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La Sociedad


Enviado por   •  24 de Agosto de 2014  •  2.840 Palabras (12 Páginas)  •  211 Visitas

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TEMA 1. LA SOCIEDAD Y EL DERECHO.

1. LA SOCIEDAD.

En el desarrollo de las actividades cotidianas de cualquier persona, como puede ser utilizar un medio de transporte, adquirir comida o vestido, matricularse en un centro docente, participar en unas elecciones, etc. se están realizando actos jurídicos, que aunque no seamos conscientes de ello están sometidos al derecho.

Los hombres viven en sociedad con sus semejantes y necesitan de la cooperación con otros individuos para satisfacer sus necesidades, pero en muchas ocasiones los intereses de las personas son contrapuestos y se producen fricciones entre ellas, haciéndose necesaria la regulación de estas relaciones mediante reglas y normas. Éstas son las que establece el Derecho.

La palabra Derecho procede del latín “DIRECTUS”, que significa: dirigir, poner en línea recta, alinear, etc.

El hombre para poder vivir en sociedad, y por tanto poder convivir con los demás, necesita de unas normas, que regule esta convivencia, es decir, necesita de estas normas para orientarse y saber actuar. El nombre que reciben dichas normas es “normas jurídicas”.

Existe diferencia entre las normas jurídicas y las demás normas (Ética, Religión, Moral). La diferencia está en que las normas jurídicas pueden ser impuestas coactivamente, en caso de su incumplimiento.

Por tanto podemos definir el derecho como el conjunto de normas y principios, escritos o no que, con idea de hacer justicia, regula la convivencia de una sociedad.

2. CLASIFICACIÓN DEL DERECHO.

La clasificación más amplia del derecho es la que distingue:

• DERECHO NATURAL. El hombre como ser racional tiene una idea sobre lo que es justo y lo que es injusto. Esta idea le permite formular unas reglas fundamentales para la convivencia humana. Cualquier persona, aunque no haya estudiado derecho sabe que la sociedad ha de organizarse de acuerdo a ciertas normas que surgen de su propia condición de ser racional y libre (respeto a los demás).

El derecho natural es el conjunto de normas universales que pueden conocerse por la razón, y tienen por base la misma naturaleza humana.

• DERECHO POSITIVO. Para organizar la convivencia, no basta con los principios o reglas no escritas (derecho natural), es necesario que la sociedad posea unas leyes más concretas y detalladas que impongan sus normas, esto es, el derecho positivo.

El derecho positivo es el conjunto de normas que regulan la organización de la sociedad y las relaciones de los individuos. Éstas pueden ser impuestas coactivamente.

Dentro del derecho positivo es posible realizar diferentes clasificaciones. Quizá una de las más clásicas sea dividirlo en:

- Derecho público: conjunto de normas que regulan la actividad del Estado y de los entes públicos, así como las actividades que realizan éstos con los particulares, cuando actúan de forma oficial.

Dentro de este derecho encontramos el Derecho Penal, el Derecho Administrativo, el Derecho Internacional, el Derecho Fiscal.

- Derecho privado: conjunto de normas que regulan la actividad de los particulares entre sí o de éstos y el Estado, cuando actúan de forma privada. Cabe destacar:

 Derecho civil: conjunto de normas relativas a las personas, sus bienes y propiedad, así como la forma de adquirirla, las obligaciones y contratos que se realizan.

 Derecho mercantil: conjunto de normas que regulan la actividad empresarial.

El derecho laboral tiene parte de derecho público y parte de derecho privado.

3. LA SOCIEDAD POLÍTICA. EL ESTADO.

La organización social de los individuos no se produce directamente en una estructura superior y común, si no a través de estructuras sociales intermedias como la familia, la comunidad educativa, la empresa, etc.

Todas estas fórmulas intermedias se hayan supeditadas a la estructura social superior de la que forman parte todos los individuos, denominada sociedad política o civil.

Esta sociedad política o civil es la única no dependiente de las inferiores y tiene capacidad para organizarlas normativamente, o lo que es lo mismo goza de soberanía sobre las restantes.

La sociedad política para ejercer su soberanía está dotada de un conjunto de instituciones al que se denomina Estado, que rige la conducta de los grupos y personas que la forman mediante reconocimiento de sus derechos y obligaciones.

4. EL ESTADO DE DERECHO Y LA DIVISIÓN DE PODERES.

El estado es el conjunto institucional rector de la sociedad, y para ello efectúa las funciones que interesan al común de los individuos; es decir, el estado comprende las potestades públicas que el interés general necesita.

Con la revolución francesa nació una nueva concepción del Estado, basado en la supremacía de la ley, la separación de los poderes en legislativo, ejecutivo y judicial, el control de los poderes públicos y el respeto de la ley en los actos de la administración. Esta nueva concepción del estado se denominó estado de derecho.

El artículo 1.1 de la Constitución Española recoge que España se constituye en un Estado social y democrático de derecho.

Se entiende por Estado social que éste deberá respetar y potenciar el ejercicio de los derechos y libertades individuales y colectivos, y a la vez deberá procurar a los ciudadanos los medios necesarios para vivir dignamente, alcanzar el bienestar social y lograr una sociedad más justa.

Con la expresión Estado democrático se quiere reafirmar que las leyes han de garantizar los derechos y libertades de las personas, lo que conduce a una comunidad fundamentada en el sufragio universal, libre, directo y secreto.

La división de poderes.

En el Estado español encontramos tres poderes básicos: legislativo, ejecutivo y judicial, todos ellos independientes y con funciones diferentes y diferenciales:

• El poder legislativo: compete a este poder la promulgación de las leyes, a normas de aplicación general por las cuales ha de ordenarse la sociedad.

En los países democráticos el poder legislativo se encomienda a un parlamento, compuesto por representantes populares elegidos por sufragio universal, ya que la soberanía, en este tipo de estados reside en el pueblo.

• El poder ejecutivo: tradicionalmente ha correspondido al ejecutivo la gobernación de la sociedad, mediante la imposición del cumplimiento de las leyes dictadas por el poder legislativo y disponiendo para ello de la necesaria fuerza pública. También son competencias de este poder la defensa y las relaciones internacionales.

El poder ejecutivo es desempeñado por los Gobiernos que derivan de las mayorías

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