Derecho Penal
Enviado por licemiliolarios • 8 de Julio de 2014 • 2.129 Palabras (9 Páginas) • 181 Visitas
“CONCEPTO DE DERECHO PROCESAL”
Es la rama del derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales.
CONCEPTO DE DERECHO PROCESAL PENAL
Conjunto de normas jurídicas correspondientes al derecho público interno en tanto regulan y disciplinan las relaciones entre el estado y los particulares, haciendo posible la aplicación del derecho penal a los casos concretos con el propósito de preservar el orden social.
OBJETO DEL DERECHO PROCESAL PENAL
Es básicamente que el asunto se solucione en la sentencia dictada por el juez comprobando debidamente todos y cada uno de los elementos integradores del delito sometido al caso en concreto, de forma que se demuestre la probable y presunta responsabilidad del sujeto activo del delito mediante sentencia condenatoria, la cual debe ser razonada, fundada y motivada.
“FIN DEL DERECHO PROCESAL PENAL”
Se orienta a comprobar o desvirtuar la existencia de un delito, siempre que la acción penal no haya prescrito, así como a esclarecer o determinar la responsabilidad penal del procesado, condenándolo o absolviéndolo de la acusación, archivando el proceso cuando no se pruebe su responsabilidad durante la investigación.
NATURALEZA JURÍDICA DEL DERECHO PROCESAL PENAL
Borja Osorno establece que la naturaleza jurídica implica una relación jurídica autónoma y compleja, que pertenecen al derecho público, es decir autonomía porque es independiente de la relación jurídica material y compleja porque abarca una serie de derechos y obligaciones que se extiende a lo largo de los diversos periodos del procedimiento: Averiguación Previa, Fase B, Instrucción, Juicio y Ejecución.
Y se dice que pertenece al derecho público, es el ejercicio de la actividad jurisdiccional del estado.
JUSTIFICACIÓN DEL DERECHO PROCESAL PENAL
El derecho procesal penal es una rama del derecho público porque se hace mención de una relación jurídica procesal que nace de un conflicto iniciado por una conducta delictiva y en donde los interesados deben hacer valer sus derechos ante el órgano jurisdiccional a través del procedimiento que la ley fija para tal efecto. Es decir es en donde se va a sucitar el desarrollo de las diferentes etapas para dar solución a un problema que se suscito por una conducta delictiva.
CLASIFICACIÓN DEL DERECHO PROCESAL PENAL
DERECHO PROCESAL PENAL OBJETIVO: Es el conjunto de normas jurídicas que tomando como presupuesto la ejecución del delito, regulan los actos jurídicos y las formas a que se deban sujetarse los órganos jurisdiccionales competentes como son la procuración y administración de justicia, para así en su momento definir la pretensión punitiva y en su caso hacer factible la aplicación de la pena y la medida de seguridad u otras consecuencias de ilícito penal.
DERECHO PROCESAL PENAL SUBJETIVO: Es la facultad delegada por el estado al órgano jurisdiccional ya que la imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial, una vez que el órgano jurisdiccional ha realizado la valoración de las pruebas aportadas al proceso penal por las partes, y que hayan sido ofrecidas, admitidas y desahogadas en el procedimiento penal para regular y determinar los actos y las formas que hagan factible la aplicación de las penas.
“BASES CONSTITUCIONALES DEL DERECHO PROCESAL PENAL”
Artículos: 13°, 14°, 16°, 17°, 18°, 19°, 20°, 21° y 22°de la Constitución.
“RELACIÓN DEL DERECHO PENAL CON OTRAS CIENCIAS”
El derecho penal es público a la vez que tiene su autonomía y normatividad especifica pero se vincula también con otras ramas del derecho por ser general. En este sentido, se relaciona íntimamente con ramas del derecho ligadas al estado (Como el Derecho Administrativo, Internacional Público, Laboral, Procesal y Constitucional), así como con las de carácter privado (Como el Derecho Civil y Mercantil).
Por Ejemplo: Con el derecho civil se relaciona porque determina ciertas obligaciones a las personas, que en caso de incumplirse conllevan un castigo penal, Por Ejemplo: Las obligaciones económicas de los padres con los hijos.El derecho tiene ciertas ciencias que son auxiliares del derecho penal y ayudan a un juez a resolver ciertos conflictos.
“CODIFICACIÓN APLICABLE AL DERECHO PROCESAL PENAL”
Se aplica el código penal en su parte subjetiva que es la que se refiere a la persona o ente encargado de aplicar el derecho específicamente el estado por medio de los órganos jurisdiccionales. También la parte subjetiva consiste en la facultad proveniente de la norma jurídica y que reside en un sujeto activo (quien tiene la potestad para exigir) y un sujeto pasivo (quien tiene la obligación de cumplir).
ES TRIBUNAL COMPETENTE PARA CONOCER DE UN DELITO, EL DEL LUGAR EN QUE SE COMETE
Si el delito produce efectos en dos o más entidades federativas, será competente el juez de cualquiera de estas o el que hubiera prevenido; pero cuando el conflicto involucre como partes a indígenas y no indígenas, será el tribunal competente el que ejerza jurisdicción en el domicilio donde radique la parte indígena.
Es competente para conocer de los delitos continuados y de los continuos o permanentes, cualquiera de los tribunales cuyo territorio aquellos produzcan efectos o hayan realizado actos constitutivos de tales delitos.
FUNCION DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES EN LOS PROCESOS DE ORDEN PENAL
“ORGANO JURISDICCIONAL”:Para poder decir que el derecho debe tener jurisdicción, significa conocer del asunto, dictar una resolución en el mismo y ejecutar o hacer el cumplimiento de la misma.
REPÚBLICA MEXICANA (EN EL DISTRITO FEDERAL)
“Juez de Paz”: Ejercen su jurisdicción a través de procedimientos breves y sencillos los jueces de paz en aquellos litigios que por escaso valor económico, son considerados de menor cuantía. Los de materia penal conocerán de los delitos que tengan una o más sanciones no privativas de libertad, cuando sean las únicas aplicables o sanciones privativas de libertad hasta dos años.
“Jueces Penales”: Son designados por el Pleno Tribunal Superior de Justica mismo que tiene facultades para cambiar a los jueces de una misma categoría a otro juzgado.
Jueces Presidentes de Debates: Son los jueces que asumirán la presidencia de debates en asuntos que hayan conocidos como instructores y que deben llevarse a jurado.
Jurado Popular: Es un cuerpo colegiado encargado de resolver el veredicto, los procesos que con arreglo a la ley le someta el Presidente del Debate.
“Consejo de la Judicatura”: Este órgano es el encargado de la administración,
...