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ESPECIAL HIPOTECARIO


Enviado por   •  10 de Julio de 2012  •  3.045 Palabras (13 Páginas)  •  1.498 Visitas

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INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE

LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

VS

MARGARITO HERNANDEZ GIL.

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA

JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO.

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL

PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.

P R E S E N T E.-

JEMIMAH VIANEY OVANDO LAHUD, mexicana, soltera, abogada, mayor de edad, promoviendo en mi carácter de Apoderada Legal del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), personalidad que acredito en términos del Testimonio Notarial 39,475 (TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO) de fecha 30 DE OCTUBRE DE 2008 el cual se exhibe en copia debidamente certificada como anexo I, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y aun personales, valores, documento, el ubicado en CALLE OBREGON NUMERO 3245, SEGUNDO PISO DESPACHO 1 EN EDIFICIO OFISDECO, COLONIA JARDIN, de esta ciudad, autorizando para los mismos efectos así como para recoger documentos e imponerse de los autos, ASÍ TAMBIÉN PARA EFECTO DE QUE ESTEN PRESENTES EN LA DILIGENCIAS DE EMPLAZAMIENTOS, a los Licenciados en Derecho CC. JOSE MENDOZA BRIONES Y/O MIGUEL ANGEL LOPEZ PEREZ Y/O ALDO RAFAEL GALVAN MARTINEZ Y/O BERTHA ALICIA SÁNCHEZ MARQUEZ, ELIAS SALOMON GUERRERO LUNA ALVARO ELIUD HERNANDEZ MENCHACA, ANGEL FLORES RAMOS, RAUL GARCIA GARZA Y BRENDA LIZETH MAGAÑA BUSTAMANTE, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que en la vía especial hipotecaria, y con fundamento en los artículos del 530 al 542 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Tamaulipas y en ejercicio de la acción real hipotecaria vengo a nombre de mi representada a demandar a los MARGARITO HERNANDEZ GIL, quienes pueden ser emplazados y citados a juicio en su domicilio EN EL LOTE 24 MANZANA 154 FRACCIONAMIENTO VALLES DE ANAHUAC EN ESTA CIUDAD, dicho predio colinda al Norte en 9.82m con el lote 12, al Sur en 9.78m con calle 25 al Este en 15.00 con Privada 5 y al Oeste en 15.00 m con lote 23 personas de quienes se demanda el pago y cumplimiento incondicional de las siguientes:

P R E S T A C I O N E S

A. – El vencimiento anticipado del contrato de otorgamiento de crédito, del adeudo y del plazo que mi mandante otorgo a la ahora demandados para cumplir con la obligación contraída en virtud de que ha incurrido en el incumplimiento de pago como lo estipula la cláusula VIGESIMA PRIMERA a que se refiere el documento base de la acción.

B.- La declaración de hacerse efectiva la garantía hipotecaria materia del Contrato de Apertura de Crédito Simple y de la Constitución de Garantía Hipotecaria, en el Capitulo Primero de COMPRAVENTA EN LA CLAUSULA PRIMERA, y del Capitulo de ANTECEDENTES INCISO II), para el caso de ser condenado y que no pague en el término de ley, a fin de que desocupe y entregue físicamente el inmueble a nuestro mandante.

C.- El pago de 136.9260 Veces el Salario Mínimo mensual vigente para en el Distrito Federal, según consta en el certificado de adeudo del saldo de fecha al mes de Febrero de 2011, con fecha de emisión del mismo certificado del 13 de Abril de 2011, que corresponde a la cantidad de $270,429.66 (DOCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIETOS VEINTINUEVE PESOS 66/100 M.N.), por concepto de suerte principal, mas los que se sigan venciendo hasta la totalidad del presente juicio, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia; dicha cantidad resulta de las siguiente operaciones multiplicar el factor de 59.82 Salario mínimo diario en el Distrito Federal por 30.4 que equivale a un mes, de conformidad con el estado de cuenta exhibido en esta demanda, como anexo II.

D.- El pago de los intereses ordinarios no cubiertos, mas los que se continúen generando hasta la total liquidación del adeudo, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia para lo cual se tendrá como salario mínimo general vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, como se pacto en la CLAUSULA PRIMERA PUNTO 26 (VEINTI SEIS) DE LAS CLAUSULAS FINANCIERAS DEL CAPITULO SEGUNDO DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO SIMPLE Y LA CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA.

E.- El pago de intereses moratorios no cubiertos, más los que se continúen generando hasta la total de liquidación del adeudo, cantidad que de igual manera será determinada en ejecución de sentencia para lo cual se tendrá como salario mínimo general vigente en el Distrito Federal el que haya determinado la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, como se pacto en la CLAUSULA PRIMERA PUNTO 2 DE LAS CLAUSULAS FINANCIERAS DEL CAPITULO SEGUNDO DEL CONTRATO DE APERTURA DE CREDITO SIMPLE Y LA CONSTITUCION DE GARANTIA HIPOTECARIA.

F.- El pago de las Primas de Seguro, Gastos de Cobranza y gastos que se encuentran vigentes en cuanto corresponda a los términos del contrato base de la acción.

G.- El pago de las actualizaciones que se vayan derivado conforme a cada año siguiente, del incremento del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, determinando por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, que se aplica a todas las prestaciones que se demandan en este escrito.

H.- El pago de los gastos y costas que se originen con motivo del la tramitación del presente juicio.

Fundándome para ello en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

H E C H O S

1.- El día 07 de Septiembre del 2007, la parte demandada el C. MARGARITO HERNANDEZ GIL, celebraron con mi representada INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) un contrato de OTORGAMIENTO DE CREDITO Y CONSTITUCIÓN DE GARANTIA HIPOTECARIA, del bien inmueble ubicado en EN EL LOTE 24 MANZANA 154 FRACCIONAMIENTO VALLES DE ANAHUAC EN ESTA CIUDAD, dicho predio colinda al Norte en 9.82m con el lote 12, al Sur en 9.78m con calle 25 al Este en 15.00 con Privada 5 y al Oeste en 15.00 m con lote 23 DICHO PREDIO TIENE UNA SUPERFICIE DE TERRENO DE 147.08 METROS CUADRADOS, como consta en el Instrumento Público número 2658 celebrado ante la fe del Ciudadano Licenciada GLORIA ISABEL PADRON GOMEZ Notaria Pública número 34, de la Ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas, mismo que quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado, el día 27 de Febrero de 2008, bajo el número 1656, del Legajo 1-034, de la sección PRIMERA y en sección SEGUNDA bajo el numero 2034, del libro 1-041, del MUNICIPIO DE NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS, mismo que se exhibe como base de la acción, como anexo III, documento con el cual se otorgó

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