEZ CAMINOS, con el debido respeto comparezco y
E X P O N G O:
Que por medio del presente ocurso me presento ante usted C. Juez de Distrito, me presento a interponer Amparo Indirecto en contra de la autoridad que más adelante señalare y que pretende con su actuar violar el goce de mis garantías.
Y para tal efecto hago a usted C. Juez el siguiente
S E Ñ A L M I E N T O:
NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: Señalo con este carácter al suscrito FERNANDO MOLINA MORENO con domicilio en la inca marcada con el número 1243 mil doscientos cuarenta y tres de la Avenida Tepeyac colonia Chapalita.
NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO: Dada la naturaleza del juicio no lo hay.
AUTORIDAD RESPONSABLE: Lo es el Juez Quinto de lo Penal con sede en Puente Grande Jalisco.
ACTO RECLAMADO: Es el que se hace consistir en la orden de aprensión dictada en mi contra y contenida en el expediente número 485/2013-A
FECHA DE CONOCIMIENTO DEL ACTO RELAMADO: Bajo protesta de decir verdad manifiesto, que de estas actuaciones tuve conocimiento el día 30 treinta de agosto del 2013 dos mil trece.
Para efecto de acreditar lo anterior hago ante usted C. Juez la siguiente narración de
A N T E C E D E N T E S:
PRIMERO: El día 12 doce de agosto del año en curso en compañía de un grupo de amigos asistimos a un bar denominado “Noche de Ronda” siendo alrededor de la 1 una de la mañana empezamos a discutir con 2 dos personas que se encontraban en sumo estado de ebriedad, comenzaron a insultarnos diciéndonos “hijo de tu chingada y puta madre, te vas a arrepentir de haber nacido, pinche culero”.
SEGUNDO: Es el caso que una de las persona involucradas, la cual bajo protesta de decir verdad manifiesto que lo apodaban como ”El Chino” y que a continuación describo su medio afiliación: altura de 1.80 un metro ochenta en promedio, robusto, test morena, calvo, vestía pantalones de mezclilla rotos, playera negra con gorra igualmente negra y tenis sucios, saco de sus pertenencias un arma blanca y en el forcejeo el mismo se produjo las lesiones al ver los hecho acontecidos, el suscrito salí del lugar cabe agregar a usted C. Juez que el suscrito no me encontraba en estado de ebriedad y que únicamente nos encontrábamos conviviendo sanamente.
TERCERO: Es así que el día 14 catorce de agosto se presentaron 2 dos agentes de la policía investigadora los cuales se identificaron plenamente con las placas correspondientes de la Fiscalía Central y que dijeron llamarse: JUAN PABLO PEREZ NÚÑEZ Y ERNESTO LÓPEZ CUEVAS, haciéndome saber que debía presentarme en vía de citatorio y en calidad de presentada el día 16 dieciséis del mismo mes y año a las 11 once horas, para rendir mi declaración respecto de los hechos en que se me involucran.
CUARTO: Por lo que el día indicado me presente y me percate que se encuentra abierta una averiguación previa abierta con número 136/2013- B y de la cual se desprende que hay un testigo de nombre MARCELA CASTALLEDA SERRANO quien me señala como responsable y como el causante de las lesiones cometidas en agravio de RIGOBERTO MARQUÉZ LEDESMA alias “EL CHINO”, que además me imputa el delito de portación de arma prohibida hechos que dieron lugar en el bar mencionado anteriormente.
Por lo que el día 16 dieciséis de agosto del mismo año a las 12 doce horas fui notificado de la orden de aprensión girada en mi contra por el C. Juez Quinto de lo Penal del Estado de Jalisco con sede en Puente Grande Jalisco, por la probable responsabilidad de aportación de arma prohibida y lesiones graves cometidas presuntamente el día 12 doce de agosto en el bar “Noche de Ronda”.
Son aplicables al juicio que nos ocupa los siguientes
PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS:
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CAPITULO DE SUSPENSIÓN
Solicito desde estos momentos a usted C. Juez de Distrito me conceda la suspensión provisional y en su momento la definitiva del acto reclamado para efectos de que el suscrito no sea detenido de manera ilegal, por lo anteriormente expuesto respetuosamente
P I D O:
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