VICEMINISTERIO DE TRABAJO
Enviado por pilarcitazegarra • 12 de Junio de 2015 • 3.295 Palabras (14 Páginas) • 214 Visitas
DECRETO SUPREMO N° 29894. Estructura organizativa del Poder Ejecutivo del Estado Plurinacional
CAPÍTULO XV
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
ARTÍCULO 85.- (ESTRUCTURA JERÁRQUICA). La estructura jerárquica del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, es la siguiente:
MINISTRA(O) DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
42 Viceministerio de Trabajo y Previsión Social
43 Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional
44 Dirección General de Políticas de Previsión Social
45 Dirección General de Asuntos Sindicales
ARTÍCULO 87.- (ATRIBUCIONES DEL VICEMINISTERIO DE
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL). Las atribuciones del Viceministerio de Trabajo y Previsión Social, en el marco de las competencias asignadas al nivel central por la Constitución Política del Estado, son las siguientes:
a) Cumplir y hacer cumplir las normas laborales y sociales en el marco del trabajo digno.
b) Coordinar la generación de políticas y programas para promover y garantizar el acceso al trabajo y la equidad en las relaciones laborales para mujeres y hombres.
c) Diseñar, implementar y ejecutar políticas que garanticen los derechos socio laborales en las pequeñas unidades productivas urbanas y rurales, por cuenta propia y gremialistas.
d) Promover políticas de prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo; asimismo la difusión y el cumplimiento de normas laborales, de seguridad y salud ocupacional.
e) Promover el derecho a la negociación colectiva.
f) Coordinar y desarrollar políticas para la erradicación de cualquier forma de servidumbre (trabajo forzado, discriminación de género, trabajo de niños, niñas y adolescentes).
g) Promover el derecho a la libre sindicalización (con los derechos y deberes determinados por la
Constitución y la ley) como forma de organización y representación de los y las trabajadoras de la ciudad, del campo, de las trabajadoras y los trabajadores por cuenta propia y gremiales para la defensa de sus intereses.
h) Promover el diálogo social, la concertación y el tripartismo como mecanismos de consolidación de la relación laboral.
i) Coordinar con el Viceministerio de Empleo espacios para la generación de políticas salariales y de productividad.
j) Coordinar con el Viceministerio de Empleo acciones que garanticen la libre asociación de empresarios y agentes productivos en el marco de la economía plural.
k) Coordinar, elaborar y ejecutar políticas y programas en materia de seguridad y salud
ocupacional, con entidades públicas y privadas, a través del Instituto Nacional de Salud
Ocupacional.
l) Apoyar las iniciativas de trabajadoras y los trabajadores para la reorganización y reactivación de empresas en situación de reestructuración, quiebra, concurso o liquidación, como una forma de defensa de sus fuentes laborales.
m) Garantizar el cumplimiento de normas, disposiciones legales vigentes y convenios
internacionales en materia laboral.
n) Formular y ejecutar políticas de seguridad y previsión social que garanticen el cumplimiento de los principios determinados por la Constitución y las leyes.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL
OBJETIVOS DE LA DIRECCIÓN
Promover políticas y acciones para asegurar una adecuada relación laboral, velando por el cumplimiento y aplicación a nivel nacional de la legislación laboral y de Seguridad Industrial así como de los convenios internacionales sobre la materia.
FUNCIONES PRINCIPALES (Atribuciones)
a) Cumplir y hacer cumplir las normas laborales y sociales en el marco del trabajo digno.
b) Promover políticas de prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo; asimismo la difusión y el cumplimiento de normas laborales, de seguridad y salud ocupacional.
c) Promover el diálogo social, la concertación y el tripartismo como mecanismos de consolidación de la relación laboral.
d) Coordinar con el Viceministerio de Empleo espacios para la generación de políticas salariales y de productividad.
e) Coordinar, elaborar y ejecutar políticas y programas en materia de seguridad y salud ocupacional, con entidades públicas y privadas, a través del Instituto Nacional de Salud Ocupacional.
f) Garantizar el cumplimiento de normas, disposiciones legales vigentes y convenios internacionales en materia laboral.
g) Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar actividades, tareas técnicas y operativas bajo responsabilidad de su unidad cumpliendo con las metas de gestión establecidas.
h) Elaborar, ejecutar y realizar el seguimiento del Programa de Operaciones Anual de las áreas bajo su dependencia.
i) Coordinar la elaboración y hacer el seguimiento de los Programas Operativos Anuales de las Jefaturas Departamentales de Trabajo en lo concerniente al área de su competencia.
j) Regular la planificación, organización, dirección y control de las actividades en las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo en lo relacionado a la atención de las demandas laborales de los trabajadores y de salud en el trabajo, referidos al pago de beneficios sociales, horas extras y otros, migraciones laborales y presentación de planillas y salarios, seguridad industrial, accidentes de trabajo y otros en el área de su competencia.
k) Proponer políticas, reglamentos e instructivos para una adecuada relación laboral y una efectiva protección al trabajador.
l) Vigilar el cumplimiento y aplicación de la legislación laboral y de salud ocupacional, seguridad en el trabajo, así como de los convenios sobre la materia, a través de las Jefaturas Departamentales, Regionales e Inspectorías.
m) Promover la formulación y adopción de regímenes destinados a fortalecer y proteger los derechos, seguridad y bienestar de los trabajadores.
n) Promover la participación nacional en la OIT y en foros internacionales sobre la materia.
o) Promover la implantación de políticas para la realización de inspecciones y otras actividades destinadas a verificar el cumplimiento de las normas en materia laboral, seguridad, salud ocupacional y bienestar de los trabajadores.
p) Dictar normas y procedimientos que regulen las actividades de la Dirección, Jefaturas Departamentales y Regionales en áreas de su competencia.
q) Elaborar y poner en vigencia normas técnicas, reglamentos e instructivos en materia de su competencia.
r) Promover y supervisar el establecimiento de sistemas para mejorar el control de las inspecciones y reinspecciones en coordinación con las Jefaturas Departamentales de
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