ROMA. Interdictos romanos.
Enviado por omersz1 • 26 de Marzo de 2016 • Ensayo • 1.008 Palabras (5 Páginas) • 369 Visitas
ROMA.
Interdictos romanos.
Eran entre los romanos mandatos del Pretor por medio de los cuales en caso particulares y determinados por el edicto, prescribía el mismo lo que debía hacer u omitirse.
La demanda dirigida al pretor llevaba igualmente el nombre de interdictum.
Entre las acciones y los interdictos existía, amén de otras diferencias, la muy principal de que en estos últimos el pretor daba inmediatamente, a petición del demandante, la orden o la prohibición que se había publicado de antemano en el edicto, es decir, se obligaba a hacer o no hacer, según lo expresado en su edicto.
En el caso de las acciones, como diferencia, entre otras, con el edicto, el pretor nombraba un juez para que este instruyera el negocio.
Los edictos en un principio fueron temporales: duraban tanto como la gestión del pretor, y, por lo tanto, igual que el edicto, pero con el tiempo algunos se hicieron perpetuos, como el de interdicto de homine libero exhibendo.
Los interdictos de dividían en:
Prohibitorios (prohibitoria),
Restitutorios (restitutoria); y
Exhibitorios (exhibitoria), sector este último al que pertenecía el de homine libero exhibendo.
Interdicto de homine libero exhibendo.
Es de suma importancia ya que cronológicamente es el primer documento humano, probablemente que defendía la libertad de los hombres libres, además, era breve.
Características:
El Pretor ordenaba exhibir al hombre libre que se retenía con dolo.
Defendía la libertad de los hombres libres.
Se exhibía al hombre que se retenía; es decir, lo sacaban al público.
El interdicto solo se daba únicamente en contra de los particulares, no defendía la libertad del hombre frente al Estado (no procedía contra las autoridades)
La acción derivada del interdicto, traía como consecuencia solo una resolución suspensiva y parcial, pues el fondo del asunto se seguía; el fin del interdicto era la restitución temporal de la libertad del ofendido.
España.
Procesos Forales de Aragón.
Aragón. Comunidad autónoma de España.
Sistema Jurídico.
“Ordenamiento en el cual se enumeraban los derechos fundamentales de que gozaban los gobernados y se ordenaba que los mismos debían ser cumplidos y respetados.”
Los procesos forales son: medios procesales encaminados a garantizar la protección de los derechos de los individuos. Creándose las Reales Audiencias como instituciones básicas en la administración de justicia.
Consideradas con el carácter de más alto tribunal encargadas de conocer las violaciones que afectaban a las personas en los derechos que les otorgaban los fueros y que por medio del Justicia Mayor se le solicitaba protección.
El Justicia Mayor (Siglo XII – XVI aproximadamente).
Era un órgano consultivo ya que su función consistía en interpretar las leyes; ante el se reclamaban los actos violatorios de derechos humanos, inclusive actos del Rey.
La Aprehensión.
Que era un secuestro de bienes inmuebles, efectuado por el Justicia, o bien por la Real Audiencia, hasta que se decidiera quien era el verdadero poseedor de estos.
El inventario
Era un proceso con características semejantes al anterior, solo que el secuestro se realizaba sobre bienes muebles, documentos y papeles, en el cual el peticionario argumentaba fuerza y opresión, y sin acreditar el derecho para solicitarlo, obtenía del Justicia Mayor que los muebles y papeles se dejasen en poder de quien los detentaba, otorgándose fianzas, mientras concluía el juicio para determinar quién tenía mayor derecho de los que pretendían poseer los muebles de cualquier especie.
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