Codigo De ètica
Enviado por cortes1975 • 9 de Abril de 2014 • 3.923 Palabras (16 Páginas) • 229 Visitas
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO
DE LA LLAVE
TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Página 1
Avenida Lázaro Cárdenas #373 Edif. A Palacio de Justicia Xalapa, Veracruz 91160 Tel. 01 (228) 8422800 Ext. 4006 Fax 01 (228) 8422800 Ext. 4006
www.tcaveracruz.gob.mx
CODIGO DE ETICA JUDICIAL PARA LOS SERVIDORES DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.
CONTENIDO
CAPITULO I
GENERALIDADES
ARTICULO 1. Ámbito de aplicación.
ARTICULO 2. Fines del Código.
ARTICULO 3. Conocimiento y observancia de este Código.
ARTICULO 4. Prohibición de recibir beneficios injustificados.
ARTICULO 5. Cultura de convivencia en sociedad.
ARTICULO 6. Prevención de la corrupción.
ARTICULO 7. Actualización, capacitación y profesionalización.
ARTICULO 8. Transparencia.
ARTICULO 9. Secreto profesional.
ARTICULO 10. Investidura del servidor público.
ARTICULO 11. Actividades incompatibles.
CAPITULO II
PRINCIPIOS Y VALORES
ARTICULO 12. Principios básicos que deben atender los servidores judiciales.
1. Compromiso institucional.
2. Eficiencia.
3. Prudencia.
4. Responsabilidad.
5. Transparencia.
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CAPITULO III
PRINCIPIOS ESPECIFICOS
ARTICULO 13. Principios específicos del juzgador.
1. Excelencia.
2. Objetividad.
3. Imparcialidad.
4. Profesionalismo.
5. Independencia.
CAPITULO IV
DE LA DIFUSION DE LAS IDEAS POLITICAS Y DEL AMBIENTE EN EL TRABAJO
ARTICULO 14. Difusión de ideas políticas.
ARTICULO 15. Ambiente favorable en el trabajo.
CAPITULO V
DE LA COMISION DE ETICA JUDICIAL
ARTICULO 16. Comisión de ética judicial.
TRANSITORIOS
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PREÁMBULO
La impartición de justicia en Veracruz se realiza a través de un sistema compuesto por las funciones y responsabilidades de cada órgano de impartición de justicia que lo integra, y por tanto, los impartidores de justicia de nuestro Estado constituyen una comunidad que responde a los mismos postulados constitucionales y comparte los mismos objetivos y aspiraciones, fundamentalmente, que nuestra entidad cuente con un poder judicial profesional y fuerte para garantizar el derecho de acceso a la tutela jurisdiccional efectiva consagrado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como valor central para la vida democrática y una condición indispensable para su desarrollo.
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, consiente de la necesidad de llevar a cabo acciones tendentes a su perfeccionamiento para que se encuentre en condiciones de cumplir cabalmente su encomienda, se ha dado a la tarea de desarrollar los postulados éticos rectores de las tareas a las que está llamado a realizar.
La actitud cívica del servidor público judicial, el decoro en su vida personal y la capacitación constante, son elementos básicos que deben fomentarse ampliamente, en la labor de administrar justicia, independientemente al esfuerzo institucional de mantener las cargas administrativas y presupuestarias; la atención de las exigencias y de las necesidades de los gobernados, mediante un servicio de calidad excelencia y profesionalismo, constituye la primera y la única de las motivaciones de su labor cotidiana.
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La impartición de justicia, debe estar acompañada del compromiso institucional de actuar sin preferencias o presiones de algún tipo; la ciudadanía e instituciones públicas se encuentran inmersas en la construcción de una renovada actitud de los servidores judiciales, como actores y espectadores de una realidad cotidiana, en su papel de depositarios de una función. Trascendental; por ello, su actuación es decisiva para transformar una convivencia cada vez más compleja e impulsar diferentes procesos culturales y económicos.
La sociedad del siglo XXI demanda cada vez con mayor exigencia, depositar la justicia en manos de juzgadores de alta profesionalización, conocedores y expertos de las técnicas jurídicas y esencialmente, de profundas convicciones éticas, porque de ellos depende la calidad del ejercicio de la función jurisdiccional; por tanto, una concepción moderna de administración de justicia requiere que la conducta de los servidores judiciales fomente el fortalecimiento de la auto-evaluación, con verdad, con honestidad y con la apertura suficiente para la aceptación del pluralismo, de la tolerancia a las condiciones y a la naturaleza ideológica de los justiciables.
La ética judicial, requiere un permanente ejercicio de lo justo y de lo razonable, un respeto único, e indivisible e incuestionable a las prerrogativas y derechos que corresponden por esencia, a los seres humanos, una neutralidad inalterable como base para la aplicación reflexiva de la norma y una cultura irrestricta de la libertad y búsqueda del bienestar del hombre.
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Por ello, se estima necesario establecer un conjunto de principios, reglas y virtudes judiciales, que contribuyan a que el ejercicio de aplicación de la norma al caso concreto se realice por personas que busquen transitar en el ejercicio de su labor con imparcialidad
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