Derechos Humanos
Enviado por chaparrita_03039 • 19 de Febrero de 2013 • 17.459 Palabras (70 Páginas) • 249 Visitas
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU); proclamó la "Declaración Universal de los Derechos Humanos". Esta declaración se integra de 30 artículos e indican lo siguiente:
La presente Declaración tiene como ideal común que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos.
Art. 1º.- Todos los seres humanos nacen libres en igualdad y derechos.
Art. 2º.- Toda persona tiene los derechos y libertades de esta Declaración. Sin distinción de raza, sexo, religión, idioma o política.
Art. 3º.- Todo individuo tiene derecho a la vida, la seguridad y la libertad personal.
Art. 4º.- Nadie estará sometido a la esclavitud y la servidumbre.
Art. 5º.- Nadie será sometido a tortura, trato cruel, inhumano o denigrante.
Art. 6º.- Todo humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Art. 7º.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
Art. 8º.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo que le ampare contra actos que violen sus derechos.
Art. 9º.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, arrestado ni apresado.
Art. 10º.- Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para determinar sus derechos y obligaciones.
Art. 11º.- Todo acusado de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se pruebe su culpabilidad.
Art. 12º.- Nadie será objeto de acciones arbitrarias en su familia, su vida privada, su persona, ataques a su honra o reputación.
Art. 13º.- Todos tienen derecho a circular libremente y elegir su residencia en un Estado determinado.
Art. 14º.- En caso de persecución tiene derecho a buscar asilo en cualquier país.
Art. 15º.- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
Art. 16º.- Hombres y mujeres en edad núbil tiene derecho a casarse, formar una familia con igualdad de derechos y en caso de divorcio compartir responsabilidades con los hijos.
Art. 17º.- Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectiva.
Art. 18º.- Toda persona tiene libertad de pensamiento, religión y conciencia.
Art. 19º.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión.
Art. 20º.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y asociación pacífica.
Art. 21º.- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
Art. 22º.- Toda persona tiene derecho a la seguridad personal.
Art. 23º.- Toda persona tiene derecho a un trabajo, a elegirlo y a percibir a trabajo igual, salario igual.
Art. 24º.- Toda persona tiene derecho al descanso al disfrute de su tiempo libre y a vacaciones periódicas y pagadas.
Art. 25º.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, a la salud, y al bienestar, al vestido, vivienda, asistencia médica, servicios sociales, seguros de (desempleo, invalidez, viudez, enfermedad, etc.)
Art. 26º.- Toda persona tiene derecho a la educación.
Art. 27º.- Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y del progreso científico.
Art. 28º.- Toda persona tiene derecho a gozar del orden nacional e internacional para que sus derechos sean efectivos.
Art. 29º.- Toda persona tiene deberes con su comunidad.
Art. 30º.- Nada en esta Declaración podrá tener otra interpretación, ni suprimir cualquier libertad de la misma.
COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS - CNDH
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) es un órgano encargado de recoger las quejas contra los abusos de autoridad, aunque no puede intervenir en todos los casos. Es un organismo con personalidad jurídica (recocida por la ley y con patrimonio propio), cuyo objetivo principal es la protección, promoción, estudio y divulgación de los Derechos Humanos.
Corresponde al Presidente Constitucional emitir el decreto de creación de la CNDH, el día 6 de junio de 1990, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.
Funciones de la Comisión.
Proponer la política nacional en materia de respeto y defensa de los Derechos Humanos.
Establecer los mecanismos de coordinación que aseguran la adecuada ejecución de la política nacional de respeto y defensa a los Derechos Humanos.
Elaborar y ejecutar los programas de atención y seguimiento a los reclamos sociales sobre Derechos Humanos.
Elaborar y proponer programas preventivos en materia de Derechos Humanos, en los ámbitos jurídico, educativo y cultural para la Administración Pública Federal.
Apoyar y asesorar técnicamente, cuando así se le solicite, a las autoridades estatales y municipales en la constitución y funcionamiento de las comisiones de protección a los derechos que las mismas creen.
Establecer convenios de colaboración con los organismos gubernamentales de las entidades federativas encargadas de la protección y defensa de los Derechos Humanos.
Proponer acciones dirigidas ala protección de los derechos fundamentales de los mexicanos que radican en el exterior y de extranjeros en el territorio nacional.
Establecer canales de comunicación permanente con las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales en materia de Derechos Humanos.
Proponer las reformas, adiciones o nuevos instrumentos jurídicos que se juzguen indispensables en materia de protección y defensa de los Derechos Humanos ante las instancias competentes.
Formular programas y proponer acciones que impulsen el cumplimiento dentro del territorio nacional de los tratados, convenios y acuerdos internacionales asignados por nuestro país.
La CNDH se localiza en Av. Periférico Sur # 3469, Col. San Jerónimo Lidice, Del. Magdalena Contreras, C.P. 10200, México. D.F.
DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO 20-NOV-1959
Considerando que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita cuidado y protección especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.
Considerando que la humanidad debe al niño lo mejor que puede darle,
La Asamblea General.
Proclama la presente Declaración de los Derechos del Niño a fin de que éste pueda tener una infancia feliz y gozar, en su
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