Titulos Valores
Enviado por roxi20 • 3 de Diciembre de 2014 • 452 Palabras (2 Páginas) • 2.044 Visitas
I. Mencione los principales principios aplicados a los tí¬tulos valores.
Principio de Literalidad: No permite que el acreedor o deudor no puedan alegar cosas que no estén dentro del título valor.
Principio de Incorporación: Se basa en que el Titulo Valor representa e incorpora derechos es decir se encuentran fusionados con el título.
Principio de Autonomía: Se sostiene en explicar que las relaciones cambiarias que surgen del intercambio de los Títulos Valores es diferente una de otra.
Principio de Circulación: Su objetivo es que sean transferidos libremente, de persona a persona sean estas naturales o jurídicas
Principio de Formalidad: Establece que la categoría de Titulo Valor se da a todos aquellos documentos que cumplen con las exigencias y requisitos que exige la ley para otorgarles esa categoría.
II. ¿Cómo se transmiten los tí¬tulos valores?
Títulos valores a la orden: Son aquellos que se extienden a favor de una persona determinada, pudiendo ésta transmitirlos a otra persona por medio de la fórmula del endoso.
No es necesario notificar a la persona obligada al pago (deudor) la transmisión efectuada. Debiendo responder el endosante (acreedor original o posteriores) frente al endosatario (acreedor actual) de la solvencia económica de la persona obligada al pago. A este tipo de título valor pertenece la letra de cambio.
Títulos valores al portador: Son aquellos que reconocen un derecho a favor de la persona indeterminada que posea el documento.
Se pueden transmitir estos títulos valores por la mera entrega del documento a otra persona. Debiendo abonar el crédito el emitente (deudor) en la fecha del vencimiento a cualquier poseedor legítimo. A este tipo de título valor pertenece el cheque al portador.
Títulos valores nominativos: Son aquellos que reconocen un derecho a favor de una persona determinada.
Para la transmisión de estos títulos valores, además de la entrega del documento, es necesaria notificación al emitente (deudor) para la inscripción de la misma en su libro registro de títulos. A este tipo de título valor pertenece el pagaré y el cheque nominativo.
III. ¿Quién es la persona encargada de realizar los protestos de tí-tulos valores?
El protesto es efectuado por el fedatario (nombre genérico que designa tanto al Notario Público, que es la persona autorizada por Ley para ejecutar el protesto, como el Juez de Paz, que podrá hacer el protesto a falta del Notario Público, quien deberá dirigirlo contra el directamente obligado por el Titulo Valor, ya sea el girador o contra el aceptante según se trate de Títulos Valores no aceptados o no pagados respectivamente.
IV. ¿Institución encargada de realizar el registro de los tí¬tulos valores?
CAVALI ICLV S.A. es una sociedad anónima cuya
...