Titulo Valor
Enviado por maranda • 13 de Junio de 2015 • 10.996 Palabras (44 Páginas) • 194 Visitas
ASOCIACION UNIVERSIDAD PRIVADA SAN JUAN BAUTISTA
FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION DE NEGOCIOS
MODULO 1 LEY DE TÍTULOS VALORES - LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL
1.- INTRODUCCIÓN
La nueva Ley de Títulos Valores, dada por la Ley N° 27287 (en adelante La Ley), publicada el 19 de Junio del 2000 entro en vigencia el 17 de Octubre del 2000, constituye una sistematización y reordenamiento de las normas legales, que en materia de Títulos Valores se encontraban dispersas en nuestro país.
La ley esta dividida en 2 libros: El Libro Primero contiene las disposiciones aplicables a la generalidad de los Títulos Valores. El Libro Segundo, en cambio, se refiere a la parte especial aplicable a cada uno de los Títulos Valores específicos.
Por ello, este escrito consta de tres módulos con sus respectivas unidades, abordándose en el Modulo 1 el estudio de las principales disposiciones contenidas en el Libro Primero, que estimamos de interés para los estudiantes de administración y contabilidad.
La normativa contenida en el Libro Segundo, por su extensión ha sido analizada en el Modulo 2.
Esperamos que estos apuntes, que complementan las exposiciones del profesor en el aula, logren despertar el interés de los estudiantes sobre una materia de importancia en su formación profesional.
2.- OBJETIVO: Analizar las principales disposiciones de carácter general, aplicables a los Títulos Valores, contenidos en el Libro Primero. Parte General de la Ley N° 27287.
3.- ACTIVIDADES DEL MODULO 1.-
Responder a las siguientes preguntas:
1.- ¿Qué es un Titulo Valor?
2.- ¿Qué ese entiende por Titulo Valor materializado?
3.- ¿Qué ese entiende por Titulo Valor desmaterializado?
4.- Préciese los casos que pueden darse cuando hay diferencias en cuanto cantidades
y signos monetarios.
5.- ¿Qué es la firma digital?
6.- Establezca la diferencia entre un Titulo Valor al portador, a la orden y nominativo.
7.- ¿Qué es el endoso y cuantas clases de endoso conoce Ud.?
8.- ¿Establezca la diferencia entre el aval y la fianza?
9.- ¿Cuáles son los Títulos Valores no sujetos a protesta?
10.- ¿Cómo se realiza el pago en monedas nacional de su titulo valor expresado en
moneda extranjera?
MODULO 1 LEY DE TÍTULOS VALORES - LIBRO PRIMERO PARTE GENERAL
UNIDAD 1 .- REGLAS GENERALES APLICABLES A LOS TÍTULOS VALORES
1.- OBJETIVO: Analizar las principales disposiciones de carácter general aplicables a los Títulos Valores contenidos en el Libro Primero – Parte General de la Ley N° 27287.
1.1.- Concepto de Titulo Valor: es un documento que representa o que contiene derechos patrimoniales, que esta destinado a la circulación y debe de reunir los requisitos formales esenciales que le corresponden según su naturaleza y que la Ley precisa.
También se entienden por Titulo Valor a los valores transmisibles que confieren a sus titulares derechos crediticios domínales o patrimoniales o los de participación en el capital, el patrimonio o las utilidades del emisor.
2.- Principios:
Los principios comunes que rigen los "títulos valores" son:
a) La incorporación
b) La literalidad
c) La autonomía
d) La legitimación
e) La buena fe del tenedor como condición de legitimación.
El Art. 1° de la Ley peruana (N° 27287) destaca como notas caracterizadoras de estos documentos:
a) Que representan y contienen derechos patrimoniales de carácter económico
b) Su destino circulatorio
c) Su carácter formal.
La ausencia de algunos de los requisitos formales no invalida la relación causal que pudo haberlos originado, ni las acciones emergentes de esa vinculación básica o fundamental, pero sí destruye la eficacia de la relación típica emergente del título.
2.1 La incorporación: supone que el título valor, como documento probatorio, constitutivo y
dispositivo, contiene una declaración unilateral de voluntad, de la que deriva un derecho en favor del beneficiario y una carga respecto a los obligados. La circunstancia de considerarse que el derecho está incorporado o compenetrado con el título determina que el documento sea indispensable para que el legitimo tenedor pueda reputarse titular de tal derecho y, en consecuencia, habilitado para reclamar las prestaciones incorporadas en el título.
2.2 La literalidad: significa que los derechos y las correlativas obligaciones deben constar por
escrito en el documento porque son los términos señalados en éste los que determinan el contenido y los efectos de tales derechos, así como la titularidad del tenedor legítimo y las prestaciones a cargo del obligado.
2.3 Autonomía: Establece que el documento tiene validez y eficacia por si mismo en cuanto lo
que expresa, careciendo de importancia toda relación causal o extracartular en que pudiera haber intervenido cualquier tenedor legitimo del titulo.
2.3 La Legitimidad: Significa que el titular esta en capacidad de hacer valer el o los derechos contenidos en el titulo y de transferirlo validamente.
2.4 La buena fe como condición de legitimación, comporta que al hacerse la adquisición del título deben tomarse las elementales y acostumbradas precauciones para asegurarse que el trasmitente tiene poder de disposición del documento. El tercero de buena fe al adquirir el título adquiere con él la Propiedad.
3.- Clasificación.- La Ley ha contemplado la regulación de los títulos valores materializados y los desmaterializados, para que tenga los mismos efectos que los valores expresados en el titulo, deben anotarse en cuenta y ser registrados en una Institución de Compensación y Liquidación de Valores.
La diferencia entre ambos entre ambos títulos radica en su forma de presentación, el valor materializado esta representado en soporte de papel o titulo, mientras el valor desmaterializado prescinde de dicho soporte y en su lugar esta representado por una anotación en cuenta acreditado por un certificado emitido por la Institución de Compensación y Liquidación.
Las características de los valores materializados son:
- Representan o contienen derechos patrimoniales, por lo que son instrumentos con contenido económico.
- Están destinados a la circulación, es decir, para movilizar valores.
- Carácter formal, que obliga a otorgarlos de conformidad con los
...