Tesis Juicios Orales
Enviado por DafhneMabel • 6 de Septiembre de 2013 • 13.707 Palabras (55 Páginas) • 3.428 Visitas
PROFESOR: OSCAR BERNARDO ZARATE ACOSTA
ALUMNA: DAFHNE MABEL MEZA RUIZ
MATERIA: SEMINARIO DE TITULACION
GREDO: 801- DERECHO ADUANAL
CONTENIDO:
TEMA
PROBLEMÁTICA
OBJETIVOS GENERALES
OBJETIVOS ESPECÍFICO
HIPÓTESIS
INTRODUCCIÓN
JUSTISICACIÓN
METODOLOGIA
MARCO TEORICO
MUESTREO
INSTRUMENTO DE MUESTREO
VERACRUZ, VER., 08 DE JULIO DEL 2013
INDICE
TEMA…………………………………………………………………………………..-
PROBLEMÁTICA……………………………………………………………………...
OBJETIVO GENERAL……………………………………………………………......
OBJETIVO ESPECIFICO…………………………………………………………….
HIPOTESIS…………………………………………………………………………….
INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………...
JUSTIFICACIÓN………………………………………………………………………
METODOLOGIA
MARCO TEORICO……………………………………………………………………
SISTEMA ACUSATORIO (VENTAJAS)…………………………………………...
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL SISTEMA ACUSATORIO…………
DESVENTAJAS DEL SISTEMA ACUSATORIO………………………………….
SISTEMA INQUISITIVO (ANTECEDENTES)…………………………………….
PRINCIPALES CARACTERES DEL SISTEMA INQUISITIVO………………….
VENTAJAS DEL SISTEMA INQUISITIVO………………………………………...
DESVENTAJAS DEL SISTEMA INQUISITIVO…………………………………...
SISTEMA MIXTO. (ANTECEDENTES HISTÓRICOS)…………………………..
PRINCIPALES CARACTERES DEL SISTEMA MIXTO…………………………
VENTAJAS DEL SISTEMA MIXTO………………………………………………..
DESVENTAJAS DEL SISTEMA MIXTO…………………………………………..
LA REFORMA CONSTITUCIONAL………………………………………………..
ENCUESTA…………………………………………………………………………….
MUESTREO…………………………………………………………………………….
INSTRUMENTO DE MUESTREO……………………………………………………
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS………………………………………………..
TEMA:
JUICIOS ORALES
PROBLEMÁTICA:
¿El momento de aplicación de juicios orales podrá ser útil para la solución eficaz de la Litis en materia penal en el Estado de Veracruz, a partir de que estos entren en vigor en marzo del 2013?
OBJETIVO GENERAL:
Determinar qué tan eficaz resultara en el Estado de Veracruz la implementación de Juicios Orales.
OBJETIVO ESPECÍFICO:
Analizar el tiempo en que se dará solución a la Litis con los juicios orales.
HIPÓTESIS:
Con la aplicación de juicios orales en el estado de Veracruz, se dará solución pronta y eficaz a la Litis en materia penal.
INTRODUCCIÓN
Hoy en día México enfrenta grandes retos en materia de seguridad pública e impartición de justicia. Asimismo, existen enormes desafíos en materia de combate a la delincuencia organizada. Vivimos una situación donde el gobierno debe poner sobre la mesa reformas, herramientas eficientes de política pública, mecanismos de rendición de cuentas y la sociedad debe participar activamente, y vigilar su desempeño.
Cabe señalar que también prexisten profundas problemáticas que de igual forma nos afectan e involucran como las que vive nuestro sistema de justicia penal.
Un balance en términos generales le adjudica una costosa deuda histórica por la serie de injusticias, que por su forma, se han suscitado de forma sistemática. Afortunadamente, la reforma a la Constitución mexicana aprobada en el 2008, estableció un nuevo sistema de justicia penal acusatorio y oral, que plantea los principios relativos a la publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, es una reforma que da un giro total a la forma en que se ha venido procurando e impartiendo justicia en México desde hace décadas.
Debemos aclarar que los juicios orales son sólo una parte de esta gran reforma y que el debido proceso legal, no sólo depende de los jueces, también entra la responsabilidad y competencia de las distintas autoridades que participan en un proceso penal como las policías de investigación, los peritos y el Ministerio Público, que dependen directamente del poder Ejecutivo y no del Judicial.
Como todo gran cambio, sobre la marcha se van presentando grandes retos. Uno de los principales cuestionamientos que han recibido los juicios orales es que “incrementan” el número de casos de impunidad, es decir, hechos delictivos no sancionados. Un ejemplo muy significativo es el lamentable caso de Rubí Frayre.
Como consecuencia de mal desempeño de la autoridad, se señala que en esta nueva forma de enjuiciamiento los delincuentes adquieren impunidad. Y que en ese sentido, el nuevo sistema desprotege a las víctimas. Pero no es cierto.
Es importante señalar que en este caso, en principio, fue responsabilidad de la policía ministerial no realizar una adecuada investigación; después, que la sentencia de primera instancia (la absolutoria) se revirtió en la segunda (la condenatoria) en un término de 17 días; fue responsabilidad de las policías no re-aprehender al condenado; y que también fue responsabilidad de la policía no dar protección a la madre en su activismo de protesta; finalmente, es claro que el sistema acusatorio permitió conocer los pormenores del juicio y los razonamientos de los actores en el proceso, que permitió la auto corrección.
Ciertamente la impunidad se traduce en la ausencia de justicia donde caen las víctimas y también en que las instituciones dejan de estar al servicio
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