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Teoría Del Acto Jurídico


Enviado por   •  6 de Marzo de 2012  •  1.129 Palabras (5 Páginas)  •  890 Visitas

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Conceptos generales

Todas las instituciones del derecho privado (testamento, matrimonio, pago de una obligación, compraventa, etc.) presentan la circunstancia común de ser actos jurídicos. Es por eso que los juristas han tratado de establecer los principios generales aplicables a todos los actos jurídicos, sea cual fuere su especie, surgiendo así la Teoría General del Acto Jurídico.

El fundamento sobre el cual descansa la Teoría General del Acto Jurídico es el “principio de la autonomía de la voluntad o libertad contractual”, en virtud del cual se considera que el hombre se relaciona y se obliga con otros porque tal ha sido su voluntad.

A pesar de que nuestro Código Civil no acoge ni regula expresamente una figura general del acto jurídico, hay consenso tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, que todos los actos jurídicos se rigen por las normas del Libro IV del Código Civil, titulado “De las Obligaciones en General y de los Contratos”, a menos que el tenor de la disposición o la naturaleza de las cosas las limiten solamente a las convenciones o contratos.

• Los hechos jurídicos. Conceptos generales

Hecho: en sentido amplio es comprensivo de todo tipo de acontecimientos, actuaciones, sucesos o situaciones.

Clasificación de los hechos

• - Hechos naturales o de la naturaleza: lluvia, muerte y, en general, cualquier fenómeno de la naturaleza.

- Hechos humanos o del hombre: cualquier acto que ejecute el hombre, como son, comer, caminar, casarse, testar, etc.

2) - Hechos jurídicos: aquellos que tienen relevancia y que producen efectos jurídicos.

- Hechos simples o materiales: escapan al ámbito del derecho.

• Supuesto jurídico

Para que un hecho jurídico produzca consecuencias de derecho es menester que la ley le haya atribuido tal calidad.

En doctrina, se le da la denominación de supuesto de hecho o supuesto jurídico a los hechos y circunstancias que la norma legal prevé y a los cuales atribuye la producción de efectos jurídicos.

Concepto del acto jurídico

Se define al acto jurídico como “la manifestación de voluntad hecha con el propósito de crear, modificar o extinguir derechos, y que produce los efectos queridos por su autor o por las partes porque la ley sanciona dicha manifestación de voluntad”.

• El acto jurídico es una manifestación de voluntad.

No basta con la existencia de la voluntad interna o psicológica que es, por esencia, variable, sino que es necesario que la voluntad del autor o de las partes se exteriorice por medio de una declaración o de un comportamiento que permita conocerla (elemento interno/externo).

B) La manifestación de voluntad debe perseguir un propósito específico y determinado.

Dicho propósito necesariamente debe ser jurídico, lo que significa que el autor o las partes pretenden producir efectos de derecho, esto es, crear, modificar o extinguir derechos subjetivos.

Sin embargo, rara vez la persona que celebra un acto jurídico se representa la finalidad del mismo en términos jurídicos. La finalidad que una persona persigue con un acto jurídico es, en términos amplios, satisfacer una necesidad. Es decir, el propósito perseguido, tal como lo ven el autor o las partes de un acto jurídico, es eminentemente práctico.

C) La manifestación de voluntad produce los efectos queridos por el autor o por las partes porque el derecho la sanciona.

Los actos jurídicos producen los efectos que le son propios porque el autor o las partes así lo han querido y porque el derecho lo permite o autoriza.

En otras palabras, los efectos de los actos jurídicos derivan en forma inmediata de la voluntad de las partes y en forma mediata de la ley, que permite la libertad jurídica, cuya expresión es el poder

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