La Filiación
Enviado por francyshrndz12 • 2 de Febrero de 2014 • 1.705 Palabras (7 Páginas) • 306 Visitas
Filiación
Se entiende por filiación la relación de carácter jurídico o legal existente entre los padres y los hijos y de la cual se derivan deberes y derechos recíprocos.
La filiación tiene sus efectos legales en el derecho de paternidad y en la filiación propiamente dicha oposición del hijo frente a sus padres de donde se derivan el control de los hijos durante la minoría de edad, la obligación de mantenerlos, instruidos y educarlos en ese período; el deber de estos de respetar, obedecer y socorrer a sus padres en caso de necesidad, y su derechos a heredarlos.
De todas las relaciones de parentesco, indudablemente la más importante es la que vincula a una persona con sus ascendientes o antepasados (padres, abuelos) o descendiente (hijos, nietos). Esta relación en su sentido amplio constituye la filiación; pero en un sentido más restringido se considera filiación “a la relación parental entre los padres y los hijos”, denominada relación paterno-filial; este vinculo o lazo visto del lado del hijo se llama filiación y, mirada del lado de los padres se denomina paternidad o maternidad.
Formas de determinar la filiación
1) A través de la inscripción de su nacimiento en el Registro civil: La filiación con respecto a la madre, generalmente, no arroja ninguna duda (salvo suplantación), pero para el padre se establecen presunciones de paternidad (sobre todo para el caso de ruptura del matrimonio por divorcio o muerte antes del nacimiento).
2) Mediante sentencia firme: Este caso es aplicable para adopciones, o para reclamaciones de paternidad. La sentencia también se inscribe en el Registro civil, con el fin de dar publicidad a un hecho que tiene importantes consecuencias frente a terceros.
Importancia de la Filiacion
Dentro del contexto de la familia, la filiación es el elemento fundamental y básico de su estructuración: de ahí su importancia.
1. La filiación constituye el origen y fuente del parentesco de consanguinidad.
2. De la filiación surge la patria potestad.
3. Es la base de los derechos y deberes de los padres con los hijos y de éstos con sus padres.
4. Produce derechos intestados (no expresados en testamento) sobre los bienes herenciales.
5. Origina incapacidades legales.
Principios de la Filiación
1) Toda filiación debe ser legalmente probada: Jurídicamente no puede hablarse de filiación si no existe prueba de ella. Biológicamente todo individuo tiene un padre y una madre, pero mientras el hecho biológico de la procreación no haya trascendido al plano jurídico, legalmente no habrá un vínculo de filiación que una a dos personas, ello explica por qué jurídicamente pueden existir personas que, por ejemplo, tengan madre pero no tengan padre (es lo que se conocía como hijos naturales o de madres solteras en el código anterior). Jurídicamente sólo existe filiación cuando está establecida legalmente.
2) Los efectos de la filiación son independientes del medio que se use para probarla: Los efectos que produce la filiación son siempre los mismos, cualquiera que haya sido el medio jurídico empleado para su demostración.
3) Los efectos de la filiación son independientes del tiempo de su prueba: Ya hemos dicho que mientras la filiación no ha sido probada, no puede hablarse jurídicamente de su existencia, pero cuando la filiación resulte jurídicamente determinada, sus efectos se producen desde que el hijo existió y no a partir de la constatación de la filiación, porque la prueba de la filiación la establece legalmente, más no la produce.
Características de la Filiación
1.- Es un hecho jurídico. Su fundamento se encuentra en el hecho biológico de la procreación, (relaciones sexuales) con la excepción de la filiación adoptiva.
2.- Constituye un estado civil.
3.- Es fuente de actos jurídicos.
4.- Se puede investigar libremente la maternidad o paternidad.
Filiación Materna
Es el vínculo jurídico que une a un hijo con su madre. La maternidad siempre es cierta, porque siempre se sabe quién es la madre. El parto es un elemento de la identidad del hijo. La prueba del parto es muy sencilla, razón por la cual, la identidad de la madre casi nunca se discute Art. 197 CC: "La filiación materna resulta del nacimiento, y se prueba con el acta de la declaración de nacimiento inscrita en los libros del Registro Civil, con identificación de la madre".
Determinación y Prueba
Hay que probar que M es madre de H, acreditando el hecho del nacimiento, mediante el acta de declaración del nacimiento inscrita en los libros del Registro Civil, con identificación de la madre. En defecto de la partida de nacimiento son también pruebas de la filiación materna:
1) La declaración que hiciere la madre o después de su muerte, sus ascendientes, con el fin de reconocer la filiación, en las condiciones y las formalidades que se señalan en el artículo 198 del Código Civil.
2) La posesión de estado del hijo, establecida de conformidad con las reglas contempladas en ese mismo artículo.
Por último la prueba de filiación materna puede efectuarse en juicio con todo género de pruebas.
Planiol-Ripert dice que “poseer un estado es gozar del título y de las ventajas anexas al mismo y soportar sus deberes. Así como la posesión propiamente dicha se opone
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