SANCIONES EN EL DERECHO INTERNACIONAL
Enviado por Anderpg • 23 de Octubre de 2013 • 450 Palabras (2 Páginas) • 738 Visitas
SANCIONES EN EL DERECHO INTERNACIONAL
Los Estados están obligados a ejecutar de buena fe las sentencias arbitrales y a adoptar las medidas necesarias para asegurar su fiel cumplimiento. En caso de incumplimiento de una sentencia arbitral constituye un ilícito internacional que compromete la responsabilidad del Estado infractor.
Una de las peculiaridades de la comunidad internacional es su carácter inorgánico, por lo cual carece de órgano de ejecución.
A) Agresión: acción y efecto de agredir. Acto contrario al derecho de otro. Puede ser de palabra o de hecho.
B) Retorsión: consiste en general, en que acto licito, pero poco amistoso, se contesta con otro acto también poco amistoso, pero licito. Hay retorsión cuando un Estado aplica a otro estado la misma restricción o prohibición que éste, en uso de un derecho, ha aplicado en detrimento de los intereses de aquél.
C) Represaría: consiste en injerencia jurídica del Estado lesionado, en bienes o derechos jurídicos del Estado culpable, a fin que cumpla con su responsabilidad internacional. En una situación normal esta injerencia constituirá hechos ilícitos, pero al convertirse en medios de sanción se excluye la ilicitud de los mismos; por consiguiente, no origina responsabilidad internacional.
D) Autotutela: teniendo la comunidad internacional un carácter inorgánico faltan en ellas órganos de ejecución. Así, la represión de hechos ilícitos solo es posible en forma de autotutela. Pero este derecho de autotutela puede reforzarse por el hecho de que otros Estados ayuden al estado atacado o amenazado. Y, además, el derecho de asistencia que compete a todos los Estados puede transformarse para determinados Estados en un deber de asistencia como consecuencia de un tratado de alianza.
E) Bloqueo: es una medida coactiva adoptada por el estado que decide realizarlo para presionar al arreglo de una controversia en forma favorable a sus intereses, sin que haya de pro medio una situación bélica.
F) Ruptura de relaciones diplomáticas: Esta medida puede definirse como aquel acto unilateral por el que el Estado interrumpe sus relaciones diplomáticas con otro u otros sujetos internacionales si estima que su comportamiento es lesivo para sus derechos e intereses o bien contrario al Derecho Internacional.
LA GUERRA
Es una situación de lucha entre Estados. Pero como también las represalias pueden consistir en acciones militares, se impone delimita a ambas intuiciones en virtud de otros caracteres.
La guerra es, pues, una situación de violencia entre dos o mas estados, acompañada de las rupturas las relaciones pacíficas.
CLASES DE GUERRA
1. Guerra terrestre
2. Guerra marítima
3. Guerra aérea
4. La neutralidad
5. Guerra económica
FIN DE LAS HOSTILIDADES
Armisticio: es las suspensiones
...