Prescripcion Y Caducidad
Enviado por jhona08 • 8 de Mayo de 2012 • 490 Palabras (2 Páginas) • 921 Visitas
1.- DESARROLLO.-
1. CADUCIDAD
1.1 Antecedentes.- La figura de la caducidad tiene sus antecedentes en Roma, a través de lo que se ha llamado “Leyes Caducarias”, mismas que fueron votadas bajo el gobierno de Augusto. Estas leyes lo que buscaban era alentar el matrimonio, evitar el decrecimiento de la población y regenerar las costumbres.
Las Leyes Caducarias dividieron a la sociedad en tres grupos:
1) Los célibes: Eran los no casados o sin hijos vivos de matrimonios anteriores.
2) Los orbis: Eran los casados sin hijos vivos.
3) Los paters: Eran los casados y con por lo menos un hijo vivo.
Como el objetivo de las Leyes Caducarias era alentar el matrimonio y aumentar la población, se implementaron sanciones legales paro los célibes y los orbi, por ejemplo en la Ley Julia se les privaba a los primeros de las asignaciones que les eran otorgadas en testamentos, mientras que a los segundos, sólo les permitía recibir la mitad de las herencias o legados a los que tuvieran derecho. Mientras que los paters eran recompensados. Ahora bien, si los célibes contraían matrimonio, obtenían el derecho a heredar, mientras que los orbi si querían recibir el total de su herencia o legado eran obligados a tener descendencia, circunstancia que tenía que suceder dentro del término establecido por la ley, y en caso de no hacerlo su beneficio o derecho caducaba.
Los autores Gutiérrez y González señalan que la esencia de la caducidad en el derecho Romano consistía en que:
“debían asumir voluntariamente y conscientemente, el estado de casados si eran célibes, o engendrar descendientes si eran orbis, dentro del plazo que las leyes marcaban, si no lo hacían, no nacía el derecho a heredar, y su parte hereditaria, la parte respecto de la cual se creaba la incapacidad para recibirla, pasaba al paters, si es que había alguno designado en el testamento, de esta manera, los paters se veían recompensados con las partes “caducas”, y si no había paters, la parte caduca pasaba al tesoro públic
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o”.
Según de acuerdo con Gómez Corraliza, la noción técnica del concepto de caducidad fue elabora por la doctrina alemana a finales del siglo XIX, y considera a Grawein como el padre del concepto jurídico de caducidad ya que fue el primero en hacer una distinción doctrinal entre las figuras de caducidad y prescripción.
1.2 Etimología.- Esta palabra deriva del latín cadere, que significa “caer” y caducus que quiere decir, “lo poco durable”, “lo muy anciano”, “lo pronto a perecer”.
1.3 Definición.- La palabra caducidad implica la acción o el efecto de caducar, perder su fuerza una ley o un derecho. Doctrinalmente se entiende como una sanción
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