Persona Jurídica
Enviado por AstridAR • 28 de Julio de 2013 • 1.267 Palabras (6 Páginas) • 331 Visitas
Persona jurídica ¿Los individuos o las Asociaciones?
Para dar inicio al desarrollo de este tema, en primer lugar se busca explicar las dos acepciones del término “persona” que son persona individual y persona jurídica, entendiéndose la primera como “persona natural”, es decir todo individuo de la especie humana, los seres humanos en sí; sin embargo la “persona jurídica” en un principio es también un individuo de la especie humana pero se añaden a ésta otras características que la logran transformar en una persona jurídica, es decir en asociaciones que crean los hombres y las instituciones que nacen al amparo de la ley.
Entonces voy a proceder explicando las características de una persona jurídica, en donde la fundamental es que es un ente que cuenta con la capacidad de adquirir derechos pero también de contraer obligaciones. De igual manera, una persona jurídica es un vínculo entre sujetos; ya que su representación es a través de una institución, la cual se forma a través de varias personas físicas. Es decir es un grupo de personas que buscan cumplir un determinado papel. A ese grupo de personas unidas por intereses comunes se denomina “persona jurídica colectiva” más comúnmente o “persona moral”, aunque ésta última no es apoyada por todos los autores.
Otra característica de la persona jurídica es que dentro de la doctrina jurídica moderna se establece que solamente la persona humana es sujeto de la relación jurídica debido a que debe ser un ente que goce de libertad, en donde sólo el ser humano entra en esta categoría, pudiéndose representar de distintas maneras: individualmente, conjunto de individuos en colectividad o corporación. Sin embargo esta situación no fue igual en todos los tiempos, ya que en el Derecho Romano, el ser humano no siempre fue considerado persona en el sentido jurídico sino que se era persona dependiendo del “status” al que perteneciera. Por ejemplo, dentro del status libertatis, que era entre los hombres libres y esclavos, los esclavos no eran considerados personas, acá puede verse una clara manifestación de exclusión y discriminación. Dentro del status civitatis, se distinguía al ciudadano romano del extranjero, en donde a este último no se le negaba la condición de persona pero tenía limitaciones a la hora de ejercer sus derechos, y finalmente el status familiae en donde la importancia en la sociedad la tenía quien se decía ser la cabeza de la familia.
Como es evidente, el hombre con el tiempo logró alcanzar espacios de libertad e igualdad ante la ley, así como los derechos fundamentales del ser humano. Hoy en día esos espacios significan “derechos esenciales” de los cuales las personas gozan, por mencionar en nuestro país, la Constitución Política de la República respalda la igualdad de derechos de todos los guatemaltecos, asimismo lo hace la Ley del Organismo Judicial.
Sin embargo, me es necesario en este momento hacer una aclaración, debido a que puede surgir tergiversaciones en el uso del término persona jurídica; ya que se suele pensar o excluir con facilidad a la persona individual de la persona jurídica y resaltar el término exclusivamente para las asociaciones o grupos de personas. Y acá me apoyo en las palabras de Kelsen cuando dice que “el término persona jurídica es tautológico” pues basta referirse a la persona para connotar su juridicidad, ya que es un mismo significado sólo que se representa de distintas maneras, es decir individual o colectiva.
A pesar de esa finalidad distintiva nuestra ley se refiere al ser humano como persona individual; y a las asociaciones o instituciones como personas jurídicas que pueden ser: asociaciones, sociedades, sindicatos, fundaciones e instituciones como el Estado, las iglesias, las universidades y cualquier otra creada por mandato legal. En Guatemala, principiando por el Código Civil, encontramos las siguientes: el Estado, las municipalidades, las iglesias, la USAC y demás instituciones de derecho público creadas o reconocidas por la ley.
Continuando
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