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Supremacía Constitucional


Enviado por   •  6 de Enero de 2013  •  2.846 Palabras (12 Páginas)  •  495 Visitas

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Supremacía constitucional

INTRODUCCION

 Todo Estado es una específica correlación de fuerzas, de luchas sociales. En el Estado, en tanto máquina política que monopoliza decisiones y representa el“ yo colectivo”, hay clases sociales e identidades que tienen mayor capacidad en la toma de decisiones y de representación, en relación a otros que no tienen la misma cualidad. Por tanto la correlación de fuerzas significa que no todos tienen la misma capacidad de influir, determinando el tipo de Estado de una sociedad.

 Todo Estado es también un armazón institucional que convierte en normas, procedimientos, ministerios, decretos, leyes, burocracia, memoria y conocimientos, la correlación de fuerzas de una sociedad.

 Un Estado es fundamentalmente idea, porque también monopoliza representaciones del mundo (lo correcto, lo incorrecto, lo deseable o indeseable, y cuáles son las expectativas de una sociedad). Un Estado regula, conduce y monopoliza las fundamentales ideas fuerza de una sociedad, y las ideas fuerza de este nuevo Estado, son que éste será el líder en la economía, pero nunca sustituirá ni anulará al resto de las fuerzas económicas de la sociedad, dado que hay que potenciar el mercado interno, pero a la vez también hay que vincularse con el externo. En el Estado Plurinacional, los indígenas son la fuerza motriz de la construcción del Estado

Antecedentes

Es el proceso histórico en virtud del cual se van incorporando a las leyes principales de los estados, disposiciones que protegen la libertad y la dignidad del hombre, y limitan adecuadamente el ejercicio del poder público. Es la institucionalización del poder a través de una constitución escrita que establece las relaciones armónicas del poder y del pueblo. Es extenso, gradual e inconcluso. Es extenso por que comprende toda la historia de la humanidad, es gradual por que sus logros se ven progresivamente, y es inconcluso por que nunca se termina. Ubicamos dentro de los antecedentes el largo ciclo histórico que precedió al advenimiento de las primeras grandes constituciones de fines del siglo XVIII. Los dos más importantes antecedentes son: la revolución inglesa y la carta magna. La Revolución Inglesa es el proceso histórico que durante el siglo XVII acabo con el absolutismo en Inglaterra y reafirmó el principio de la soberanía parlamentaria.

Aparece el que fue elaborado en 1647 por el consejo de guerra de Cromwel. El pacto distinguía los principios fundamentales, de los no fundamentales. Los primeros eran los derechos del pueblo que no podían ser afectados por el parlamento. Los segundos, tienen que ver con los derechos y obligaciones del parlamento. Si bien no fue sancionado sus principios influyeron en el Instrumento Goverment, que se promulgó en 1653, y que al decir de algunos es la única constitución escrita que tiene Inglaterra, aparecen los derechos del pueblo y las obligaciones de los parlamentarios. Otro antecedente es la

Carta Magna

Que constituye uno de los antecedentes más importantes del constitucionalismo.

Origen

Las constituciones se diferencian también en función de su origen político; pueden ser creadas por contrato entre varias partes, por imposición de un grupo a otro, por decisión soberana, etc.

Para la doctrina clásica o tradicional, el derecho constitucional esta referido al estudio de las constituciones. Según Joaquín V. González es la rama de la ciencia jurídica que trata del estudio de la constitución de un país o de las constituciones en general. Enuncia un enfoque más moderno o actual.

Finalidad de la constitución: Una constitución, además de ser un documento jurídico fundamental, es también un instrumento de gobierno y una carta que expresa los, sentimientos, anhelos y valores de un pueblo. Toda Constitución responde a una finalidad, en la medida en que toda sociedad se integra para alcanzaron objetivo determinado. La Constitución se dicta para organizar jurídicamente a una sociedad política sobre la base de los elementos materiales y espirituales que determinan el nacimiento de ella y su desarrollo.

Principios generales.

Los principios generales del Derecho: son los enunciados normativos más generales que, a pesar de no haber sido integrados formalmente al ordenamiento jurídico, se entiende que son parte de él, porque sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares, o bien recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos. Son conceptos o proposiciones de naturaleza axiológica o técnica que informan la estructura, la forma de operación y el contenido mismo de las normas, grupos normativos, conjuntos normativos y del propio Derecho como totalidad.

Estos principios son utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en general, sea para integrar lagunas legales o para interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa.

Principios de la Supremacía de la constitución:

a).Supremacía material: Significa que el orden jurídico del Estado depende por entero de la Constitución. Siendo ella el origen de toda la actividad jurídica que se desarrolla dentro el Estado. La Constitución es el conjunto de reglas fundamentales que se aplican al ejercicio del poder estatal.

b). Supremacía formal: Surge, del hecho de que sus normas han sido consagrados mediante procedimientos especiales, a la Ley ordinaria, así que para modificarla esas normas se requiere de procedimientos especiales. Constitución se define a partir de los órganos y procedimientos que intervienen en su adopción, de ahí genera una de sus características principales: su supremacía sobre cualquier otra norma del ordenamiento jurídico.

Características

Son enunciados normativos que expresan un juicio deontológico acerca de la conducta a seguir en cierta situación o sobre otras normas del ordenamiento jurídico. Cada uno de estos principios generales del Derecho, es un criterio que expresa un deber de conducta para los individuos, el principio o un estándar para el resto de las normas.

Funciones de los principios

Los principios Generales del Derecho tienen tres funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento, estas son: la función creativa, la función interpretativa, y la función integradora.

1. La función creativa establece que antes de promulgar la norma jurídica, el legislador debe conocer los principios para inspirarse en ellos y poder positivizarlos.

2. La función interpretativa implica que al interpretar

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