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Ciudad Antigua


Enviado por   •  26 de Febrero de 2014  •  7.984 Palabras (32 Páginas)  •  320 Visitas

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Estudio preliminar de Daniel Moreno.

Fustel de Coulanges demuestra que se puede ser erudito y manejar el lenguaje con la mayor elegancia literaria. De esta forma se hace alusión a sus principales cualidades: como sociólogo, historiador y jurista.

El Sociólogo

El autor hace énfasis en la necesidad de estudiar las creencias más antiguas de los antiguos a fin de conocer sus instituciones. Se propone mostrar sobre que principios y por qué reglas las sociedades griega y romanas se gobernaron. Se asocia dentro del mismo estudio a romanos y a griegos debido a que han mantenido un fondo de instituciones comunes y soportado revoluciones semejantes.

La idea que se ha formado de Grecia y Roma ha perturbado a nuestras generaciones. Por haber observado mal a las instituciones se le ha creído resucitado. Se ha formado una ilusión sobre libertad entre los antiguos y con esto ha peligrados la libertad entre los modernos.

No se debe olvidar que Fusel escribía en el año de 1870, de manera que al referirse a los últimas ochenta años hace referencia a los tiempos inmediatos a la revolución francesa. Por tanto, los años a los que hace referencia Fustel de Coulanges significan una serie de cambios profundos en el acontecer de aquellos pueblos que eran los rectores del destino de la humanidad.

Es conveniente señalar que en el año en que nació Fustel de coulanges, 1830, en el mundo acontecían gravísimos trastornos políticos y sociales. No solo en el país de nacimiento de Fustel de Coulanges hubo estos trastornos, en lugares como Alemania, Bruselas, África del norte y en nuestro continente se registraron grandes disturbios.

Fustel de Coulanges resultara unos de los más eminentes sociólogos de su tiempo. Sus campos más importantes fueron la religión y el culto, las instituciones familiares y de la propiedad.

De la importancia de la creencias y en la introducción a La ciudad Antigua se dice: “que los cambios que periódicamente se manifiesta en la constitución de las sociedades, no son efecto de la casualidad ni de la fuerza sola. La causa que los produce es potente y reside en el hombre. Si las leyes de la asociación humana no son las mismas que en la antigüedad, es que algo ha cambiado en el hombre” y termina diciendo que: “Hoy ya no piensa en hombre lo que pensaba hace veinte siglos, y por eso mismo no se gobierna como entonces.”

Se hace referencia a una serie de definiciones doctrínales de reflexiones de filosofía política y sociología aplicada. En continuidad de su propio pensamiento, añade: “las historia de Grecia y Roma es testimonio y ejemplo de la estrecha relación que existe entra las ideas de la inteligencia humana y el estado social de un pueblo. Reparad en las instituciones de los antiguos sin pensar en sus creencias, y las encontrareis oscuras, extrañas, inexplicables”

Si nosotros mismos nos hubiéramos acercado a las instituciones de nuestros indios con espíritu de honradez y con conocimiento de sus costumbres y el porqué de ellas, no se hubieran cometido las aberraciones que, aun en un régimen revolucionarios y consolidado tal movimiento y las nuevas instituciones, de él surgieron.

Muchas de las instituciones siguen siendo consideradas, equivocadamente, de Roma y Grecia. Del propio Fustel son las siguientes palabras: Frente a esas instituciones y a esas leyes, colocad las creencias: los hechos adquirirán en seguida más claridad, y la explicación se ofrecerá espontáneamente.

Remontando a las primeras edades de esta raza, al tiempo en que se fundó sus instituciones, se observa la idea que tenia del ser humano, de la vida, de la muerte, de la segunda existencia, del principio divino, adviértase que una relación íntima entre estas opiniones y las reglas antiguas del Derecho privado, entre los ritos que emanaron de esas creencias y las instituciones políticas.”

Cuando se hace la comparación de las creencias y de las leyes de los pueblos antiguos de Helade y de los primeros tiempos romanos, se advierte que fueron los principios religiosos los que establecieron el matrimonio, los rangos de parentesco, al tiempo que se consagraban los derechos de propiedad y de herencia.

Muchos de los conceptos y de las instituciones de los antiguos solo se pueden explicar a través de las creencias y de la religión. Cuando se examina una de las instituciones del mundo antiguo, que llego intacta hasta nuestros tiempos, como lo es la propiedad. Tal vez una buena explicación de la crisis de la propiedad en nuestros días se encuentre en la diversa actitud que muestra el hombre moderno ante la religión.

El autor puntualiza que: “Fue la religión, y no las leyes, lo primero que garantizo el derecho de propiedad” y continua diciendo que:”la cerca no era precisamente un muro de piedra; bastaba una zona de tierra de algunos pies de ancho que debía quedar inculta. Este espacio era sagrado y la ley romana los declara imprescriptible, por que pertenecía la religión. En ciertos y determinados días , el padre de familia daba vuelta a su campo siguiendo aquella finca; y ofrecía sacrificios a esta. Con esto consignaba su derecho de propiedad paseando su culto domestico por su predio.

Aquí se advierte que no se trata solamente de actos jurídicos en el sentido moderno; no son actos apegados a la ley; sino que fundamentalmente se atienen al concepto y las prácticas religiosas.

La conclusión de Fustel respecto a estos ritos es: “ se comprende que estas ceremonias tenían por objeto hacer del termino una especie de representante sagrado del culto doméstico, tanto más que para seguir dándoles este carácter, cada año se renovaba la ceremonia. El termino colocado en tierra era, por tanto, la religión domestica implantada en el suelo para consignar que este suelo constituía para siempre la propiedad de la familia.”

Las consecuencias y deducción que saca Fustel revelan hasta qué punto había calado en el conocimiento del mundo antiguo indoeuropeo; y constituyen la mejor explicación de lo que fue la propiedad en la antigüedad.: “Resulta evidente que de todas estas creencias, usos y leyes la religión enseño al hombre a apropiarse la tierra y a mantener su derecho de propiedad sobre ella.

Los antiguos dejaron testimonios sobre estos hechos. En Esparta las familias tenían prohibido vender su lote de tierra. En las leyes de Solón existía el castigo para el vendedor que consistía en las perdidas de todos sus derechos como ciudadano.

Por esto, Fustel afirma que: “Tales leyes no deben sorprendernos, porque si se funda la propiedad en el derecho de trabajo, el hombre puede cederla, pero si se funda en la religión, no; porque la une a

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