Derecho Penal
Enviado por cjrb • 13 de Julio de 2014 • 693 Palabras (3 Páginas) • 238 Visitas
LA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO EN EL DERECHO PERUANO
Guillermo Andrés Chang Hernández *
I- Introducción.
El contrato es una institución jurídica que se encuentra presente en casi todas las relaciones sociales, nótese que nosotros a diario contratamos. En efecto, desde encender la bombilla de luz en nuestra casa hasta hacerle el alto a un taxi o celebrar un complejo contrato de leasing, estamos contratando.
La doctrina en general y nuestro ordenamiento civil entienden por contrato al acuerdo de voluntades destinadas a creer, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales; en tal sentido observamos que la nota característica de todo contrato es el acuerdo de voluntades que no es otra cosa que los acuerdos comunes reconocibles de las congruentes declaraciones y conductas de las partes.
Cuando las partes desarrollan o ejecutan de manera normal los acuerdos expresados en un contrato no existe controversia alguna, pues ambas partes encuentran en dicha ejecución contractual el fin o cometido por el cual contrataron, obviamente bajo la premisa de lo que lo declarado responde a la voluntad común de las partes, conforme lo refiere la segunda parte del artículo 1361° del Código civil. Tal pasividad en la ejecución contractual se ve alterada cuando las partes difieren indistintamente en los alcances de los acuerdos, es decir cada una de las partes otorgan a lo establecido en el contrato un alcance distinto, ya sea por una inadecuada redacción del contrato, una errónea manera de plasmar los acuerdos de las partes, en fin cuando el contrato es poco claro, confuso o ambiguo, nace la imperiosa necesidad de interpretar el contrato.
Por su parte en necesario precisar que por Interpretación Contractual entendemos, conforme lo expresa Fernando Vidal Ramírez “... una actividad lógica que busca fijar el significado y el alcance de la voluntad, con el objeto de determinar el contenido querido por las partes. En materia de contratos, un primer y fundamental criterio impone interpretar las declaraciones según el significado atribuido por las partes en el momento del perfeccionamiento del acto, puesto que es la “común intención de las partes la que origina el acto o negocio jurídico. Asimismo esta actividad es una operación que se materializa “… en la búsqueda del significado a atribuir al programa contractual, a fin de individualizar, en concreto, la medida y calidad de los compromisos asumidos por cada parte”
Es ese contexto que abordaremos la diversa temática de la interpretación contractual, en resumidas cuenta trataremos de determinar ¿Cuando se interpreta un contrato?, ¿Quién interpreta un contrato? y finalmente ¿Cómo se interpreta un contrato?
II. ¿Cuándo se interpreta
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