Сolocación de contrato
Enviado por neilito • 18 de Julio de 2012 • Tutorial • 5.542 Palabras (23 Páginas) • 518 Visitas
. Concepto
Existe contrato de hospedaje cuando una persona da albergue a otra mediante una retribución, comprendiéndose o no la alimentación.
2. Modalidades
Tácito: Es cuando el huésped solicita alojamiento en un establecimiento autorizado o fundado precisamente para prestar ese servicio.
Expreso: Cuando quien proporciona el servicio no tiene empresa y establecimiento propio para ello, de manera que cuando se da el contrato existe un policitación entre las partes, y después de fijar sus derechos y obligaciones se llega al perfeccionamiento del mismo.
3. Elementos
Personales: Hotelero, hospedero, albergador o fondista, el comerciante que presta el servicio. Viajero o huésped, quien a cambio de la retribución que paga, usa el servicio.
Reales: El precio o retribución y el servicio o servicios.
Formales: No existe forma en especial.
4. Caracteres
Bilateral, consensual, oneroso, de tracto sucesivo, por adhesión en la mayoría de casos.
5. Efectos
Obligaciones del Hotelero.Colocar los reglamentos en lugar visible.Resarcir los daños y perjuicios que sufra el huesped o sus bienes si existiera culpa o negligencia.Custodiar dinero y objetos de valor en concepto de depositario.
Derechos del Hotelero.Retener el equipaje y efectos del huesped en caso de no pagar.Extraer el equipaje sin responsabilidad cuando haya incumplimiento de huesped.Derecho de vender con intervención notarial, los bienes si 30 días después de liquidado el contrato, no se presenta a liquidar su cuenta.
Obligaciones del Huesped.
- Pagar la retribución.
Derecho del Huesped.
- Gozar los servicios que el comerciante ofrece según la ley y reglamentos respectivos.6
1. Bilateral.El contrato de hospedaje es un contrato bilateral porque intervienen dos personas: el hospedante que proporciona el albergue y/o otros servicios, y el huésped que hace uso de esos servicios.
2. Oneroso.
El huésped paga por los servicios y albergue que se le proporciona. En caso de no pagar, el hospedante tiene derecho a retener los objetos introducidos por el huésped. Tales como maletas, cámaras. Etc.
3. De tracto sucesivo.
El contrato se renueva tácitamente día a día mientras dure la necesidad del huésped de albergue y demás servicios adicionales o conexos. Tales como alimentación, estacionamiento de vehículos. Etc.
1. DEFINICIÓN
El contrato de hospedaje se encuentra definido en el Art. 1713 del Código Civil vigente que prescribe: "Por el hospedaje, el hospedante se obliga a prestar al huésped. Albergue y. Adicionalmente, alimentación y otros servicios que contemplan la ley y los usos. A cambio de una retribución. Esta podrá ser fijada en forma de tarifa por la autoridad competente si se trata de hoteles. Posadas u otros establecimientos similares".
2. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE HOSPEDAJE
1. El contrato de hospedaje es un contrato bilateral porque intervienen dos personas: el hospedante que proporciona el albergue y/o otros servicios, y el huésped que hace uso de esos servicios.
2. Bilateral.
El huésped paga por los servicios y albergue que se le proporciona. En caso de no pagar, el hospedante tiene derecho a retener los objetos introducidos por el huésped. Tales como maletas, cámaras. Etc.
3. Oneroso.
El contrato se renueva tácitamente día a día mientras dure la necesidad del huésped de albergue y demás servicios adicionales o conexos. Tales como alimentación, estacionamiento de vehículos. Etc.
3. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS
En el contrato de hospedaje intervienen los siguientes elementos: 1) Elemento personal; 2) Prestaciones; 3) Normas reglamentarias: y 4) Garantía.
1. ELEMENTO PERSONAL
4. De tracto sucesivo.
En el contrato de albergue u hospedaje intervienen dos partes contratantes:
a. Es la persona natural o jurídica que presta los servicios de hospedaje y adicional, tales como; lavado. Alimentación, cochera, peluquería. Etc.
b. Hospedante:
c. Huésped.
Es la persona que utiliza los servicios antes indicados y paga por ellos según la tarifa establecida. Solamente pueden hacer el papel de huésped las personas naturales, puesto que solamente ellas son factibles de consumir los servicios propios del albergue. Por las personas jurídicas utilizarán el hospedaje sus representantes legales.
Para la validez del contrato, hospedante y huésped deben ser
personas capaces, en razón de que ambas asumen derechos y obligaciones.
3.2 PRESTACIONES:
El hospedaje es un contrato bilateral con prestaciones recíprocas. Mientras el hospedante proporciona albergue. Alimentación. Lavado, cochera, peluquería, etc... El huésped, en cambio, paga esos servicios. Para cumplir esos servicios, el hospedante requiere de un local °, establecimiento. Debidamente implementado; por su parte. El huésped deberá tener recursos o los fondos necesarios para cancele: esos servicios a base de una tarifa convenida o establecida oficialmente.
El hospedaje comprende los siguientes establecimientos: Hoteles, hostales, casas de pensión, hospitales, clínicas, casas de salud, casas de reposo, balnearios. Restaurantes, clubes, naves yates de recreo, aeronaves, coches cama y similares.
CONTRATO DE HOSPEDAJE
"Alojamiento y asistencia que se da a una persona. Cantidad que se paga por estar de huésped", Diccionario "Océano Uno",
GARANTÍAS
Los equipajes y demás bienes introducidos por el huésped a la posada responden preferentemente por el pago del hospedaje y por los daños y perjuicios que éste ocasione. La garantía será retenida por el hospedante hasta la cancelación de la deuda, conforme al Art. 1717 del CC.
4. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Comprende dos subtítulos: 1) Derechos y obligaciones del hospedante; y 2) Derechos y obligaciones del huésped.
1. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL HOSPEDANTE
a. El hospedante deberá tener un lugar visible el Reglamento del Establecimiento o las cláusulas generales del contrato a las que se someterá el huésped. Estas cláusulas serán elaboradas por el hospedante y supervisadas por autoridad competente (Art. 1716 CC.)
b. El hospedante no puede negarse a recibir en custodia y responder como depositario por el dinero, joyas, documentos y demás bienes que el huésped introduzca. Salvo motivos justificados (Art. 1718 y 1721 CC.). Son justos motivos para negarse. Por ejemplo, el excesivo valor y lanaturaleza de los bienes que constituyen un obstáculo para el establecimiento.
c. El hospedante responde por los objetos de
...