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Leyes Organicas


Enviado por   •  31 de Agosto de 2014  •  653 Palabras (3 Páginas)  •  267 Visitas

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Orgánicas: son aquellas leyes cuyo contenido es de carácter administrativo ya que regulan en general, la actividad del estado para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus funciones. Además las leyes orgánicas son expedidas en cumplimiento de ciertos numerales del artículo 159 de la constitución.

Ordinarias: son las leyes que regulan casos concretos, como las de los numerales 5, 6 y 17 del artículo mencionado anteriormente. Utilizando cada clasificación de las leyes emitidas por la asamblea se pueden observar distintas fuentes que proponen las leyes. Dependiendo de si las leyes son orgánicas u ordinarias distintas entidades pueden proponerlas. Estas entidades también se encuentran establecidas dentro del artículo 159 de la constitución.

Las leyes serán propuestas cuando sean orgánicas:

1- Por comisiones permanentes de la asamblea legislativa.

2- Por los ministros de estados en virtud de autorización del consejo de gabinete.

3- Por la corte suprema de justicia el procurador general de la nación y el procurador de la administración siempre que se trate de la expedición o reformas de los códigos nacionales.

Cuando sean ordinarios:

Por cualquier miembro de las asamblea legislativa ministros de estados o los presidentes de consejos provinciales en virtud de autorización del consejo de gabinete y del consejo provincial respectivamente. Todos los funcionarios tendrán derecho a voz en las sesiones de la asamblea legislativa. En el caso de los presidentes de los consejos provinciales los mismo tendrán derecho a voz cuando se trate de proyectos de leyes presentados por estos.|

FORMACIÓN DE LAS LEYES

La Constitución Política de la República de Panamá, en el Título V, Capítulo 2º, Artículos 158 a 169, establece el procedimiento necesario para la elaboración de las leyes, que deben regir la República, mediante una serie de trámites sucesivos (quórum, los tres debates en la Asamblea, votación, sanción, publicación, etc. ) que forman parte de la técnica jurídica.

La formación de una ley comprende un proceso en el que se destacan tres etapas primordiales:

La aprobación de la Asamblea Legislativa. Este requisito se cumple después de una serie de discusiones que se efectúan en el seno de la misma Asamblea, en donde la un determinado número de Legisladores aprueban la ley que está en vías de ser sancionada.

La sanción de la Ley por parte del Presidente de la República. En esta etapa se requiere, por medio de un acto libre de manos del Presidente de la República, una firma aprobatoria de la ley que emitió en Poder Legislativo. El Presidente tiene la facultad de retractarse a firmar dicho documento pasando, en este caso, la responsabilidad de dicha firma a manos del Presidente de la Asamblea Legislativa. Cabe destacar que la sanción es un elemento necesario para la existencia de la ley. Sin embargo,

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