Derecho Mercantil
Enviado por brianmessi • 5 de Junio de 2012 • 1.739 Palabras (7 Páginas) • 443 Visitas
ORIGEN DE LA LETRA DE CAMBIO
Aun cuando algunos autores han creído encontrar los orígenes de la letra de cambio en algunas instituciones de Babilonia, Egipto, la India, etc. propiamente la letra de cambio no apareció sino hasta la edad media, en los pequeños estados italianos, La letra de cambio era ya de circulación común en el siglo XII, era una verdadera carta dirigida por una persona a otra pidiéndole que pagara una suma de dinero a una tercera.
El documento en análisis nació en la Edad Media, más concretamente en las ciudades libres y repúblicas independientes italianas. La letra de cambio fue inventada por los comerciantes, que movidos por el problema de las comunicaciones especialmente terrestres y por la dificultad e inseguridad de los caminos, en razón de los muchos asaltos que se producían y por la circunstancia de que esas ciudades y repúblicas sostuvieron una serie de guerras interminables, Era común que un banquero se dirigiera al banco de otra ciudad, utilizando lo que habría de llegar a ser una letra de cambio, suplicándole entregar a determinada persona la cantidad de dinero a la que se refería la letra de cambio.
Así la posesión del documento daba la posibilidad de cobrarlo en algún lugar diverso y era fácil transportarlo en forma discreta y segura, como no podía suceder con el dinero normalmente, Podrá apreciarse que en sus orígenes, la letra de cambio nace como efecto de la necesidad de hacer una re, mesa de dinero de una plaza a otra.
CONCEPTO DE LETRA DE CAMBIO
La letra de cambio es un documento literal que contiene la orden incondicional de pago dada por una persona llamada girador a otra llamada girado, para que pague a la orden de un tercero llamado beneficiario cierta cantidad de dinero en la fecha y lugar señalados en el documento.
La letra de cambio sirve para situar fondos de una plaza a otra y para documentar obligaciones en dinero.
ELEMENTOS PERSONALES DE LA LETRA DE CAMBIO
1.-GIRADOR: Es el creador de la letra de cambio. (Es quien da la orden).
2.- GIRADO: Es el principal deudor.
3.- BENEFICIARIO: Es el acreedor, quien tiene legitimación activa para cobrar el documento.
REQUISITOS QUE DEBE CONTENER LA LETRA DE CAMBIO
La mención de ser letra de cambio.- Es la formula sacramental considerada por el artículo 76 de la LTOC, donde no cabe equivalente de tal expresión dejando muy marcadamente la cláusula cambiaria, la que debe constar en el texto del título para distinguirla de los demás documentos.
Expresión del lugar, día, mes y año en que se suscribe la letra.- La designación del lugar en que se gira la letra de cambio se cumple indicando la ciudad, pueblo o localidad donde ha sido emitida la letra.
La orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero.- Esta orden no puede subordinarse a condición alguna. La letra de cambio siempre consistirá en la obligación en especie o cosa diferente al numerario, además de ser una cantidad determinada.
El nombre del girado.- Recibe el nombre de girado la persona a quien se ha dado la orden de pagar; y cuando ésta ha firmado ya, cuando ha aceptado la obligación, recibe el nombre de aceptante, es un requisito esencial que no puede faltar.
El lugar y fecha de pago.- Esto significa dónde y cuándo deberá pagarse el documento. Si no se indica el lugar de pago, la Ley supone que se trata del domicilio de girado.
El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago.- Este requisito nos permite saber a quien se le efectuara el pago, ya que a diferencia de otros títulos la letra no se puede emitir al portador.
TIPOS DE VENCIMIENTO DE LETRAS DE CAMBIO
Vencimiento a la vista.- Esto significa que el girado deberá pagar la letra precisamente a su presentación.
Vencimiento a cierto tiempo.- Aquí el documento tiene que ser presentado al girado para que lo acepte y a partir del día siguiente a su presentación se hará efectivo, según los días señalados como plazo.
Vencimiento a cierto tiempo.- El pago debe ser hecho el día fijado como término de plazo señalado y que empieza a contarse al día siguiente a la fecha del documento.
Vencimiento a día fijo.- El señalamiento de un día exacto para el cumplimiento de la obligación quedará sujeto a que este día no sea inhábil.
EL PAGO DE LA LETRA DE CAMBIO
Concepto de pago.- El pago de la letra de cambio es la entrega de dinero que hace el girado al tenedor legítimo contra la entrega de la misma.
Directo.- Es el que hace el girado al beneficiario al vencimiento de la obligación.
Indirecto.- No lo hace el girado, sino que lo hace un aval del girado al vencimiento de la obligación.
De regreso.- No lo hace el girado sino que lo hace el girador.
Anticipado.- Es el que hace el girado antes del vencimiento, sin que el beneficiario esté obligado a recibirlo.
Parcial.- Es aquel que hace el girado pero no por la totalidad de la deuda sino por una parte de ésta.
BREVE RECUENTO HISTORICO DEL PAGARÉ
El pagaré durante los primeros años, tal vez cientos, de su origen, fue utilizado no por los comerciantes, sino de manera fundamental por los bancos del Medioevo, aun antes
...