Teorias Del Acto Juridico
Enviado por Popadi • 21 de Octubre de 2013 • 746 Palabras (3 Páginas) • 7.937 Visitas
TEORIAS DEL ACTO JURÍDICO
Teoría bipartita: esta teoría nos habla de los hechos jurídicos que es el acontecimiento de la naturaleza. Pueden ser voluntarios (ilícito, lícito) e involuntarios (naturales, humanos).
Esta no se hace con la intención de producir consecuencias de derecho ya sean legales, pero no obstante las consecuencias se producen.
En los hechos involuntarios que están los hechos naturales y los humanos podemos encontrar que los naturales se dividen en fuerza mayor y caso fortuito
Fuerza mayor: es aquella fuerza donde no se puede repelar como es el caso de todos los acontecimientos naturales como, la lluvia, huracanes, tornados, temblores, etc.
Caso fortuito: similar a la fuera mayor pero este es más que nada el error del agente.
En el hecho del hombre encontramos lo que es los hechos jurídicos voluntarios, lícitos, ilícitos los hechos jurídicos del hombre voluntarios y el contra voluntad o al margen de la voluntad
Teoría Tripartita: Hecho jurídico es el acontecimiento que se produce por causas naturales, es decir sin la voluntad humana pero a la cual la ley le atribuye consecuencias de derecho.
Acto jurídico es el acontecimiento realizado por la voluntad humana pero sin la intención de producir consecuencias de derecho.
Un hecho es cualquiera modificación del mundo exterior o vida común. Estos no son jurídicos ni antijurídicos, algunos producen resultados materiales.
Diferencia entre las dos teorías.
Lo que para la bipartita es un hecho en sentido estricto involuntario, para la tripartita es un simple hecho jurídico.
Lo que para la bipartita es un hecho jurídico en sentido estricto voluntario, para la tripartita es un acto jurídico.
Lo que para la bipartita es un acto jurídico, para la tripartita es un negocio jurídico
ELEMENTOS INTEGRANTES DEL ACTO JURÍDICO
ESCENCIALES: Consentimiento que es la manifestación de la voluntad con el fin de crear consecuencias de derecho que puede ser de dos formas expresa o tácita.
Expresa: puede ser escrita, o verbalmente o por signos inequívocos
Tacita: deriva de actos de hechos o actos que propongan o presuman la conformidad de la celebración del acto.
OBJETO: directo consiste en crear, transmitir o extinguir derechos y obligaciones. Un ejemplo es el convenio. El cual es un acuerdo de dos o más voluntades que crea, transmite o extingue derechos y obligaciones.
Indirecto. Consiste en la prestación de dar, hacer (la realización del acto) o no hacer (es la abstención de realizar el acto)
Requisitos: lícito que sea conforme a derecho, que no se viole la norma.
Posible. Que exista en la naturaleza.
Comerciable. Que se pueda apropiar.
SOLEMNIDAD. Es la manera de realizar un acto establecido por la ley para que este pueda existir.
DE VALIDEZ:
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