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LOS TRATADOS INTERNACIONALES


Enviado por   •  17 de Febrero de 2014  •  2.512 Palabras (11 Páginas)  •  428 Visitas

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TRATADOS INTERNACIONALES

Concepto y denominaciones de los tratados internacionales.

Tratado internacional, es un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular.

Se utilizan muchos nombres para designar a los tratados, Esta multiplicidad de nombres se debe a que los tratados internacionales presentan entre sí características muy diversas según la materia a que se refieren, las partes que intervienen en la celebración, la formalidad o solemnidad con que se concluyen, etc.

Acta y actas finales.- Documento escrito en el que se hace constar por quien en calidad de secretario deba extenderla, En sentido propio es el documento que da fe de un hecho determinado.

Acuerdo.- Resolución adoptada por un órgano colegiado, administrativo, o tribunal, Se utiliza para designar tanto acuerdos formales como sin formalidades ya sean bilaterales o multilaterales.

Acuerdo interinstitucional.- Es el que aplica una dependencia administrativa en la esfera de sus atribuciones.

Armisticio.- Acuerdo que precede generalmente al fin de la guerra.

Arreglo.- Indica una modalidad de entendimiento casi siempre bilateral sobre asuntos de exclusivo interés mutuo.

Canje de notas.- Es una forma de asumir compromisos en materia de importancia relativa que, en todo caso, no se juzga necesiten de la formalidad del tratado.

Carta.- Acta o escritura en la que son registrados ciertos títulos, derechos, etc., documento epistolar dirigido por un jefe de Estado a otro.

Carta o memorándum de intención.- Acuerdo sin formalidad en el que las partes expresan su deseo de realizar alguna actividad.

Código.- Conjunto de reglas sobre una materia.

Compromiso.- Acuerdos que celebran los Estados por los que se comprometen a someter una controversia al arbitraje.

Concordato.- Acuerdo celebrado en forma de tratado internacional entre un Estado y la Santa Sede sobre materias religioso - administrativas y para reglamentar la condición de la Iglesia católica dentro de dicho Estado.

Convención.- Acuerdo internacional cuyo objetivo es enunciar ciertas reglas de Derecho Internacional.

Convenio.- Acuerdo entre dos o más personas destinado a crear, transferir, modificar o extinguir una obligación.

Declaración.- Es el documento en el cual dos o más Estados determinan su posición común ante determinado asunto de interés general.

Estatuto y estatutos.- Se utiliza para instrumentos internacionales en los que se establecen normatividades relativas a una materia jurídica internacional.

Memorándum de Entendimiento.- Se utiliza para designar acuerdos sin formalidades.

Modus vivendi.- Expresión que designa los arreglos de carácter temporal o provisional cuyo objeto es prorrogar anualmente un determinado acuerdo.

Notas reversales.- Se utiliza para designar ciertos acuerdos por los que los países miembros se hacen concesiones.

Pacto.- Instrumento destinado a traducir una determinación de las partes hacia el mantenimiento de la paz.

Pacto de Caballeros.- En la práctica anglosajona tiene el sentido de compromiso moral o de honor desprovisto de efectos jurídicos obligatorios.

Protocolo.- Se utiliza generalmente para designar un instrumento que modifica o complementa un tratado, ya sea éste multilateral o bilateral, pero también se ha utilizado para designar un tratado autónomo.

Tratado.- Acuerdo celebrado entre dos o más sujetos de Derecho Internacional Público, con objeto de crear, transferir, modificar o extinguir una relación jurídica entre ellos, estableciendo derechos y obligaciones por escrito en un instrumento único o más documentos relacionados entre sí, sin importar su denominación.

Los tratados como fuente de Derecho Internacional Público y Derecho Interno.

Este precepto tiene dos perspectivas, la primera que indica las fuentes de derecho internacional y la segunda cuando se establece que esa normatividad será la que utilicen los jueces para fundar sus sentencias.

De este precepto se desprende que los tratados internacionales, la costumbre internacional y los principios generales de derecho son fuentes autónomas; las decisiones judiciales y la doctrina son medios auxiliares, éstas asisten a las fuentes autónomas para su mejor aplicación.

El artículo 133 constitucional señala: "Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.

Este precepto constitucional reconoce a los tratados internacionales como Ley Suprema en toda la Unión, por lo que se les reconoce como fuente de Derecho.

Concepto de recepción del Derecho.

Proceso histórico por el cual una comunidad acepta libremente un sistema jurídico extraño; esto es antiguo o extranjero, una comunidad asimila el derecho extraño en la medida que lo permite el derecho preexistente, de suerte que con tal situación, el derecho nacional entra en un proceso de transformación.

Recepción de los tratados.

Los Derechos estatales conciben la recepción de los tratados básicamente de dos formas: previa transformación mediante un acto formal de producción normativa interna (ley, decreto) - régimen de recepción especial - o mediante su incorporación inmediata desde que el tratado es internacionalmente obligatorio, exigiendo eventualmente el acto material de su publicación oficial - régimen de recepción automática.

En la adopción del régimen influyen factores de distinta naturaleza:

 Los factores ideológicos, vinculados a la valoración que se hace de la soberanía del Estado y a postulados monistas o dualistas acerca de las relaciones entre el Derecho Internacional y los Derechos Internos.

 Los factores históricos, ligados a la tradición constitucional de cada Estado.

 El factor técnicamente más importante estriba en la participación o no de las Cámaras legislativas en la conclusión de los Tratados.

FACULTADES DE LOS PODERES DE LA UNIÓN

El Estado hace el Derecho, se rige por la Constitución, otorga derechos y se obliga, representa a sus nacionales, ejerce

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