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Proceso Territorial Ambiental


Enviado por   •  28 de Abril de 2014  •  1.809 Palabras (8 Páginas)  •  554 Visitas

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1-Espacio geográfico

En principio el espacio geográfico es el espacio accesible a la sociedad, es cualquier punto de la superficie terrestre que se vea afectado o que afecte de alguna manera a la humanidad. Visto así, el espacio no abarca solamente las áreas habitadas del planeta; los mares y zonas polares son también un espacio geográfico que se ve afectado por la actividad humana sobre el planeta.

El espacio geográfico se modifica por agentes naturales y también humanos, las sociedades transforman el espacio para su beneficio.

TERRITORIO

La palabra territorio refiere al área definida que se encuentra en posesión legal de un individuo, organización, institución, Estado o país.

El territorio marca los límites de la actividad estatal y de la actividad de un Estado extranjero. Un Estado nacional no tiene autoridad más allá de su territorio, pero sí puede gestionar los recursos naturales y humanos que forman parte de su superficie territorial.

2-PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL

El proceso de ordenación del territorio regula la distribución de actividades según un conjunto de planes. La ordenación del territorial se apoya en el instrumento de los planes, donde el nivel regional es el más adecuado y son un mecanismo técnico ineludible para llevarlo a cabo el plan de actuación.

Se entiende entonces el ordenamiento de un territorio como un proceso político y de planificación, liderado por el estado en sus distintos niveles, que permite desarrollar sobre bases científicas y técnicas, una propuesta concertada entre sus actores sociales, para la localización adecuada de actividades en ese territorio a partir de sus múltiples posibilidades de uso y apropiación, es decir, el O.T. es un instrumento fundamental en la valoración, diagnosis y planificación de los entes territoriales; ya que permite identificar las potencialidades y conflictos del territorio, y reconoce los intereses de los diferentes actores territoriales.

Es un proceso político, en la medida que involucrada toma de decisiones concertadas de los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio. Asimismo, es un proceso técnico administrativo porque orienta la regulación y promoción de la localización y desarrollo de los asentamientos humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial

3- EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL:

CONCEPTO OPERATIVO El Ordenamiento Ambiental es el instrumento esencial para la integración de las variables de la dimensión ambiental en las acciones para el desarrollo, buscando armonizar la oferta ambiental con la demanda del desarrollo sostenible, a través de un apropiado ordenamiento de la ocupación del territorio basado en la identificación y asignación de áreas de especialización y complementariedad productiva.

El ordenamiento ambiental debe entenderse como el ordenamiento del territorio que introduce la dimensión ambiental en su conceptualización, diferenciándose de la conceptualización economicista que considera la ordenación territorial en términos económicos, sin tener en cuenta el costo social y el impacto ambiental que ello signifique, ignorando la realidad social y el sentido de utilización de la naturaleza dentro de los criterios de uso sostenible.

El ordenamiento ambiental para su operatividad e instrumentación requiere de instrumentos indisolublemente relacionados, tales como, las disposiciones legales, la organización institucional y los planes de ordenamiento y desarrollo.

A- ESENCIA O NATURALEZA DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL

• Problemas de contaminación ambiental y de deterioro de las condiciones del medio.

• La conservación de los recursos naturales, de tal forma que se asegure el aprovechamiento sostenible de dichos recursos.

Se habla por lo tanto de protección ambiental y conservación de los recursos naturales. Aunque es posible diferenciar ambas áreas (cosa que también ocurre en la economía ambiental), los principios y objetivos se encuentran estrechamente entrelazados. Lo que se requiere sin duda es asegurar que las condiciones del ambiente en el cual se desarrolla la vida humana reúnan las condiciones para proteger la salud de las personas y la propia viabilidad de los ecosistemas en el mediano y largo plazo. En consonancia con lo expuesto, la Ley General del Ambiente (Ley N° 28611) recoge estos principios y establece como ámbito de aplicación de dicha norma las dos materias anteriormente señaladas.

B-OBJETO Y ALCANCES DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL AMBIENTAL

OBJETO DEL DERECHO AMBIENTAL:

El Derecho Ambiental tiene como finalidad regular las relaciones humanas que tienen al ambiente como campo de batalla, la lucha por la distribución de los riesgos modernos. El conocimiento y la percepción sobre la naturaleza de dichos riesgos y los medios para enfrentarlos han ido desde luego variando, pero en general se asume que existen ciertas "condiciones ambientales mínimas" que hacen posible el desarrollo pleno de la persona humana, para que esta pueda identificar las fuentes o causas de los riesgos ambientales y los efectos o impactos que generan o podrían generar. Se determinan las condiciones ambientales esperadas, la identificación de los riesgos y la definición de los mejores medios para enfrentarlos) son traducidos a instituciones jurídicas, derivando en un sistema de asignación jurídica de cargas y riesgos ambientales entre los distintos actores de la sociedad, generando a su vez obligaciones y responsabilidades específicas. La finalidad última de este sistema es el asegurar el mantenimiento de las condiciones ambientales, o dicho en términos jurídicos, la protección del ambiente, de tal forma que se asegure la posibilidad efectiva del goce del derecho a un ambiente adecuado.

Esta perspectiva implica que el Derecho Ambiental debe resolver tanto problemas de Justicia (ambiental) como de eficiencia (ambiental). Lo primero está vinculado con criterios éticos y políticos para asignar las cargas y riesgos. Lo segundo está ligado a criterios técnicos y de costo-beneficio al momento de optar por distintas opciones e instrumentos de política y derecho. Desde luego, ambos procesos se presentan interrelacionados. No obstante, el primer proceso alcanza mayor intensidad frente a la definición tanto del contenido del derecho a un ambiente adecuado como en la definición de la política ambiental. Lo segundo se hace más intenso

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