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Glosario de Seguros


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2013  •  Informe  •  1.732 Palabras (7 Páginas)  •  291 Visitas

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Glosario de Seguros

ACCIDENTE: Es cualquier tipo de acontecimiento imprevisto, que sucede inesperadamente por casualidad, en forma violenta y externa que produce una lesion en las personas o daño material sobre algun bien

AGENTE DE SEGUROS : Es toda persona física o moral, cuya actividad esta regulada y autorizada la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para poder efectuar la venta de seguros, dar asesoria gratis sobre los planes de seguros de mayor conveniencia para ellos a los prospectos o asegurados en la contratación de seguros.

AGRAVACIÓN DEL RIESGO: Es la modificación o alteración del uso diferente al indicado en la poliza del seguro, aumentando la posibilidad de un accidente o peligrosidad de un evento, afecta a un determinado riesgo. El asegurado deberán, durante la celebracion del contrato, debera de manifestar a la Aseguradora todas las circunstancias que agraven el riesgo.

AJUSTADOR: Es la persona física o moral que en base a sus conocimientos y experiencia, es contratada por la aseguradora para determinar el monto y valor de los daños que sean causados a bienes o personas a consecuencia de un siniestro.

ASALTO: Es la acción, física o moral, contra una persona con el propósito de obtener sus bienes.

ASEGURABLE: Es cualquier persona o bien que reúne las características predeterminadas para poder ser objeto de la cobertura del seguro.

ASEGURADO: Es la persona física o moral, que con el pago de una prima de seguros, obtiene una contraprestación reflejada en el contrato de seguros.

ASEGURADORA compañia de seguros autorizada por la SHCP, para asegurar riesgos contemplados en un contrato de seguros, llamado póliza.

B

BENEFICIARIO: Es la persona física o moral que recibe los beneficios de la póliza contratada.

BIENES: Son toda propiedad física o moral en posesión de una persona.

C

CANCELACIÓN: Es la rescisión de los efectos de una póliza prevista en el contrato de seguros ya sea por decisión unilateral o por acuerdo mutuo.

CERTIFICADO DE INCLUSIÓN: Es el documento por el cual se prueba la existencia de una póliza de seguro colectivo, en el que deben figurar las informaciones que la identifican, como son: suma asegurada, vigencia, datos personales del Asegurado, beneficiarios, etc.

CLAUSULAS: Son las condiciones que establecen la aseguradora y el asegurado y que se reflejan en el contrato de seguros, denominado también póliza. Existen también las condiciones especiales o particulares, que modifican o aclaran las condiciones generales.

COASEGURO: Es la cantidad o el porcentaje que tiene que pagar el asegurado, de cualquier pago o indemnización que tenga que reembolsar la aseguradora, a consecuencia de un siniestro.

COBERTURAS: Son las protecciones que otorga la aseguradora en la póliza y que generalmente se establecen en las cláusulas del contrato de seguros, denominado póliza.

CONSENTIMIENTO: Es el acuerdo que existe entre el asegurado y la aseguradora y que se determina en la póliza.

CONTRATANTE: Es la persona física o moral que paga la prima de seguros. En ocasiones es también el asegurado.

CONTRATO DE SEGUROS: Es el acuerdo de voluntades entre dos partes. Generalmente se le llama también póliza de seguros. A través de la póliza de seguros, la aseguradora conviene, previo pago de una cantidad denominada prima, en otorgar una indemnización o reembolso al asegurado, si sucede un siniestro.

COTIZACION: Es la estimación o costo de la prima de seguros que ofrece la aseguradora al asegurado.

CUOTA: Es el precio en porcentaje o cantidad fija, que se le da a un riesgo, en función de la experiencia y la siniestralidad que sobre él tiene la aseguradora.

D

DAÑO: Es toda pérdida personal o material que sufre una persona física o moral, en su vida o en su patrimonio.

DAÑO MATERIAL: Es la pérdida o daño que se causa a un bien, ya sea propio o de un tercero.

DAÑO MORAL: Es toda pérdida que se causa a una persona en su interior (en su nombre, su prestigio, etc.).

DAÑO FISICO: Es toda pérdida que se causa a un bien material, ya sea propio o de un tercero.

DAÑOS A TERCEROS: Es la pérdida que se causa a una persona o a un bien propiedad de otros, que no es familiar o dependiente del asegurado.

DEDUCIBLE: Es la cantidad de dinero que en cada siniestro, tiene que desembolsar el asegurado.

DEPENDIENTE: Es la persona que depende económica y legalmente del titular de una póliza y sobre la cual puede existir alguna responsabilidad.

DERECHO DE POLIZA: Es la cantidad que paga el asegurado por los gastos de expedición de una póliza. Se le conoce también como recargo fijo.

DOLO: Es la acción o maniobra fraudulenta destinada a engañar a otros.

E

ENDOSO: Es el documento contractual que se añade a la póliza, y que puede aumentar o disminuir el importe de la prima o que puede aclarar alguna de las cláusulas del contrato de seguros.

EXCLUSIONES DE RIESGOS: Son aquellos conceptos o riesgos que expresamente la aseguradora no da por cubiertos en una póliza

G

GASTOS DE AJUSTE: Son los gastos en que incurre la aseguradora, por concepto de investigación para determinar el monto o valor de los daños que puedan existir en un siniestro.

I

INDEMNIZACION: Es la cantidad que está obligada a pagar la aseguradora a consecuencia de un siniestro, después de restarle el deducible y coaseguro, si los hubiera. La indemnización puede ser pagada en especie, en dinero, reponiendo el bien dañado o reparándolo.

INTERÉS ASEGURABLE: Es el interés económico, legal y substancial de quien desee contratar una póliza a los fines de

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