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Tutela Penal


Enviado por   •  29 de Octubre de 2014  •  760 Palabras (4 Páginas)  •  376 Visitas

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1. Adecuación de conducta:

Art. 239 Hurto simple en grado de tentativa art. 27,

Adecuo la conducta a un hurto en grado de tentativa porque la persona es sorprendida cortando y apropiándose de varios pinos, o sea que inicio la ejecución de la conducta punible mediante actos idóneos e inequívocamente dirigidos a su consumación, pero no se produjo por circunstancias ajenas a su voluntad pues fue sorprendido, es un delito contra el patrimonio económico ya que smurfit carton Colombia es una empresa legalmente constituida, con ánimo de lucro y su objeto social es sacar provecho económico de los pinos que están autorizado para sembrar y realizar el proceso respectivo para sacar la materia prima para la elaboración de sus productos.

2. Si el extranjero no cuenta con los permisos otorgados por autoridades colombianas competentes para explotar este recurso natural no renovable la adecuación de la conducta seria:

Art. 329 violación de fronteras para la explotación o aprovechamiento de los recursos naturales.

El extranjero explota los recursos naturales sin la debida autorización, al decir esto quiero dar a entender que el extranjero que es sorprendido en el aeropuerto llevando coltan, aprovecha los recursos naturales de nuestro país extrayendo la riqueza que contiene este recurso, como este tipo penal no especifica que recursos naturales se supone que son todos los recursos tanto renovables como no renovables y dentro de estos está el coltan.

3. Problema de la rana toro en Colombia y tipificación de la conducta:

La Rana Toro fue introducida a Colombia legalmente para llevar a cabo proyectos de zoocria, La idea era reproducirlas en cautiverio, exportar las ancas y vender otra parte en el mercado local, como un plato exótico, y generar mucha plata; los planes no salieron como se esperaba y esta situación se salió de las manos, algunas ranas se escaparon invadiendo algunos ecosistemas en la regiones de Cundinamarca, Tolima, Caldas y Valle del Cauca, La gran preocupación acerca de la rana toro, radica en su comportamiento depredador que amenaza especies de nuestra fauna.

Considero que si se tipifica un delito el art. 331 daños en los recursos naturales, porque al introducir esta especie de Rana Toro al país debían tener un deber de cuidado para que esta no se escape de los criaderos donde la tenían, incumplieron la normatividad existente al permitir el descuido que genero el problema, la rana si bien fue introducida legalmente su propagación fue ilegal y la responsabilidad recae sobre quien introdujo esta especie en el país, ya que esa propagación desencadena irreversibles daños ambientales, esta Rana altera el ecosistema porque su comportamiento depredador amenaza especies nativas de nuestra fauna.

4. Para que se estructure el delito de contaminación ambiental se tendría que demostrar que esa ladrillera incumple con la normatividad

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