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TIM (Tasa de Interés Moratorio)


Enviado por   •  3 de Julio de 2015  •  Práctica o problema  •  407 Palabras (2 Páginas)  •  211 Visitas

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TIM (Tasa de Interés Moratorio)

¿Qué es la TIM (Tasa de Interés Moratorio)?

El interés moratorio, es aquel interés sancionatorio, que se aplica una vez se haya vencido el plazo para que se reintegre el capital cedido o entregado en calidad de préstamo y no se haga el reintegro o el pago.

El interés moratorio, sólo opera una vez vencidos los plazos pactados. Mientras el plazo no haya vencido, opera únicamente el interés remuneratorio.

Actualizaciones de la TIM

Las nuevas tasas, aplicables a los contribuyentes que pagan sus tributos fuera de los plazos legales, regirán desde el 1 de marzo del 2010.

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobó reducir en 20% la Tasa de Interés Moratorio (TIM), en moneda nacional y extranjera, para las deudas tributarias y aduaneras a partir del 1 de marzo del 2010.

Para las deudas en moneda nacional la TIM será de 1.2% mensual, es decir una reducción de 20% respecto a la tasa anterior de 1.5%.

Mientras que en el caso de las deudas en moneda extranjera la TIM será de 0.6%, menor también en 20% a la tasa anterior de 0.75%.

Estas nuevas tasas, aplicables a los contribuyentes que pagan sus tributos fuera de los plazos legales, están en línea a la marcada disminución de las tasas de interés del sistema financiero registrada durante el año 2009.

De esta manera, la Sunat equilibra las tasas de interés que aplica a los deudores tributarios, que no les generen costos elevados pero que al mismo tiempo no les permitan obtener ventajas financieras que induzcan al incumplimiento de las obligaciones tributarias.

TASAS DE INTERES APLICABLE A DEUDAS ADUANERAS

TASA DE INTERES MORATORIO

FECHA DE PUBLICACIÓN BASE LEGAL VIGENCIA TASA DE INTERÉS MORATORIO (TIM)

M.N. M.E.

17.02.2010 Res.Sup.Nº 053-2010/SUNAT Del 01.03.2010 al 31.12.9999 1,20 0,60

31.01.2004 Res.Sup.Nº 029-2004/SUNAT Del 01.02.2004 al 28.02.2010 0,75

06.02.2003 Res.Sup.Nº 032-2003/SUNAT Del 07.02.2003 al 31.01.2004 0,84

06.02.2003 Res.Sup.Nº 032-2003/SUNAT Del 07.02.2003 al 31.12.9999 1,50

07.06.2002 Res.Sup. Aduanas Nº 000423 Del 01.06.2002 al 06.02.2003 1,80 0,90

06.09.2000 Res. Sup. Aduanas Nº 001326 Del 01.09.2000 al 31.05.2002 2,20 1,10

28.12.1996 Circular Nº 46-49-96-ADUANAS/INTA Del 25.12.1996 al 31.08.2000 2,20 1,50

NIC 8 (Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores):

El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores. La Norma trata

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