Arrendamiento Financiero
Enviado por estefaniawwq • 18 de Agosto de 2013 • 1.036 Palabras (5 Páginas) • 281 Visitas
Arrendamiento Financiero.
Para efectos fiscales, es el contrato por el cual una persona se obliga a otorgar a otra el uso o goce temporal de bienes tangibles a plazo forzoso, obligándose esta última liquidar, en pagos parciales como contraprestación, una cantidad en dinero determinada o determinable que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás accesorios y a adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales que establece la Ley de la materia.
El contrato respectivo deberá celebrarse por escrito y consignar expresamente el valor del bien objeto de la operación y la tasa de interés pactada o la mecánica para determinarla (Art. 15, CFF).
La parte arrendadora requiere:
• Ser persona moral constituida como S.A. y autorización para actuar como tal.
• Constituirse como sociedades de capital fijo o variable, a elección de sus fundadores.
• Constituida en escritura pública aprobada por la SHCP.
• No pueden ser accionistas de las arrendadoras financ. Los extranjeros y las instituciones de fianzas o soc. mutualistas de seguros.
• La duración será indefinida, a diferencia de las S.A. que deben tener plazo o término.
• El capital mínimo para constituirse y operar será fijado anualmente por la SHCP.
La parte arrendataria requiere:
• Si se trata de persona física, tener capacidad de goce y ejercicio.
• Si se trata de persona moral, estar debidamente constituida como tal de acuerdo a la ley y que su representante legal cuente con facultades de admón. Y para suscribir títulos de crédito.
Para poder contratar por apoderado se requiere:
Arrendador facultades generales de administración o dominio, o especiales para adquirir bienes que serán objeto del arrendamiento; así como conceder el uso o goce, y al término del plazo forzoso, efectuar la transmisión de la propiedad.
Arrendatario facultades generales de admón para suscripción de títulos de crédito, o especiales para poder celebrar contratos de arrendamiento, y para suscribir los doc. Derivados del contrato.
-Es susceptible de arrendamiento financiero todos los bienes que estén en el comercio y que no sean consumibles por su uso.
-Debe perfeccionarse por consentimiento;y cuando la aceptación llega al oferente y la recibe.
-Debe ser por escrito y ratificado por Notario o Corredor certificado e inscribirse en el Registro Público de Comercio.
El arrendamiento financiero tiene como ventajas:
• Financiamiento del valor del activo arrendado y costos involucrados en la enajenación.
• Créditos a largo plazo, tres años en promedio.
• Agilidad de respuesta.
• Facilidad de adaptarse al perfil de pagos y liquidez de los arrendatarios.
• Crédito de bajo riesgo al contar con la garantía del activo arrendado.
• Crédito directamente relacionado con la formación de capital en sectores productivos.
Artículo 24.- Las sociedades que disfruten de autorización para operar como arrendadoras financieras, sólo podrán realizar las siguientes operaciones:
I. Celebrar contratos de arrendamiento financiero a que se refiere el Artículo 25 de esta Ley;
II. Adquirir bienes, para darlos en arrendamiento financiero;
III. Adquirir bienes del futuro arrendatario, con el compromiso de darlos a éste en arrendamiento financiero;
IV. Obtener préstamos y créditos de instituciones de crédito, de seguros y de fianzas del país o de entidades financieras del exterior, destinados a la realización de las operaciones que se autorizan en este capítulo así como de proveedores, fabricantes o constructores de los bienes que serán objeto de arrendamiento financiero;
IV-Bis.
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